El cura Juan Diego Escobar Gaviria empezó el camino para cuestionar el contundente fallo del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguay, que lo condenó a 25 años de prisión, al encontrarlo culpable de los delitos de abuso y corrupción de menores.
Escobar Gaviria fue párroco de Lucas González, en el departamento Nogoyá, entre 2005 y 2016, y estando allí cometió los abusos que luego investigó la Justicia y que concluyó con una condena ejemplar.
A través de sus abogados Milton Urrutia y Juan Pablo Temón, con el patrocinio de María Alejandra Pérez, Escobar Gaviria no sólo reprocha esa condena sino que también cuestiona que se lo mantenga, desde el 21 de abril, con prisión preventiva, que cumple en la Unidad Penal de Victoria.
Los cuestionamientos forman parte del recurso de casación que va a ser debatido este viernes 27, en audiencia prevista para las 10.
La Justicia encontró a Escobar Gaviria “autor material y penalmente responsable de los delitos de promoción de la corrupción de menores reiterada (tres víctimas), agravada por su condición de guardador, que concurren realmente entre sí en perjuicio de los menores RDR -primer hecho-, ANE -segundo hecho-, y de OJC -cuarto hecho-, que a su vez concurren realmente con abuso sexual simple agravada por ser cometido por ministro de culto -tercer hecho- en perjuicio de SYFF.
En razón de eso, fue condenado por el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguay a 25 años de prisión, que además resolvió mantenerlo en prisión preventiva hasta que la condena quede firme.
Pero los defensores de Escobar Gaviria pretenden que “se declare la nulidad de todo lo actuado y se disponga la absolución y consecuente libertad del imputado”.
“Asimismo, para el caso que no se acoja el planteo de esta parte en instancia casatoria, se solicita, atendiendo a los postulados constitucionales y convencionales de principio de inocencia, se disponga la libertad del señor Juan Diego Escobar Gaviria hasta tanto la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina dicte la sentencia definitiva”, dice el texto del recurso judicial de los defensores del sacerdote, al que accedió Entre Ríos Ahora.
En vez de mantenerlo en la cárcel de Victoria, la defensa técnica del cura pide que “se imponga alguna medida cautelar menos grave”, y se le aplique “arresto domiciliario, caución o la obligación de presentarse periódicamente ante la autoridad que se designe”.
Ante el rechazo del planteo, los defensores hacen reserva del caso federal, “por tratarse de una sentencia definitiva que causa un gravamen irreparable al condenado”.
Los defensores reprochan del fallo dictado por el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguay 4 puntos, a saber: a) inobservancia de la garantía constitucional de presunción de inocencia; b) al mismo tiempo se afecta aquí el derecho constitucional de libertad personal; c) igualmente es también motivo de este recurso la invocada trasgresión al principio constitucional a la igualdad de trato ante los tribunales”; y d) violación del debido proceso.
Los defensores insisten en las nulidades en la cámara Gesell que tomó el testimonio de la primera víctima al no estar presente un abogado defensor del imputado.
También reprocha que “el Tribunal de Juicio violó el debido proceso al transgredir flagrantemente el art. 431 incorporando testigo de cargo al debate que no surgían de la investigación penal preparatoria y acuerdo probatorio”.
Y dice el escrito de Casación que “ni el Ministerio Público Fiscal, ni el Ministerio Pupilar, ni el mismo Tribunal de Juicio han actuado con estricto apego a la normativa vigente ni han sido celosos custodios del debido proceso, sino que `hicieron lo que quisieron y quisieron lo que hicieron`, en grave violación a los derechos constitucionales de un ciudadano inocente, en búsqueda de un resultado condenatorio y lejos de la búsqueda de la verdad objetiva”.
También cuestiona la defensa la calificación legal de los hechos imputados a Escobar Gaviria como “promoción a la corrupción” por cuanto, aduce, el tribunal no explicó de qué modo llegó a esa conclusión.
Y respecto del mantenimiento de la prisión preventiva, los defensores del cura entienden que “carece de motivación la sentencia en cuestión atento a que se priva de la libertad producto del ideario inventivo de la a quo y violando abiertamente el derecho de defensa”.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora.