El Instituto Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (Iosper) y la Fiscalía de Estado rechazaron un fallo de la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) que obliga a la obra social a suministrar a un chico de 4 años un medicamento, cuyo valor ronda los $12 millones, y pidieron ir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación con un recurso extraordinario federal para hacer caer esa sentencia.

Fue luego de que el STJ hiciera lugar a una demanda que había iniciado la familia del niño Tiziano Cáceres, de 4 años, que ordenó al Iosper cubrir el costo de una medicación aprobada en Estados Unidos en 2016, y de momento sin regulación en el país, para tratar un severo cuadro de Atrofia Muscular Espinal (AME) Tipo 1.

El reclamo judicial apuntó a que la obra social  brinde “cobertura integral al 100% de la medicación Nusinersen (Spinraza) 12 mg/5ml por cuatro aplicaciones,  que fuera prescripto por su médica, neuróloga infantil Lilia Edith Mesa, a los fines de tratar el padecimiento del niño consistente en atrofia muscula espinal tipo 1”.

La causa “Cáceres Jose Martín en nombre y representación de su hijo menor Tiziano Agustín Cáceres c/Iosper y otros. Acción de Amparo”.generó una disputa entre la familia del menor y la obra social provincial, en la que intervino además el fiscal adjunto de la Fiscalía de Estado, Sebastián Trinadori, que planteó el recurso extraordinario federal y reprochó el camino judicial.

“La sentencia dictada por la Sala de Procedimientos Constitucionales y Penal, en voto de la mayoría, configura claramente un supuesto de sentencia arbitraria, por cuanto bajo la apariencia formal de un fallo con fundamento normativo, se observa la absoluta carencia de correlato entre las normas que se invocan y el caso concreto, como asimismo la invasión evidente de la esfera de atribuciones del Poder Judicial sobre las concedidas constitucionalmente al Poder Administrador, constituyendo una cuestión federal suficiente, para abrir la competencia de V.E. la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante la sustanciación del presente Recurso Extraordinario Federal, y restituir el orden constitucional alterado”, señala Trinadori.

Pero el abogado Ramiro Pereira, representante legal de la familia de Tiziano Cáceres, rechaza el camino de la Corte. Y niega que haya sido «arbitrario» el fallo de la Sala Penal. Al respecto, hace notar que en el planteo de Iosper se abona la tesis de la «arbitrariedad» en la sentencia del máximo tribunal provincial al tener en cuenta el fallo adverso de primera instancia; los dictámenes del defensor general Maximiliano Benítez y del procurador general Jorge García, y el voto en disidencia de la vocal Claudia Mizawak.

«Tal aseveración no puede sostenerse, por cuanto llevaría como corolario negar la potestad jurisdiccional de la Sala N° I y la posibilidad de que los vocales –en tanto individuos- tengan sus propios criterios (ideas) jurídicos y socio políticos», dice: «Los dictámenes no son sino opiniones, las que han de tomarse en consideración, pero que no implican obligatoriedad alguna de seguirlas. Por cierto que ello es sabido por los colegas recurrentes».

La sentencia adversa a los intereses del Iosper fue firmada por los vocales Miguel Giorgio y Daniel Carubia, con la oposición de Mizawak. «Mi respuesta al interrogante planteado ut supra es otra: el voto de mayoría en el cual se hace ´caso omiso´ de tres dictámenes, una sentencia de primera instancia y el criterio de otra vocal, da cuenta que el Dr. Giorgio se aparta del criterio eminentemente conservador que sostuvieron los otros miembros del Poder Judicial que intervinieron en este asunto. En tal sentido el referido vocal ha entendido que el núcleo del problema -y de la oposición del Iosper y del Gobierno- estriba en lo oneroso del medicamento prescripto y e la carga financiera ruinosa que alegan estos», plantea Pereira.

Y apunta que «lo beneficioso para el niño es recibir el medicamento prescripto por su médica tratante. La oposición de la Provincia y el Iosper está fundada sólo en mezquinos criterios presupuestarios».  En función de eso, el abogado pidió rechazar el recurso extraordinario federal. 

Ahora, será la propia Sala Penal del STJ que deberá habilitar el camino de la Corte. Aunque si hay rechazo, tanto Iosper como la Fiscalía de Estado pueden acudir al máximo tribunal de justicia del país en queja.

 

 

 

 

De la Redacción  de Entre Ríos Ahora