Febrero será un mes clave en la causa que tiene como acusado al juez de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Gualeguaychú, Carlos Alfredo Rossi, hoy suspendido por el Jurado de Enjuiciamiento, que el 7 diciembre decidió formar causa en su contra, por supuesto mal desempeño y falta de idoneidad.

La consecuencia inmediata es que a Rossi le nombraron un reemplazante en el cargo -lo suple el defensor Pablo Ledesma- y la reducción de su salario en un 30% mientras dure el proceso.

Una vez que finalice la feria judicial –termina el 30 de enero- el Procurador General de Entre Ríos, Jorge Amilcar García, deberá presentar su acusación contra el magistrado. Desde que fue notificado, el jefe de fiscales tiene 15 días hábiles para elaborar el escrito acusatorio. Lo cierto es que la feria judicial posibilitó que ese plazo se alongara un poco más, porque se suspenden todos los plazos procesales. Luego habrá un plazo de 15 días para que la defensa de Rossi responda la pretensión fiscal.

Concluidas esas dos instancias, el Jurado deberá admitir las pruebas de las partes y fijar las audiencias para el juicio que será oral y público, según se desprende de la Ley N° 9283 que reglamenta el Jurado de Enjuiciamiento. No obstante, la norma también prevé que el Tribunal decida realizar las audiencias a puertas cerradas “cuando así convenga por razones de moralidad y orden público”. El proceso será largo: seis meses hasta que el Jurado dé un veredicto por la absolución o la destitución del magistrado.

Según el artículo 27 de la Ley N° 9283, ahora el jefe de fiscales deberá formular una acusación que “contendrá una relación precisa del hecho y de la actuación que le cupo al imputado con la prueba que pretenda producir en el debate”. Asimismo, se indica que una vez presentada la acusación se correrá traslado a la defensa “por el término de 15 días hábiles para que se expida sobre la pretensión fiscal y ofrezca en su caso la prueba de su parte”. Al final, se agrega una línea aclaratoria: “El auto de formación de causa obligará al fiscal a mantener la acusación”. Es decir, García está obligado a acusar.

En tanto, el artículo 28 versa sobre la admisión de pruebas por parte del Jurado de Enjuiciamiento: “En el caso de admisión de pruebas el jurado sólo desechará las manifiestamente improcedentes mediante resolución fundada y fijará día y hora del debate, ordenando lo necesario para su realización”, dice el artículo.

Y agrega que “el jurado podrá ordenar de oficio la prueba que considere indispensable y practicar las diligencias que fueran imposibles cumplir en la audiencia y recibir los informes o declaraciones de aquellas personas que no puedan concurrir al debate”. Asimismo, se establece que el auto de admisión de pruebas será recurrible.

En cuanto a la defensa del acusado, en este caso del juez Rossi, el artículo 29 señala que “el acusado podrá defenderse personalmente siempre que esto no perjudique la eficacia de la defensa y no obste a la normal sustanciación del trámite, en su caso, podrá hacerse asistir hasta por dos letrados matriculados en la provincia quienes lo representarán en toda ocasión y en su ausencia”. Desde el inicio de la causa, el juez suspendido está siendo asistido por los abogados Miguel Ángel Cullen y Guillermo Vartorelli.

El caso Rossi


Rossi fue denunciado por mal desempeño y falta de idoneidad por haberle orogado la libertad condicional al violador serial Sebastián Wagner,  el 1º de julio de 2016, y quien en abril de 2017 asesinó a Micaela García en Gualeguay.

El jury al que será sometido está contemplado por la Constitución de Entre Ríos, y se aplica para juzgar la conducta de los magistrados inferiores y funcionarios no sujetos al juicio político, como el fiscal de Estado, el presidente del Consejo General de Educación, y el Tesorero General de la Provincia, entre otros.

El 7 de diciembre de 2017, el Jurado de Enjuiciamiento resolvió abrir causa contra el juez, lo suspendió en su cargo y resolvió retenerle el 30% de su salario mientras dure la tramitación de la causa. A la vez, le corrió traslado al Procurador García para que formule la acusación.

La votación para formar causa no fue unánime. Fueron cinco votos para someterlo al jury y dos para desestimar las denuncias. Los vocales del Superior Tribunal de Justicia (STJ), Omar Carubia y Bernardo Salduna, votaron para desechar el caso; a favor de abrir causa lo hicieron Susana Medina de Risso (vocal del STJ), Jorge Campos y Roberto Béhéran (en representación del Colegio de Abogados)  y el senador Lucas Larrarte y el diputado Daniel Koch.

 

 

Gonzalo Núñez

De la Redacción de Entre Ríos Ahora.