El juez de Garantías José Eduardo Ruhl rechazó este mediodía un planteo de excepción por falta de acción formulado por los defensores del exgobdernador y actual presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Urribarri –Raúl Barrandeguy, Candelario Pérez y Marcos Rodríguez Allende- y del exministro de Cultura y Comunicación y actual diputado peronista Pedro Ángel Báez –Agustín Díaz y José Velázquez-, con lo cual la causa que investiga los delitos de peculado y negociaciones incompatibles con la función pública por la distribución de una pauta publicitaria por $24 millones en beneficio de empresas del cuñado Juan Pablo Aguilera sigue su curso. Ahora, lo que sigue, de no haber nuevos planteos, será la audiencia en la que se decidirá la remisión de la causa a juicio oral y público.
De ese modo, el tándem Urribarri/Báez/Aguilera está un paso más cerca de sentarse en el banquillo de los acusados. En su alegato de este lunes 26, Barrandeguy no sólo fundamentó su pedido de cierre de la investigación penal sino que también solicitó el sobreseimiento de su defendido. Y reprochó el perfil “persecutorio” que tiene la Justicia, particularmente ensañada, a su entender, en la figura del exgobernador. “No puede vivenciarse una Justicia que es percibida como un procedimiento de persecución política, inhumana, violatoria de garantías”, aseguró.
El juez Ruhl ponderó “el loable esfuerzo defensivo” de los representantes legales de los imputados, pero entendió que el planteo de excepción por falta de acción –la Justicia no puede perseguir un delito donde no hay delito- fue rechazado. “En nuestro ordenamiento ritual, no está prevista la excepción por falta de acción que intentaron”, argumentó el magistrado. Y apuntó que “dicha pretensión defensiva, debo decirles, resulta abiertamente incompatible en la instancia procesal en la que estamos, que es una etapa intermedia, con pedido de remisión de la causa a juicio”.
Respecto del pedido de sobreseimiento en la causa para Urribarri y Báez, Ruhl no quiso pronunciarse en esta instancia, por cuanto “adoptar un temperamento diferente implicaría tener que calar o incursionar sobre el fondo de la cuestión, so pena de incurrir en adelantamiento de opinión. Debo reservar ese análisis para más adelante”.
Así, concluyó que “no corresponde hacer lugar a la excepción de falta de acción promovida por los defensores de Urribarri y Báez”.
El planteo de este lunes sucedió luego de que el jueves 1° de febrero, los fiscales Alejandro Cánepa y Patricia Yedro pidieran la elevación a juicio de la causa en la que se investiga a la administración Urribarri por la supuesta contratación amañada de publicidad con empresas ligadas a su cuñado, Juan Pablo Aguilera, en la que también está directamente comprometido el exministro de Cultura y Comunicación y actual diputado provincial justicialista Pedro Ángel Báez.
El pedido de los fiscales incluyó otros dos elementos relevantes: la petición de desafuero para los diputados Urribarri y Báez ; y un adelanto de la solicitud de la pena que harán durante el debate en juicio, 8 años de prisión, de cumplimiento efectivo, más la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos para Urribarri, Báez y también para el cuñado Aguilera.
Más todavía: la Justicia resolvió, como medida preventiva, embargar a Urribarri en $26 millones.
Los delitos investigados consistieron en el direccionamiento de órdenes de publicidad durante los años 2010 a 2015 por un monto total de $24.204.918,69 a lo largo del gobierno de Urribarri y su ministro Báez “en contrataciones de campañas publicitarias en vía pública a empresas vinculadas a Juan Pablo Aguilera, quien era funcionario público provincial y familiar del exgobernador”, según se desprende de la información oficial que distribuyó el Poder Judicial. Para los fiscales, esas firmas que se adjudican al cuñado Aguilera, Tep SRL y Next SRL, “absorbieron la casi totalidad de la publicidad en vía pública del Estado Provincial, la que se otorgaba desde el Ministerio de Comunicación a cargo de Báez de manera directa y por vía de procedimientos de excepción”.
Más aún, el dictamen fiscal sostiene que “otras empresas vinculadas comercialmente a las referidas (Tep SRL y Next SRL), como J. M. Bustamante Publicidad y Montañana Publicidad, fueron beneficiadas con idénticos contratos y pautas publicitarias, las que -a su vez- redundaban en beneficio de las empresas de Aguilera a través de un sistema de retornos de dinero que terminaba en sus manos”. Cánepa y Yedro dan por probado en la investigación penal preparatoria “con la pericia realizada por el cuerpo de peritos calígrafos del STJ, que existe un gran número de campañas publicitarias fictas, pues los trabajos contratados por el Estado no se llevaban a cabo en las condiciones pautadas, o bien se utilizaba con fines proselitistas, pero se rendía a través de fotomontajes que pretendían acreditar su cabal cumplimiento”.
En mérito de las evidencias recolectadas, los fiscales consideraron a esas conductas como delictivas y las subsumieron en los delitos de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública -reiteradas-, peculado y fraude a la administración pública, previstos en los artículos 265, 261, 173 inc. 7 en función del art. 174 inc. 5, y 55 del Código Penal, imputando a Sergio Daniel Urribarri y Pedro Ángel Báez como autores, a Juan Pablo Aguilera, Corina Elizabeth Cargnel, Jesús José María Bustamante, Hugo Fernando Montañana y Gustavo Rubén Tamay, como partícipes primarios -art. 45 del C.P- y a Luciana Belén Almada, Emiliano Oscar Giacopuzzi, Alejandro Luis José Almada y a Maximilano José Sena, como partícipes secundarios”, revelaron desde la Justicia.
Belén Almada es la esposa de Juan Pablo Aguilera; Alejandro Luis José Almada, su hermano, es el que adquirió impacto mediático tras el secuestro de una fuerte suma de dinero durante un operativo de la Policía Federal en el Acceso Norte. Su caso, el caso del cuñado de Aguilera, cuñado, a su vez, éste, de Urribarri, está tramitándose en la Justicia Federal.
Concluida la investigación penal preparatoria y luego de recolectar la abundante prueba documental, los fiscales consideraron que Urribarri, Báez y Aguilera más los otros imputados incurrieron en conductas delictivas que se encuadran en las figuras de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública, peculado y fraude a la Administración Pública. Así, imputaron al exgobernador Urribarri y al actual diputado Báez como autores principales; a Juan Pablo Aguilera, Corina Elizabeth Cargnel, Jesús José María Bustamante, Hugo Fernando Montañana y Gustavo Rubén Tamay, como partícipes necesarios; y a Luciana Belén Almada, Emiliano Giacopuzzi, Alejandro José Luis Almada y a Maximiliano Sena como partícipes secundarios.
Y provisoriamente ya estimaron el pedido de penas para todos ellos que harán durante el juicio oral: para Urribarri, Báez y Aguilera ocho años de prisión de cumplimiento efectivo, más la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos; para la contadora Corina Elizabeth Cargnel, Jesús José María Bustamante y Hugo Fernando Montañana seis años de prisión de cumplimiento efectivo; para Gustavo Rubénj Tamay, seis años de prisión de cumplimiento efectivo e inhabilitación absoluta perpetua; para Luciana Belén Almada, Emiliano Oscar Giacopuzzi, Alejandro José Luis Almada y Maximiliano Romero Sena, 4 años de prisión de cumplimiento efectivo.
En la causa declararon Urribarri -lo hizo un día inhábil en la Justicia-, Báez, Aguilera y el resto de los imputados.
En aquella declaración indagatoria en inhábil judicial, en agosto de 2017, Urribarri declaró por otras tres causas por corrupción que lo podrían poner también en el banquillo de los acusados: una, por la contratación de la productora Nelly Entertainment SA, por $28 millones, para promocionar la Cumbre del Mercosur, y que se sospecha fue para instalar su candidatura presidencial en el marco del Sueño Entrerriano; y otra por contratación de una solicitada en distintos medios, por lo que pagó el Estado $4 millones, en la que fijó postura contra los fondos buitre, y que también se cree que fue en el marco de su ambición presidencialista, luego frustrada.
Luego de aquel trámite judicial, Urribarri quedó imputado en tres causas por corrupción.
Una, es la causa que se debatió entre lunes y martes en Tribunales.
Resuelto el incidente de excepción por falta de acción -que la fiscal Yedro calificó en la audiencia del lunes como «dilatorio»- lo que resta por delante es una nueva audiencia para resolver el pedido de remisión de la causa a juicio, que pidió el Ministerio Público Fiscal casi dos meses atrás.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora.