El asunto empezó en enero.
El fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes, emitió el 14 de enero último la resolución Nº 003 mediante la cual dispuso dejar “sin efecto toda disposición de Fiscalía de Estado por la que se haya encomendado el cobro de acreencias fiscales a Organismos y/o Procuradores con anterioridad al dictado de la presente”.
En buen romance, le quitó la tarea de recupero de deudas en la Justicia a la Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) y las puso en manos de la Fiscalía.
Eso dice el artículo primero; el segundo, dispone que “todos los títulos derivados de certificados de deuda tributaria sean remitidos a la Fiscalía de Estado a partir del 1º de enero de 2016”.
La decisión de concentrar en la Fiscalía de Estado todo trámite de gestión judicial de cobro de deudas impositivas se apoya, según la directiva firmada por Rodríguez Signes, en el artículo 209° de la Constitución Provincial, que dice que el fiscal de Estado “es el encargado de defender el patrimonio del Estado Provincial. Es parte legítima y necesaria en los juicios contencioso-administrativos, de inconstitucionalidad y en toda controversia judicial en que se afecten intereses del Estado, pudiendo tomar intervención en los juicios de interés municipal cuando la gravedad de la cuestión, a su criterio, pudiera comprometer al erario provincial”.
Pero también se apoya en el texto del decreto Nº 5.028, del año 2011, que dispuso que “será la Fiscalía de Estado el organismo encargado en forma exclusiva y excluyente de promover todas las acreencias judiciales para la recepción de las acreencias fiscales derivadas de multas y tasas que apliquen los organismos e impuestos determinados por la Dirección General de Rentas de la Provincia”.
Ese mismo año 2011, la Legislatura sancionó la Ley Nº 10091, que suprimió la Dirección de Rentas, y dio vida a la Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER). El artículo 4º inciso F de esa norma fija que a ese organismo le cabe la misión de “coordinar con la Dirección General del Notariado, Registro y Archivos las acciones necesarias para el cumplimiento de sus finalidades; y enviar a la Fiscalía de Estado los créditos para su gestión y cobro judicial”.
El titular de ATER, Sergio Granetto, resistió cuanto pudo la medida.
Pero a esa resolución de Rodríguez Signes siguió ahora un decreto, firmado por el gobernador Gustavo Bordet.
El 21 de junio, el Gobernador firmó el decreto N° 1.559/16 a través del cual se busca «ordenar el cobro de acreencias fiscales».
El texto de la norma sostiene que del análisis del regimen legal vigente surge «que el Fiscal de Estado tiene la atribución y el deber de iniciar y proseguir hasta su terminación todos los juicios en los que se pretenda el cobro de créditos fiscales teniendo a la vez a su cargo el control de dichos juicios en los que estuvieran autorizados para intervenir otros organismos del Estado en tales gestiones».
Pero que aquella resolución de enero derogó las atribuciones de los procuradores fiscales ,y en consecuencia es «preciso reorganizar el sistema de recupero de acreencias fiscales, garantizando efectivamente la intervención y el control de la Fiscalía de Estado en todos los procesos en los que intervengan los Procuradores Fiscales, para lo cual es fundamental revisar el padrón completo de apoderados, contar con una rendición de cuentas de lo actuado por ellos e implementar, para el futuro, un trámite para el otorgamiento de poderes que permita concretar los controles de mejor forma y contar con un plantel de Procuradores Fiscales comprometido con las nuevas prácticas en materia de recupero crediticio y control de las cuentas del Estado».
Así, Bordet ordenó:
1) que todos los procuradores fisclaes que tengan poder vigente deberán presentar la pertinente rendición de cuentas de su actuación por ante la Fiscalía de Estado;
2) dispuso la renovación de poderes a todos los procuradores fiscales que no cumplan con ese tramite;
3) aprobó un ordenamiento según el cual todos los procuradores fiscales deberán presentar el pertinente informe de rendición de cuentas ante la Fiscalía de Estado.
4) la rendición de cuentas deberá hacerse en forma trimestral por ante la Mesa de Entradas de Fiscalía de Estado, en soporte papel y remitirse por correo electrónico.
De ese modo, la ATER fue hecha a un lado, y la tarea de recupero de deudas fiscales en la Justicia quedará ahora en manos del fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes.

De la Redacción de Entre Ríos Ahora.