En la Justicia se dirime una pelea legal entre el Estado entrerriano y la denominada Primera Escuela Integral de Aerobismo, que ocupa hace 23 años un inmueble cedido por la Provincia.
La entidad se encuentra en la Costanera de Paraná, en una instalación que fue entregada por el Estado provincial en 1994, mediante un contrato que es materia de discusión en los Tribunales: por un lado, la Provincia sostiene que fue mediante un contrato de comodato, y que puede ser rescindido; mientras que los representantes de la entidad aseguran que se les cedieron todos los derechos sobre el inmueble.
La batalla judicial comenzó en 2013, cuando la entonces intendente de la capital, Blanca Osuna, proyectó obras para recuperar el borde costero, y cuyo plan incluía acotar los usos de los inmuebles linderos al río. En ese proyecto, se consideró que la Escuela de Aerobismo, que se encuentra ubicada en la zona del Puerto Nuevo de Paraná, más precisamente en calle Laurencena y San Martín, limitaba el uso del espacio público.
Por esa razón, la Fiscalía de Estado, a cargo de Julio Rodríguez Signes, fue la encargada de promover la demanda de desalojo contra la institución. En una primera instancia, la Provincia tuvo un fallo adverso: el 6 de septiembre de 2017, la jueza en lo Civil y Comercial Nº 6, Silvina Andrea Rufanacht, falló en contra al considerar que asiste razón a la Escuela de Aerobismo.
Disconformes con la resolución, el organismo que representa los intereses de la Provincia fue en apelación ante la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial para que revoque el fallo de primera instancia.
La demanda
La historia comienza en 2012, cuando la Provincia y la Municipalidad de Paraná firmaron un convenio de colaboración –decreto Nº884/2012- a “fin de instrumentar las medidas necesarias para posibilitar el desarrollo del proyecto urbanístico denominado ‘Borde Costero’”. El acuerdo incluía que la Provincia cediera en comodato al municipio los inmuebles bajo su dominio comprendidos dentro de la traza del proyecto, entre los que se encuentra la escuela deportiva.
Así es como la Fiscalía de Estado inicia las acciones para recuperar el inmueble ubicado a orillas del río Paraná. Primero, envió una carta documento a las autoridades de la entidad, a través de la cual se les informó la intención de rescindir el contrato, y les dieron 60 días para dejar el lugar. Luego, ante la falta de respuesta, el organismo fue a la Justicia.
En la demanda por desalojo, la Fiscalía de Estado reseñó que el inmueble donde funciona la escuela fue dado en comodato el 12 de septiembre de 1994, mediante escritura pública Nº 433. El convenio fue rubricado entre el entonces gobernador Mario Moine y el subsecretario de Planificación y Control de Gestión, Guillermo Federik, en representación del Estado; y la representante de la Escuela Integral de Aerobismo Argentina, Inés Herlein de Frasconá y Liliana Sain, directora y secretaria, respectivamente.
Además, señala que las instalaciones en disputa pertenecen al Estado Nacional, quien lo cedió a la Provincia en marzo 1988 para que sea destinado al funcionamiento de la Dirección Provincial de Hidráulica. Más tarde, en 1994, el Ejecutivo provincial entregó el lugar en comodato a la escuela deportiva.
Qué dice la Escuela
El abogado de la Escuela, Emanuel Ascúa, aseguró en la Justicia que el contrato celebrado con la Provincia en 1994 no es un comodato, es decir, que el inmueble haya sido cedido para utilizarse por un tiempo para luego ser restituido. Muy por el contrario, para las autoridades de la entidad, el entonces gobernador Moine directamente le cedió el derecho posesorio y de propiedad sobre el inmueble. En conclusión, son legítimos dueños.
Por ello, el letrado planteó que el Estado no demostró que la ocupación del inmueble “reposa sobre una relación jurídica que obliga a restituir el inmueble, pues de la prueba documental acompañada surge que se transfirieron todos los derechos posesorios y de propiedad que el mismo tuviere sobre el inmueble, afirmando que su mandante reviste carácter de poseedora animus domini del mismo, por lo que la presente acción es inadmisible”.
El 6 de septiembre de 2017, la jueza civil y comercial Silvina Rufanacht rechazó la acción de desalojo que presentó el Gobierno, al considerar que asiste razón a la Escuela de Aerobismo, por cuanto la naturaleza del contrato “excede a la de un contrato de comodato común, o de cesión de uso a título precario de un inmueble que es de propiedad del Estado Nacional”, como aduce la Fiscalía de Estado.
“Entiendo que de la interpretación en conjunto de las cláusulas del contrato, de modo armonioso, surge que la intención del Estado Provincial no fue cederle únicamente la tenencia precaria, el uso del bien, sino que realmente le cedió mayores derechos, aclarando expresamente que le cedía los derechos de posesión`, `todo orientado a la cesión total y permanente en plena propiedad y dominio’, es decir con la intención de transferirle en un futuro la plena propiedad, una vez que la misma le sea transferida a ella por la Nación, disposiciones todas que están ausentes en un contrato de comodato cualquiera, justamente por exceder la naturaleza del comodato”, concluyó la magistrada según la resolución a la que accedió Entre Ríos Ahora.
No conformes con la resolución, la Fiscalía de Estado recurrió el fallo ante la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial. En el organismo que dirige Julio Rodríguez Signes entienden que la sentencia de primera instancia es errónea, toda vez que “no se puede ceder una propiedad del Estado sin una ley que lo autorice”. Y argumentan que la cesión de un inmueble o tierras del Estado sólo puede hacerse con la autorización de la Legislatura.
Gonzalo Núñez
De la Redacción de Entre Ríos Ahora.