«Mañana -por este miércoles-, a las 9, vence el plazo que tenemos para interponer el recurso extraordinario» ante el Superior Tribunal de Justicia  (STJ)».

De ese modo respondió el fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes, a la consulta respecto a la posibilidad de que el Poder Ejecutivo llegue a la Corte Suprema de Justicia de la Nación para hacer caer el fallo de la Justicia provincial que puso límites precisos a las fumigaciones en zonas rurales.
Los plazos comenzaron a correr una vez que el STJ rechazó la apelación del Gobierno a la resolución judicial que impuso límites precisos para la prohibición de fumigaciones aéreas y terrestres a las escuelas rurales de la provincia.

Respecto a la vigencia del fallo, Rodríguez Signes explicó que «la Ley de Amparo (8369) llega hasta la sentencia del superior, a partir de la interposición empieza a regir el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación; en esta instancia nos encontramos con un tema de interpretación de la ley, pero en concreto lo que vamos a hacer es que, junto con la interposición del recurso, pediremos la suspensión de los efectos del fallo», en declaraciones que recogió el sitio Reporte 2820.

Para llegar a la Corte, el Gobierno debe presentar un recurso extraordinario que debe acoger favorablemente la Sala Penal del STJ. De rechazarlo, la vía que le queda es el recurso de queja.

A ese camino se llega luego del fallo de la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) que confirmó la sentencia del 1° de octubre último, y que ordenó al Gobierno respetar límites precisos para permitir fumigaciones en áreas rurales donde estén emplazados establecimientos escolares: la zona de exclusión es de 3.000 metros para pulverizaciones aéreas, y de 1.000 metros para pulverizaciones terrestres.

La decisión del alto tribunal sobrevino tras la apelación del Gobierno a la sentencia dictada el 1° de octubre. 

La sentencia, firmada por el camarista civil Oscar Daniel Benedetto condenó al Estado entrerriano y al Consejo de Educación “a que en el plazo de 2 años contados desde la presente procedan a implantar barreras vegetales a una distancia de ciento 50 metros de todas las escuelas rurales de la Provincia, con las especificaciones detalladas en los considerandos”. Y dispuso suspender “de inmediato las aplicaciones de productos fitosanitarios en las áreas sembradas lindantes a las escuelas rurales, en horario de clases, debiendo efectuarse las aplicaciones en horarios de contra turno y/o fines de semana, a modo de asegurar la ausencia de los alumnos y personal docente y no docente en los establecimientos durante las fumigaciones”.

En fallo dividido, la Sala Penal del STJ, con el voto de los jueces Daniel Carubia y Miguel Ángel Giorgio, confirmó la sentencia del camarista Benedetto y de ese modo rechazó la apelación que había presentado el Gobiero.

 

 

 

 

De la Redacción de Entre Ríos Ahora