La Fiscalía de Estado y el Instituto Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (Iosper) acudieron hoy ante la Sala Penal y de Procedimientos Constitucionales del Superior Tribunal de Justicia (STJ) en apelación del fallo que dictara el lunes 7 de enero el juez Alejandro Joel Cánepa, que obligó al Estado a cubrir un medicamento, solicitado por los papas de un nene de 4 años que está en proceso de recuperación de la operación de un tumor, y cuyo costo ronda los $10 millones.

En la causa caratulada «Raineri Gonzalo Jesús. En representación de su hijo menor Raineri Enzo Gabriel c/Instituto Obra Social de la Provincia de Entre Ríos y Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos s/Acción de Amparo», el juez Cánepa ordenó al Estado cubrir el 100% del costo de esa medicación, del modo siguiente: un 80% a cargo del Gobierno, que para eso deberá readecuar partidas presupuestarias, y el 20% restante a cargo del Iosper.

Cánepa sostuvo que debe priorizarse el diagnóstico y la recomendación de tratamiento dado por la médica tratante -la oncóloga Mercedes García Lombardi, del Hospital Ricardo Gutiérrez, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires- y desestimó así los reparos puestos por los auditores de Iosper y también del forense, cuya opinión fue solicitada en la causa. A  Enzo Raineri  le diagnosticaron un cáncer infantil conocido como neuroblastoma IV, de alto riesgo, con metástasis en médula osea y huesos del cráneo. Lo operaron, le extirparon el tumor y le recetaron la aplicación de una medicación que no se fabrica en el país sino que se importa de Alemania: dinuximab beta. 

En su sentencia, el magistrado reprochó la posición de Iosper que, dijo, «pretende ponernos en una disyuntiva de hierro en relación a la comparación entre el costo del medicamento prescripto para Enzo y las demás prestaciones a su cargo, y la forma en que se resentirían otros afiliados que también necesitan -imperiosamente- la cobertura de salud de ese organismo». Y subrayó: «Sencillamente, y con tales antecedentes, no es justo responsabilizar a Enzo -de tres años de edad- por las prestaciones que -según el citado organismo- deberían dejar de hacerse respecto de otros afiliados para cubrir los costes de su enfermedad».

En ese marco, al acoger favorablemente el amparo presentado por el papá de Enzo, el juez resolvió que «atento a los informes contables referidos, entiendo prudente y proporcional que el costo de la cobertura del medicamento en cuestión se divida en un 80% a cargo del Estado Provincial y en un 20% a cargo del Iosper, el primero de los cuales deberá realizar las modificaciones presupuestarias necesarias para que el segundo pueda contar con los fondos suficientes para la compra del medicamento en cuestión».
La Sala Penal y de Procedimientos Constitucionales del STJ -que en feria conforman Daniel Carubia, Bernardo Salduna y Oscar Benedetto- deberá dar trámite a la apelación para que cada parte presente sus argumentos, paso que todavía no se ha dado.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora.