El cura Justo José Ilarraz cumple, desde el 21 de mayo de 2018, prisión preventiva bajo la modalidad de arresto domiciliario en un sexto piso de un edificio ubicado en calle Corrientes al 300, en Paraná, a la espera que adquiera firmeza la condena que se le aplicó ese día: 25 años de cárcel al hallarlo responsable la Justicia de cinco casos de corrupción de menores agravada y dos casos de abuso deshonesto, hechos que ocurrieron en el Seminario Arquidiocesano Nuestra Señora del Cenáculo durante los años en los que el cura ejerció como prefecto de disciplina, entre 1985 y 1993.
Ilarraz, claro, no se conformó con ese fallo. Su abogado, Jorge Muñoz, apeló la condena que le aplicó el tribunal, conformado por los jueces Alicia Vivian, Gustavo Pimentel y Carolina Castagno. Fue a la Cámara de Casación Penal en procura de revertir la condena. Este jueves 7, a las 9, tendrá lugar la audiencia en la que se tratará el recurso de apelación.
En junio último, Ilarraz llegó con un recurso de apelación a la Cámara de Casación Penal. Pero como sus integrantes ya han intervenido en la causa, se debió conformar otro tribunal para que analice el recurso que reprocha la condena a un cuarto de siglo de prisión. Estará presidido por el juez de juicio Alejandro Joel Cánepa, a quien acompañarán Cristina Lía Van Dembroucke, jueza del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná con asiento en La Paz, y el vocal Dardo Tortul, del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguay.
Por el Ministerio Público Fiscal, estarán los fiscales Álvaro Piérola y Juan Francisco Ramírez Montrull.
Así, sostiene que para que los abusos se cometieran “coadyuvó como elemento facilitador del plan de Ilarraz, la posición asumida por sus superiores y pares actuantes al tiempo de los hechos; ya que sin su omisión el acusado no hubiera podido cumplir sus designios delictivos con la libertad e impunidad con que lo hizo. En efecto, el hecho que los superiores del acusado (el ahora cardenal Estanislao Karlic, el ex rector del Seminario, Luis Jacob), y sus pares (el arzobispo actual Juan Alberto) Puiggari y el resto de los sacerdotes que se encontraban en el Seminario cumpliendo funciones vinculadas a las actividades propias de éste), consintieran que Ilarráz fuera profesor, prefecto disciplinario, director espiritual y confesor de los menores, lo cual ocurría a la vista de todos ellos, constituye incluso para un lego, una situación incompatible con la formación sana en mente y espíritu, por ende, reprochable, en aquellos que estaban obligados, ya sea como responsables directos o indirectos, de la educación y formación como personas y futuros sacerdotes de esos niños”.
“En fin, puede afirmarse que los sacerdotes confiados en un pensamiento mágico, podían creer que con negar o con no admitir, el monstruo del pecado desaparecía, con ello no hicieron más que cimentar las bases para que ese monstruo actuara. En otras palabras, la misión de la Iglesia de ofrecer y proteger el marco y ambiente adecuado para el desarrollo integral de la persona humana, en el caso los niños, no se cumpliera; como así también para que los bienes jurídicos, que la sociedad ha decidido proteger, es decir el derecho de los niños a un desarrollo sano de su personalidad e integridad sexual, se viera fatalmente lesionado. Por lo tanto, este contexto permitió que Ilarraz llevara adelante sus actos aberrantes, y posibilitó que aquellos infantes, hoy adultos, se mantuvieran sumidos en una culpa que en manera alguna tenían, y un en estado de sufrimiento y vivencia permanente que los condenó para toda la vida, al habérseles negado el derecho humano a ser niños y adultos sanos”, agrega el fallo.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora.