Juan Diego Escobar Gaviria, colombiano, referenciado en la Cruzada del Espíritu Santo, la orden religiosa que, aunque no creó, sí dio el impulso suficiente como para convertirla en germinadora de esos nuevos predicadores de tiempo, los curas sanadores, el sacerdote Ignacio Peries, de Rosario, fue el primero de la lista. Escobar Gaviria fue el primer miembro del clero de Entre Ríos condenado por la Justicia por abuso y corrupción de menores, delitos sobre los que la Iglesia Católica sale con frecuencia a golpearse el pecho en público pero sobre los que no pide perdón a la sociedad.
El cura fue condenado el 6 de septiembre por haber abusado a cuatro menores. En tres casos se lo acusó de promoción de la corrupción de menores reiterada, agravada por su condición de guardador; y en uno por abuso sexual simple agravado por ser cometido por ministro de culto. Los hechos por los que fue condenado ocurrieron en la parroquia San Lucas Evangelista, de Lucas González, en el departamento Nogoyá, donde estuvo destinado desde 2005 hasta 2016.
El fallo, de 304 páginas, incluyó la primera condena de envergadura para un miembro de la Iglesia Católica: 25 años de prisión efectiva. Desde hace dos años, Escobar Gaviria, además, está con prisión preventiva en la Unidad Penal de Victoria. “Las conductas reprochadas fueron realizadas personal y directamente por el acusado , como así también las mismas se perfeccionaron con el pleno conocimiento y la voluntad de realización de actos de contenido sexual que contaban con las características exigidas por los tipos. Escobar Gaviria actuó, en todos los casos, con intención y voluntad, en todos los casos, quiso lo que hizo e hizo lo que quiso”, dice el fallo.
El 21 de mayo de 2018 se conoció la condena a 25 años de prisión para el cura Justo José Ilarraz, quien espera la confirmación de esa sentencia con arresto domiciliario en un departamento de calle Corrientes al 300, en Paraná, con tobillera electrónica. El 1° de junio se conocieron los fundamentos del fallo unánime firmado por los jueces Alicia Vivian, Carolina Castagno y Gustavo Pimentel. Los jueces valoraron los testimonios de las siete víctimas que denunciaron -“la declaración de la víctima, aún cuando sea el único testigo de los hechos, tendrá entidad para ser considerada prueba válida de cargo, y, por ende, virtualidad procesal para enervar el principio de inocencia del acusado, cuando no se adviertan en ella razones objetivas que invaliden las afirmaciones que realiza”, dijeron- y reprocharon el silenciamiento de la cúpula e la Iglesia.
Así, el tribunal dijo, en un fallo de 375 páginas, que “coadyuvó como elemento facilitador del plan de Ilarraz, la posición asumida por sus superiores y pares actuantes al tiempo de los hechos; ya que sin su omisión el acusado no hubiera podido cumplir sus designios delictivos con la libertad e impunidad con que lo hizo».
El último miembro del clero condenado fue Marcelino Ricardo Moya, el viernes 5 de abril último, cuyos fundamentos se darán a conocer el 15 de este mes por el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Concepción del Uruguay. Moya fue condenado a 17 años de prisión por abuso sexual y corrupción de menores.
A principios de marzo pasado, el arzobispo de Paraná, Juan Alberto Puiggari, dio a conocer una carta pastoral por el inicio de la Cuaresma -previo a la Semana Santa- y se refirió a los casos de pederastia dentro de su rebaño. Dijo: «Hemos condenado repetidamente esas situaciones, y seguiremos haciéndolo, poniendo los medios que estén en nuestras posibilidades para evitar que estos hechos se repitan y para acompañar a quienes más han sufrido en la Iglesia”.
Ninguna de las víctimas de los abusos del clero han sentido ese acompañamiento de la jerarquía católica. Ningún proceso interno de la Iglesia contra los curas acusados se ha hecho público. No se sabe qué resultado consiguieron, ni si hubo condena o no.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora.