La Cámara de Casación Penal dio a conocer este viernes 28 los fundamentos de la sentencia cuyo adelanto se conoció el 14 de junio último y a través de la cual confirmó la condena a prisión perpetua para Sebastián Wagner por el femicidio de Micaela García, ocurrido el 1° de abril de 2017 en Gualeguay, y anuló la pena impuesta a Néstor Pavón, 5 años de cárcel por el delito de encubrimiento, y ordenó realizar un nuevo juicio.
Sebastián Wagner.
“Ante todo, debemos recordar que estamos ante un caso de femicidio, debiéndose atender a la gravedad e importancia que la manifestación de este fenómeno requiere –dice el fundamentado voto de la camarista Marcela Badano-. Según los registros de la Oficina de la Mujer (OM) del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJER), en nuestra provincia se han producido en los últimos cuatro años (período 2015 al 2018), 44 femicidios directos -sin contar los homicidios conexos-. En el país, en el mismo período, se han producido 1.220 femicidios. La cifra resulta espeluznante si se repara que cada mes, en nuestra provincia se perpetra entonces, un femicidio directo; y que en el año próximo pasado, la tasa de femicidios de Entre Ríos fue una de las más elevadas -1,50- junto con Neuquén, Tucumán, San Luis, La Rioja, Chaco, Salta y Corrientes (cfr. Informe Femicidios 2018 de la OM, Corte Suprema de Justicia de Argentina)”.
Y agrega: “También este tribunal ha comprobado la repetición de este sistemático y triste fenómeno en los casos recientes y crecientes, venidos al Tribunal en su oportunidad para revisar sus sentencias, como por ejemplo, el de Gisela López, el de Josefina López, el de Priscila Hartmann, y el de Agustina Turano, entre otros. En el caso, advertimos que, sin dudas, el salir a buscar una mujer sola, abusar de ella, matarla y esconder su cuerpo para asegurar la impunidad, se enmarca en la figura de femicidio, y en las consideraciones y definiciones que venimos brindando con la ayuda de literatura especializada; y es claro que fue la misma violencia ejercida contra ella la que la hizo, además, especialmente vulnerable”.
Después de marcar ese contexto, fundamentó por qué la sentencia de Wagner a perpetua debe ser confirmada y en qué basó su decisión la Cámara de Casación para anular la de Pavón, por encubrimiento.
Néstor Pavón.
Por qué Pavón debe ser juzgado otra vez
Al analizar la resolución del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguay, que condenó el 17 de octubre de 2017 a Pavón a 5 años por el delito de encubrimiento, Casación sostiene que “Pavón aparece involucrado con Wagner (porque está acreditado por testigos que estuvo con él hasta las 4 AM la madrugada del terrible hecho, cenó con él, y luego, con el correr de los días, le prestó un auxilio indispensable, sin el cual no habría podido fugarse, y luego miente reiteradamente acerca de su paradero), su explicación será determinante para resolver su situación; por ello, ¿no tendrá que razonarse a la inversa de la forma en que lo hizo el Tribunal, y esperar motivos suficientes que explicaran por qué Pavón actuó como actuó, en ocasión de ser éste indagado; y no será sugerente que éste variara sus dichos en tres oportunidades? La valoración que realiza el Tribunal de la participación de Pavón en el episodio no comienza con estos interrogantes”.
“De la prueba colectada, por el contrario, hasta la caída de Wagner y posterior detención, lo que sí se denota es que Pavón no quería que Wagner pensara que fue él el que lo delató, aún después de que encontraran el auto en el lavadero, por una circunstancia absolutamente ajena a Pavón -datos de las cámaras, del agente penitenciario Galván, y por el informe de Vallejos, que llega al lavadero el 4 de abril de 2017. Es así que el día 5 de abril, Pavón habla con la madre de Wagner; y –estimo esa llamada que realiza Pavón desde Gualeguay a provincia de Buenos Aires no fue debidamente tomada en cuenta por el juzgador en su integridad. Se produce allí un diálogo que denota lo que acabo de afirmar: a la par de querer saber dónde estaba Wagner, Pavón le dice a la madre que la que lo mandó al frente fue la novia (lo que no se sabe cómo lo sabe, puesto que el diálogo entre Pavón y Gabriela Wagner es el día 5 de abril a las 10:26, y Nora González -la novia- había declarado esa madrugada del 5 de abril ante el fiscal, horas después de Pavón)”, agrega la resolución de Casación.
En su voto, Badano dice: “Habiendo concluido el análisis precedente, y retomando las consideraciones que realizáramos al comienzo (…)- sobre el femicidio como forma extrema de violencia contra las mujeres, sobre la atención que debe ponerse al cumplimiento de Convenciones Internacionales cuando se trate de casos que importen graves afectaciones a los Derechos Humanos, y el rigor en el análisis que debe efectuarse en el juzgamiento de este tipo de casos -lo que, como dije, no trae aparejado un distinto standard probatorio al resto de los casos, ni una inversión de la regla de clausura ante la duda para los casos penales, y menos aún, la inversión de la carga de la prueba-, lo resuelto respecto del imputado Pavón no puede sostenerse, porque ha sido enjuiciado de un modo arbitrario”.
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Los diez errores
Y encuentra “al menos diez yerros argumentales” en la sentencia condenatoria de primera instancia, a saber: suponer un ánimo de venganza en Wagner al declarar; suponer que la edificación de la acusación contra Pavón es exclusivamente dependiente de los dichos de Wagner; entender que, de creerle a Wagner, estaría en mejor situación que Pavón, y como consecuencia, que la imputación de este último sería con el fin de que no cayera la imputación contra Wagner; dividir la prueba según indicios, de un modo naturalista para un imputado, y no hacerlo para otro, e ignorar que toda la prueba debe ser valorada conjuntamente para resolver la situación de ambos -esto es, cómo se mide la fuerza probatoria según el imputado-; descartar, de plano, el pacto de silencio entre Wagner y Pavón; descartar absolutamente la participación de dos personas en el episodio; las presuposiciones sobre el barro que fue observado en el auto; la presuposición sobre por qué Wagner no le dijo a su mujer que había andado con Pavón; la valoración del estado físico de Wagner, sus antecedentes y los supuestos conocimientos para atacar sexualmente a alguien, infiriendo de eso elementos para fundar la culpabilidad de Wagner en forma exclusiva; minimizar las contradicciones de Pavón; entender que Pavón no estaba involucrado por la falta de pruebas periciales positivas; y, finalmente, el yerro fundamental: dejar sin respuesta la pregunta sobre si Pavón se estaba autoencubriendo, o no.
Esos yerros, entendió Casación, “se ven acompañados por una deficiente o arbitraria valoración de la prueba, la que en ocasiones ha sido omitida, valorada sin dar adecuadas razones, o descartada sin motivos suficientes. Como ejemplo de ello, entre las que hemos ya analizado, podemos mencionar: la valoración sobre la llamada telefónica entre Gabriela Wagner y Pavón; las consideraciones sobre cómo se podían acomodar tres personas en un auto como el de Wagner, la conducción del mismo, y la duración del episodio de la captación; la valoración de los testimonios de Nora González, Zárate -incluyendo el yerro en la confrontación de los dichos de ésta con el informe de Rivasseau- y de la testigo Denaday; la insuficiente valoración sobre la ausencia de lesiones en el cuerpo de Micaela; sobre la credibilidad de la testigo Sofía Otero; sobre los mensajes entre Nora González y Pavón; sobre la compaación entre los estados en que estaban Pavón y Wagner luego del hecho; sobre los testimonios de la esposa e hijo de Pavón; sobre la persona de Gorosito y su relación con Pavón; sobre la presencia de la pala, el barro en el auto y la declaración del coimputado Otero, entre otras.
Badano concluye “en orden a los argumentos expuestos corresponde hacer lugar a los recursos de las partes acusadoras, y en consecuencia, anular la decisión en crisis sólo respecto a la situación del encartado Pavón, debiendo disponerse el reenvío de las actuaciones a fin de que un nuevo tribunal integrado a tales efectos renueve los actos pertinentes en relación al mismo. Verificado el déficit de fundamentación del pronunciamiento recurrido que motiva su anulación, la solución legal prevista en nuestro ordenamiento de rito es precisamente la remisión a la instancia que la produjo, para su saneamiento. Conforme lo dispuesto en el art. 518 del CPP si el Tribunal de Casación anula total o parcialmente la resolución impugnada, debe ordenar el reenvío para la renovación de la actividad que se trate; exceptuando otras situaciones en las que puede dictarse un nuevo pronunciamiento sin que sea necesaria la remisión respectiva, a saber: la resolución que implique la absolución, la extinción de la acción, de la pena o medida de seguridad, la excarcelación, la modificación de la calificación legal o la respuesta punitiva o cuando no fuere necesario la realización de un nuevo juicio”.
Al planteo de Badano adhirieron los otros dos vocales, Marcela Davite y Hugo Perotti. Así, el tribunal -que dispuso mantener a Wagner y Pavón en prisión preventiva- resolvió anular la sentencia «en lo que hace a la intervención del imputado Néstor Pavón, debiendo remitirse la causa al Tribunal de juicio correspondiente, para que un Tribunal debidamente integrado, realice un nuevo juicio oral y dicte una nueva sentencia ajustada a
Derecho en relación a dicho imputado».
Fotos: Clarín
De la Redacción de Entre Ríos Ahora.