El Instituto Nacional de las Mujeres (INAM) presentó  un escrito ante la Sala N° 1 de Procedimientos Constitucionales y Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Entre Ríos en el que solicitó que habilite que el caso por el femicidio de la santaelenense Gisela López llegue a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

La solicitud fue presentada el 20 de mayo, y acompaña el recurso extraordinario federal interpuesto a principios de ese mes por la Procuradora Adjunta, Cecilia Goyeneche.

En dicha presentación, de 32 páginas, la representante del Ministerio Público Fiscal cuestionó duramente el fallo de la Sala Penal del STJ que el 20 de marzo de este año confirmó las absoluciones de los únicos acusados en el caso: Mario y Elvio Saucedo (padre e hijo) y Matías Vega.

La Procuración espera llegar a la Corte Suprema para que analice el caso, deje sin efecto la resolución de la Sala Penal, y confirme la resolución de la Cámara de Casación Penal de Paraná que el 26 de abril de 2018 había revocado las absoluciones y ordenado realizar un nuevo juicio.

En diálogo con Entre Ríos Ahora, Nicole Neiman, directora nacional de Protección Integral de Articulación y Acciones Directas del Instituto Nacional de las Mujeres (INAM), confirmó que el organismo acompañó el recurso de la Procuración mediante una nota presentada a la Sala Penal del STJ.

El INAM es el organismo para la igualdad de género de Argentina. Fue creado en 2017, dando continuidad al Consejo Nacional de las Mujeres, primer organismo nacional establecido en 1992. Es un ente descentralizado en jurisdicción del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.

Es la segunda presentación que realiza la entidad encargada de velar por los derechos de las mujeres. El 22 de abril, luego del fallo que confirmó las absoluciones,  el INAM se presentó para ser incorporado como “amicus curiae” (amigos del tribunal). El 26 de ese mes, sin embargo, esa pretensión fue rechazada por el presidente de la Sala Penal, Daniel Omar Carubia.

Consultada al respecto, Neiman manifestó su preocupación por la negativa y advirtió que el máximo tribunal provincial está violando la Ley Micaela (N° 27499). “Recibimos muy mal la decisión y con mucha preocupación. Justamente es la provincia donde surge la Ley Micaela, que obliga al Poder Judicial y el resto de los poderes del Estado a capacitarse en perspectiva de género y en violencia contra las mujeres. Justamente donde surge esa ley es muy preocupante que se rechace un ‘amicus curiae’ del organismo que lleva adelante la política pública de género. Es la primera vez en la historia de presentaciones del instituto que una provincia nos rechaza. Lo cual resulta, además de preocupante, un tema de invisibilización de los derechos de las mujeres”, dijo.

La representante del INAM explicó que el organismo tenía un interés específico para incorporarse como ‘amicus curiae’ ya que busca el esclarecimiento del femicidio. Tras la negativa para integrarse con esa figura, señaló que la alternativa fue acompañar el recurso extraordinario federal interpuesto por el Ministerio Público Fiscal.

“Cuando no podemos presentarnos como parte hacemos diferentes presentaciones que acompañan las estrategias judiciales de las partes. En este caso lo que hicimos ante esta negativa de que nos aceptaran como ‘amicus curiae’, fue acompañar la presentación del recurso extraordinario ante la Corte Suprema que hizo la fiscal”, dijo y precisó que el escrito fue presentado el 20 de mayo.

En cuanto al contenido del petitorio, manifestó: “Planteamos que sean considerados los argumentos puestos en el recurso presentado por el Ministerio Público, que toma nuestro ‘amicus curiae,’ y, obviamente, que el máximo tribunal federal pueda expedirse al respecto y  obtener su valoración respecto de si fue bien efectuado o no el procedimiento, y si estuvieron bien dictadas las absoluciones”.

En esa dirección, agregó que para el INAM en el caso de femicidio de Gisela López no se respetaron los protocolos de la Convención sobre la Eliminación de toda forma de Discriminación contra la Mujer (CEDAW son sus siglas en inglés) y  la Convención Interamericana para prevenir sancionar y erradicar la Violencia Contra la Mujer (Convención de Belém do Pará).

“El caso no fue evaluado con perspectiva de género, no se aplicaron los protocolos correspondientes en el marco de las convenciones internacionales de los derechos de las mujeres, tanto Cedaw como Belém do Pará. A nivel nacional tenemos un protocolo sobre investigación de muerte de mujeres donde tienen que hacer una investigación específica con presunción de femicidio por el hecho de ser mujer. En ese caso, nosotros lo que hacemos es indicar cuáles son las líneas a seguir, tanto investigativas como de presentación de prueba,  de aporte normativo y aporte jurisprudenciales, para resolver este tipo de situaciones en el ámbito del Poder Judicial”, explicó Nieman, Directora Nacional de Protección Integral de Articulación y Acciones Directas.

Por último, la abogada del organismo estimó que luego de la feria judicial de julio se conocerá la resolución de la Sala Penal respecto de si concede el recurso de la Procuración para que el caso sea elevado a la Corte Suprema.  “Son procesos que demoran. Estamos dentro de los tiempos que la justicia se toma para expedirse. Todavía no tenemos respuesta, probablemente se tenga respuesta luego de la feria judicial”, cerró.

La Sala Penal del STJ que debe resolver si concede el recurso ante el máximo tribunal del país está integrado por los jueces Daniel Omar Carubia, Miguel Ángel Giorgio y Claudia Mizawak. Los dos primeros fueron quienes votaron a por la confirmación del fallo absolutorio de primera instancia, mientras que la extitular del STJ se había expresado en disidencia, es decir, a favor de que se realice un nuevo juicio.

El caso


Gisela López desapareció la noche del viernes 22 de abril de 2016 a la salida de la Escuela Secundaria de Jóvenes y Adultos Padre Fidel Olivera, de Santa Elena, ciudad del departamento La Paz, a 150 kilómetros de la capital provincial. Dieciocho días más tarde, el 10 de mayo, fue encontrada asesinada en un descampado conocido como El Bajo, sobre la avenida Presidente Perón, cerca de su casa, en el barrio 120 Viviendas.

Un año después se realizó el debate oral y público, al que llegaron como únicos acusados Mario y Elvio Saucedo (padre  e hijo) y Matías Vega.  El Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, integrado por los jueces Ricardo Bonazzola, José María Chemez y Cristina Van Dembroucke, los absolvió al entender que no había pruebas contra los imputados.

El Ministerio Público Fiscal apeló el fallo ante la Cámara de Casación Penal que el 25 de abril de 2018 anuló la sentencia absolutoria  y ordenó hacer un nuevo juicio. Sin embargo, el defensor de los acusados, el abogado Roberto Alsina, presentó un recurso de queja ante la Sala Penal del STJ, que el 20 de marzo de este año confirmó el fallo absolutorio de primera instancia.

 

 

 

 

 

De la Redacción de Entre Ríos Ahora.