Los productores se manifestaron este jueves en el acceso a Colonia Merou, en el kilómetro 414 de la Ruta Nacional 12, para expresar su malestar por la demora del Poder Judicial en resolver el pleito en torno a las distancias prohibitivas para fumigar en zonas rurales donde esté asentado un establecimiento educativo.

El 26 de septiembre último, el vocal de Cámara Civil y Comercial-  Sala III de Paraná Virgilio Galanti resolvió admitir parcialmente la demanda presentada por el Foro Ecologista de Paraná y la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (Agmer) y decretó la nulidad por inconstitucionalidad e ilegalidad de los artículos 2º, 3º y 4º del decreto 2239/19, con el que el Gobierno pretendió zanjar la disputa entre productores y organizaciones ambientalistas.

Es la segunda vez que la organización ambientalista y el gremio docente acuden a la Justicia para declarar inconstitucional un decreto del Gobierno respecto del tema fumigaciones. En marzo de 2019, el camarista Andrés Marfil  dispuso la nulidad parcial del decreto N° 4.407, dictado el 14 de diciembre de 2018 por el Poder Ejecutivo entrerriano por ser “inconstitucional por violación de la cosa juzgada al no ajustarse al estándar normativo del fallo dictado” en octubre del año pasado por el juez Oscar Daniel Benedetto, ratificado luego por un fallo de la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ).

Esta vez, la demanda denunció como clase afectada a “todos los niños, niñas, adolescentes, maestras, maestros y personal no docente que concurre a las escuelas rurales de la provincia de Entre Ríos”.

La acción judicial apuntó a cuestionar la estrategia del Gobierno, que eligió el camino de la reglamentación de la Ley de Plaguicidas N° 6.599, que data de 1980, para superar el entredicho creado con las organizaciones ambientalistas, que en 2018 promovieron un amparo ambiental con el objetivo de frenar las fumigaciones en proximidades de las escuelas rurales de la provincia.

El artículo 2° del decreto N° 2.239 establece una “zona de exclusión” donde no se podrán realizar aplicaciones en un radio de 100 metros para el caso de las aplicaciones terrestres –el fallo vigente de la Justicia ordena que esa distancia sea de 1.000 metros- y de 500 meteros para las áreas –la Justicia estableció 3.000 metros- medidas desde el centro del  casco de la escuela rural.

El artículo 3° crea un “área de restricción” con la prohibición de aplicaciones terrestres de agroquímicos en un radio de 500 metros contados desde el límite de los 100 metros establecidos en el artículo 2°.   Y una segunda área de restricción de prohibición de aplicaciones de tóxicos de forma aérea “dentro del radio de 3.000 metros contados desde el límite de los 500 metros establecidos en el artículo 2°”.

La situación enojosa es la creada tras el fallo del camarista Oscar Benedetto, que impuso límites de 1.000 metros para las pulverizaciones terrestres y de 3.000 metros para las aéreas, sentencia que fue confirmada por la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ).

La disposición de la Justicia, sin embargo, chocó con el dictado de un decreto por parte del Poder Ejecutivo, el N° 4.407, en diciembre de 2018, que dispuso bajar esos límites a 100 y 500 metros, respectivamente. El escenario creado movió al Foro Ecologista y la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (Agmer), que habían presentado el recurso de amparo que derivó en el fallo de Benedetto, a pedir una aclaratoria al Poder Judicial. El juez Andrés Marfil sentenció que aquel decreto de Bordet era parcialmente inconstitucional en lo referente a la modificación de las distancias, decisión que también fue confirmada por la Sala Penal del STJ.

La resolución del juez Galanti fue apelada por el Poder Ejecutivo, y ahora el asunto debe resolverlo el pleno del Superior Tribunal de Justicia (STJ). Ahora, debe resolver el máximo tribunal, con la conformación siguiente: Germán Carlomagno, Juan Ramón Smaldone, Martín Carbonell, Bernardo Salduna y Susana Medina de Rizzo.

«El campo le está pidiendo a la Justicia por nuestro futuro. Nadie se hace cargo del lucro cesante, de las pérdidas que tenemos, de los problemas de salud de los productores, del problema familiar, económico, del desamparo que tenemos. El desamparo está dado por la ausencia del Estado. Los jueces se están tomando demasiado tiempo en resolver. Además, hace falta la convocatoria a una mesa de diálogo. Estas cosas se arreglan a través del diálogo. Eso es lo que reclama el campo, y está con la necesidad urgente de que se decidan los jueces del STJ con respecto al fallo que el juez Galanti», dijo Mariela Gallinger, referente de la Filial Crespo de la Federación Agraria Argentina, en declaraciones que recogió Paralelo 32.

En el Gobierno, aguardan un fallo que revierta el pronunciamiento del juez Virgilio, y hasta evalúan que podría ser una sentencia por unanimidad del máximo tribunal, según pudo recoger Entre Ríos Ahora.

 

 

Foto: Paralelo 32

De la Redacción de Entre Ríos Ahora.