El Ministerio Público Fiscal, el organismo al mando del Procurador General de la Provincia, Jorge Amílcar García, pidió formalmente que se fije fecha de audiencia en el dos veces suspendido juicio al exgobernador Sergio Daniel Urribarri, su exministro de Cultura, Pedro Báez, y, entre otros, su cuñado, Juan Pablo Aguilera, a quienes se endilga los delitos de negociaciones incompatibles con la función pública, peculado y defraudación a la Administración Pública. Se trata de una causa que investiga las contrataciones de publicidad en vía pública entre 2010 y 2015 y la sospecha de que hubo pago de coimas.
El 1° de febrero de 2018, la Procuración elevó el pedido de remisión a juicio de la causa, y entonces ya se conoció un adelanto del pedido de pena que se hará en el juicio oral: para Urribarri, Báez y Aguilera, ocho años de prisión efectiva e inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. Pero el juicio se aplazó ya dos veces. Debía comenzar el 29 de julio, fue aplazado por pedido expreso de dos defensores, Marcos Rodríguez Allende y Emilio Fouces, que plantearon problemas de salud.
El nuevo calendario se corrió para el miércoles 20 de noviembre. Pero un nuevo pedido de los defensores derivó en una nueva postergación, de momento sin fecha. El argumento fue que la denominada «causa de la vaca» -así se llama mediáticamente al primer juicio por corrupción que enfrentaría Urribarri- coincide con el desarrollo de otro debate de envergadura, el que investiga las ramificaciones de la banda narco de Daniel «Tavi» Celis y que involucra al intendente Sergio Varisco, que se tramita en el Tribunal Oral Federal (TOF). Ambas causas comparten abogados defensores.
El tribunal conformado por los jueces Rafael Cotorruelo, Gervasio Labriola y Alejandro Grippo atendió el pedido de los defensores, y suspendió el inicio del juicio, previsto para el miércoles 20 del actual. Pero no fijó nueva fecha. El argumento fue que «este Tribunal carece de la potestad para efectuar una reprogramación del debate, atento a que la fijación de las audiencias de los juicios orales constituye una actividad administrativa reservada a la O.G.A., limitándose la labor jurisdiccional en el presente caso en concreto, a impedir que tal actividad afecte derechos y garantías que impidan la materialización de un ´juicio justo´».
Ahora, es la Procuración la que pidió que se fije audiencia, y lo deberá hacer la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA), organismo que depende de la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ). Desde la Procuración se considera que «de realizarse con premura podría significar el inicio del debate en los últimos días del año en curso, o en su defecto, al iniciar el próximo año».
En los fundamentos del pedido, considera que «en tanto la prolongación de los plazos sin que la misma se encuentre fijada, alentará probablemente la existencia de nuevos conflictos de agenda y, casi con seguridad, nuevas solicitudes de reprogramación, pudiéndose ver afectada, de esa manera, el derecho de algunos de imputados a la realización del juicio en tiempo oportuno.
La Fiscalía recordó que “luego de aquella primera suspensión decidida el 25 de julio de 2019, se fijó nueva audiencia el día 21 de octubre, pero no fue sino hasta el 6 de noviembre de 2019, que los Sres. Defensores solicitaron la suspensión del debate oral y público, pese a que los motivos no fueron sobrevinientes . Más allá de estas cuestiones, que ya generaron las consecuencias buscadas, lo cierto es que se vislumbra como indispensable que la fijación por esa Oficina de la fecha de debate no quede latente -como se sugiere en la resolución del Tribunal-, a que cierre de la etapa de recepción de pruebas en la causa Federal”.
También se propone en cambio, que teniendo en cuenta el avance de ese debate, se determine inmediatamente la fecha del juicio, ya que el mismo Tribunal ha indicado la necesidad de que la notificación de la audiencia se realice con al menos 20 días hábiles de anticipación y, por otra parte, podrá escuchar Ud. los audios de la audiencia realizada, los abogados defensores tienen casi todos una agenda muy nutrida que consideran prevalente a la realización de este concreto debate. Lo cierto es que uno de los diez acusados en esta causa, han manifestado públicamente su interés en que se realice prontamente el juicio”.
La Procuración consideró que “esta circunstancia es determinante, ya que habiendo transcurrido un año y medio de la radicación de la causa en el Tribunal de Juicio, la consecución de los aplazamientos para efectivizar el debate oral, podría atentar contra el derecho de los acusados que no han generado las suspensiones a un proceso sin dilaciones indebidas. Ciertamente también entran en conflicto con los principios de legalidad (deber de hacer cumplir la ley) y seguridad, en particular en el área de la corrupción pública, de especial interés del Estado argentino conforme al art. 36 de la Constitución Nacional y los deberes de investigación y juzgamiento asumidos con la suscripción de la Convención Interamericana contra la Corrupción (ley 24.759) y Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (ley 26.097)”
De la Redacción de Entre Ríos Ahora.