La Municipalidad de Paraná apeló, el sábado, la resolución que adoptó un día antes el juez Penal de Niños y Adolescentes, Pablo Alejandro Barbirotto, que hizo lugar a un amparo presentado por seis personas trans cuyos contratos fueron dados de baja. Ahora, el recurso será resuelto por el pleno del Superior Tribunal de Justicia (STJ), aunque si bien el magistrado hizo lugar a la apelación, rechazó la pretensión de que se se suspendan sus efectos. De ese modo, las seis personas se reincorporan a sus tareas desde este miércoles 11, ya con la nueva gestión del intendente Adán Humberto Bahl.

«Fuimos reincorporadas, y volvemos a trabajar este miércoles», contó Vanesa Bella, una de las tres personas que acudió con un amparo a la Justicia.

«Cuando apeló la Municipalidad, el sábado a la siesta, pidió que la sentencia quede sin efecto hasta tanto resuelva el Superior Tribunal. Lo que hice fue no hacer lugar al pedido del Municipio porque entiendo que hay una clara vulneración de derechos constitucionales, principalmente el derecho al trabajo», indicó a Entre Ríos Ahora el juez Barbirotto. El magistrado basó su sentencia en la vigencia de la ordenanza de culpo laboral trans en la Municipalidad de Paraná. «Por más que no esté reglamentada, este tipo de ordenanzas son operativas, no necesitan una reglamentación para cobrar vigencia», añadió. El fallo, que fue cuestionado por el Municipio, no orden la designación definitiva: sólo dispone su reincorporación y que después, en base al ordenamiento legal, se los designe en base a concurso.

Como informó Entre Ríos Ahora, el juez Barbirotto recibió, el viernes 29 de noviembre, un recurso de amparo de seis personas trans que habían sido desvinculadas de la Municipalidad de Paraná, dentro de un listado de 400 que dispuso la administración del intendente Sergio Varisco como resolución postrera para ordenar el desbarajuste de las cuentas municipales, observadas por el Tribunal de Cuentas de Entre Ríos, base de la denuncia penal que presentó el jefe comunal entrante, Adán Bahl.

Barbirotto supo desde el vamos que no debía resolver de modo ordinario una presentación judicial de un colectivo que en forma corriente está desprotejido, se encuentra vulnerable y tiene, casi siempre, como única salida laboral la prostitución. Las seis personas trans habían sido incorporadas en febrero y tuvieron relación laboral con el Municipio de Paraná hasta finales de octubre. En el ínterin, realizaron un trabajo que fue prueba piloto a nivel nacional: en coordinación con la Universidad Nacional de Entre Ríos (UNER), la Universidad Autónoma de Entre Ríos (Uader), el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (Inadi) y el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, llevaron adelante el primer mapeo sobre la situación de las personas trans en Paraná. Después, trabajaron en la base de lo que fue el texto de la ordenanza del cupo laboral trans.

Los abogados Walter Rolandelli, Francisco Avero, Adrián Albornoz y Guido Zufiaurre, en representación de la Municipalidad de Paraná, se presentaron ante el juez y le plantearon que se trató de una resolución propia de la Administración dar por finalizados los contratos de las 6 personas trans, dentro de un listado de un total de 400 que se dieron de baja. Y que en caso de que el juez acogiera favorablemente el amparo presentado supondría «una violación a la división de poderes, ya que se configuraría una injerencia del Poder Judicial al Poder Ejecutivo, por cuanto el Municipio cuenta con facultades discrecionales de contratación, renovación, o no renovación, de contratos temporales que solo cuentan como limitación el que se ajusten al presupuesto aprobado».

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Desde el vamos, el juez Barbirotto dejó en claro en su fallo favorable al planteo de las seis personas trans que el caso no podía resolverse por los carriles ordinarios. No se trató de un planteo de personas contratadas cuyos contratos vencieron y no fueron recontratadas. Eso sería una facultad discrecional del Estado, contratar o cortar la relación laboral. Y en ese terreno un juez nada tendría para resolver. Pero el magistrado puso otra mirada. «En forma preliminar -planteó en su fallo-, es conveniente advertir la radical importancia de la perspectiva de género para resolver este caso, puesto que evidentemente las magistradas y los magistrados de la Constitución, no podemos decidir este tipo de cuestiones como si fuera un caso más, como otro cualquiera, sino que  debemos  juzgarlo con perspectiva de género, con el fin de detectar y eliminar las barreras y los obstáculos que discriminan a las personas por su pertenencia a su género».

Ahora, el tema está a resolución del STJ, que deberá refrendar lo resuelto por Barbirotto o seguir el criterio de la Municipalidad de Paraná.

De la Redacción de Entre Ríos Ahora.