Las seis personas trans despedidas de la Municipalidad de Paraná durante el último mes de gestión del exintendente Sergio Varisco consiguieron un fallo favorable en la Justicia que obligó al Estado a recontratarlas. Pero la medida no se efectivizó de momento.
En realidad, la orden judicial de restitución en sus puestos laborales de las seis personas trans despedidas ocurrió justo en el cambio de gobierno en la ciudad, y su efectivización le cupo a la nueva administración, a cargo del intendente Adán Bahl.
Pero la vuelta al trabajo no se dio.
Al respecto, alertaron sobre ese hecho como modo de «visibilizar nuestra situación, ya que a pesar de que la Justicia intimó al Municipio a dictar el trámite administrativo para nuestra reincorporación, aún ni la gestión Varisco ni la de Bahl dictaron el acto administrativo pertinente. Creemos que esta situación debía ser resuelta por parte de la gestión que culminó el 10 de diciembre, pero al no haberlo hecho, confiábamos en que la entrante lo resolvería ya que se trata de una orden judicial dictada para el cumplimiento por parte del estado municipal independientemente de los gobiernos que la administren».
La Municipalidad de Paraná apeló, el sábado 7 de diciembre, la resolución que adoptó un día antes el juez Penal de Niños y Adolescentes, Pablo Alejandro Barbirotto, que hizo lugar a un amparo presentado por seis personas trans cuyos contratos fueron dados de baja.
«Cuando apeló la Municipalidad, el sábado a la siesta, pidió que la sentencia quede sin efecto hasta tanto resuelva el Superior Tribunal. Lo que hice fue no hacer lugar al pedido del Municipio porque entiendo que hay una clara vulneración de derechos constitucionales, principalmente el derecho al trabajo», indicó a Entre Ríos Ahora el juez Barbirotto. El magistrado basó su sentencia en la vigencia de la ordenanza de culpo laboral trans en la Municipalidad de Paraná. «Por más que no esté reglamentada, este tipo de ordenanzas son operativas, no necesitan una reglamentación para cobrar vigencia», añadió. El fallo, que fue cuestionado por el Municipio, no orden la designación definitiva: sólo dispone su reincorporación y que después, en base al ordenamiento legal, se los designe en base a concurso.
Como informó Entre Ríos Ahora, el juez Barbirotto recibió, el viernes 29 de noviembre, un recurso de amparo de seis personas trans que habían sido desvinculadas de la Municipalidad de Paraná, dentro de un listado de 400 que dispuso la administración del intendente Sergio Varisco como resolución postrera para ordenar el desbarajuste de las cuentas municipales, observadas por el Tribunal de Cuentas de Entre Ríos, base de la denuncia penal que presentó el jefe comunal entrante, Adán Bahl.
Barbirotto supo desde el vamos que no debía resolver de modo ordinario una presentación judicial de un colectivo que en forma corriente está desprotejido, se encuentra vulnerable y tiene, casi siempre, como única salida laboral la prostitución. Las seis personas trans habían sido incorporadas en febrero y tuvieron relación laboral con el Municipio de Paraná hasta finales de octubre. En el ínterin, realizaron un trabajo que fue prueba piloto a nivel nacional: en coordinación con la Universidad Nacional de Entre Ríos (UNER), la Universidad Autónoma de Entre Ríos (Uader), el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (Inadi) y el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, llevaron adelante el primer mapeo sobre la situación de las personas trans en Paraná. Después, trabajaron en la base de lo que fue el texto de la ordenanza del cupo laboral trans.
Los abogados Walter Rolandelli, Francisco Avero, Adrián Albornoz y Guido Zufiaurre, en representación de la Municipalidad de Paraná, se presentaron ante el juez y le plantearon que se trató de una resolución propia de la Administración dar por finalizados los contratos de las 6 personas trans, dentro de un listado de un total de 400 que se dieron de baja. Y que en caso de que el juez acogiera favorablemente el amparo presentado supondría «una violación a la división de poderes, ya que se configuraría una injerencia del Poder Judicial al Poder Ejecutivo, por cuanto el Municipio cuenta con facultades discrecionales de contratación, renovación, o no renovación, de contratos temporales que solo cuentan como limitación el que se ajusten al presupuesto aprobado».
«La sentencia dictada en fecha 06/12/2019 ordenó a la Municipalidad de Paraná nuestra reincorporación mediante el dictado del acto administrativo en el término de 3 días hábiles y el pago del sueldo devengado del mes de noviembre del corriente; más ni la gestión saliente ni la entrante lo hicieron», señalaron.
El Municipio apeló la sentencia y «solicitó que se conceda el recurso con efecto suspensivo, lo que fue rechazado, debiendo por lo tanto la Municipalidad de Paraná cumplir la sentencia hasta el día 11 de diciembre de 2019. Fue por ello que el 12 de diciembre de 2019 concurrimos a nuestros lugares habituales de trabajos y de manera cordial nos invitaron a retirarnos informándonos que la Municipalidad no dictó el acto administrativo y que no darían cumplimiento a la sentencia».
AL respecto, dijeron: «Nuestra expectativa puesta en el cumplimiento por parte del Estado municipal de esta histórica sentencia (que no sólo nos favorece a nosotres sino a todo nuestro colectivo) se desvaneció. Una vez más el Estado vulneró nuestros derechos, una vez más el Estado desconoció la extrema situación de marginalidad en la que vivimos, desconociendo el derecho constitucional a la propiedad sobre nuestro salario y la imperiosa necesidad que tenemos en disponerlo. Una vez más el Estado nos marginó negándonos el acceso al empleo (a nuestro primer empleo formal)».
«Si bien entendemos que era responsabilidad de la gestión anterior cumplir con la sentencia dictada antes de concluir su mandato, en razón de las políticas de diversidad que ellos mismos generaron, el Eestado municipal es único y los funcionarios públicos están obligados a cumplir con las mandas judiciales y todos ellos hicieron juramento de cumplir su función sobre la Constitución, y un día después desconocen nuestros elementales derechos humanos», subrayaron. Y denunciaron que más allá del proceso judicial, «no se nos han pagado los adicionales del mes de octubre y el proporcional de aguinaldo del segundo semestre».
El amparo, apelado por la gestión Varisco, se encuentra ahora a resolución del pleno del Superior Tribunal de Justicia (STJ).
De la Redacción de Entre Ríos Ahora.