El Organismo de Defensa del Consumidor de la Municipalidad de Paraná aclaró que la demanda colectiva contra los desmedidos aumentos registrados en las facturas de luz durante 2016 no tiene ningún costo para el usuario que quiera adherirse.
El planteo, que se inició en 2017, todavía está en trámite en la Justicia.
«Al tratarse de una medida judicial iniciada por la Asociación de Defensa de Consumidores Entrerrianos (Adecen) con el objetivo de lograr la nulidad de los excesivos incrementos de las tarifas eléctricas en el año 2016, debés saber que la misma es de carácter gratuito y sin costos de ningún tipo para los usuarios, que no pierden dinero ni tiempo si la sentencia fuese favorable a la empresa, pero puede beneficiarse si la asociación gana el juicio», indicó el Organismo de Defensa del Consumidor.
La causa está caratulada «Adecen c/Energía Entre Ríos SA. Sumarísimo», y se tramita ante el Juzgado Civil y Comercial N° 6 de Paraná, con el objetivo de que se declare «la nulidad o ilegitimidad de los incrementos de tarifa registrados entre el 1/1/2016 al 31/10/2016». Y además se «ordene la devolución de las sumas percibidas por los incrementos de tarifa por ese período».
La demanda sumarísima contra Enersa reclama que “se declare la nulidad y/o ilegitimidad de todas modificaciones en los parámetros tarifarios operadas desde el 1º de enero de 2016 y hasta el mes de octubre de 2016 sin la previa notificación a los usuarios conforme las previsiones del artículo 45 inciso c de la Ley Nº 8916” de Marco Regulatorio Eléctrico.
También por violatorio del “Reglamento de Suministro (Aprobado por el Decreto Nº 734/2012), y en subsidio de las aplicadas en el mismo período de manera previa a la publicación en el boletín oficial de las Res. EPRE Nº 67/14, 146/15, 150/15 y 12/16 y se condene a la demandada a la devolución de las sumas de dinero percibidas en su consecuencia con más sus intereses. Asimismo, solicita se declaren abusivas y por lo tanto nulas las disposiciones del punto 3.6 del Anexo II del Reglamento de Suministro de Energía Eléctrica para los Servicios Prestado por Energía de Entre Ríos S.A., en cuanto impone a los usuarios residenciales un plazo de cinco días hábiles a contar de ocurrido el daño para articular el reclamo indemnizatorio por daños derivados de la prestación del servicio; y por último se declaren abusivas y por lo tanto nulas las eximiciones y limitaciones en la responsabilidad de la demandada previstas en los puntos 7.4.1., 7.4.2. y 7.4.3. del Anexo VI Normas de calidad del servicio público y sanciones del contrato de concesión, por estar prohibidas a tenor del art. 37 inc. A de la LDC e inc. g del Anexo de la Res. 53/2003 SCD y CD”, según el escrito judicial.
En Entre Ríos, durante 2016 la tarifa de luz aumentó un 137%. Y aunque hubo una batalla judicial contra esos tarifazos, el STJ finalmente terminó confirmando los incrementarios tarifarios.
La demanda judicial, iniciada por Adecen en junio de 2017, zozobró en el juzgado a cargo de la jueza civil y comercial Silvina Rufanacht, que ante un dictamen del fiscal auxiliar Oscar Sobko, se declaró incompetente para actuar. Así, la jueza se declaró incompetente y dio intervención a la Cámara Contencioso Administrativa.
Dos años después, y tras la intervención del Superior Tribunal de Justicia (STJ), la jueza Rufanacht resolvió: «Admitir la competencia del Juzgado a mi cargo para la tramitación de la presente causa».
En la demanda, según Enersa, quedan incluidos los usuarios residenciales urbanos, suburbanos y rurales de la categoría “Pequeñas demandas consumos. «Si Ud. es un usuario comprendido en este grupo, que será alcanzado por la sentencia que se dicte en la causa, podrá optar por quedar fuera del pleito manifestando esa opción ante el juzgado interviniente, o por comunicación a la siguiente dirección de correo electrónico: [email protected], con individualización de esta causa», dice una notificación de Enersa a sus usuarios.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora.