El Tribunal de Cuentas de Entre Ríos también se sumó al aporte extraordinario solidario sobre los salarios de abril de sus funcionarios, y de ese modo se plegó a lo resuelto por el Poder Ejecutivo a través del decreto N° 486, que firmó el viernes 27 el gobernador Gustavo Bordet, al disponer retraer de los haberes de todo el funcionariado político un 50%, recursos que se destinarán a “incrementar los fondos disponibles para volcarlos a todas las medidas paliativas que puedan adoptarse para contrarrestar los efectos que esta pandemia produce”.

Pero a diferencia de lo que hizo la Justicia -que volcará los descuentos a los magistrados y funcionarios para que lo administre la Contaduría General de Tribunales-, el Tribunal de Cuentas aportará esos descuentos al Ministerio de Economía, que creará una cuenta especial.

Desde el 13 de marzo, Entre Ríos está en estado de emergencia sanitaria, medida dispuesta a través del decreto N° 361, que se dictó en función de que el “virus que causa el COVID 19 produce enfermedades respiratorias, conociéndose que la principal vía de contagio es de persona a persona” y por cuanto “su rápida propagación supone un riesgo para la salud pública y exige una respuesta inmediata y coordinada para contener la enfermedad e interrumpir la propagación y el contagio”.

La emergencia sanitaria se extenderá por el término de un año, y según el decreto, se instruyó al Ministerio de Salud a “disponer las medidas necesarias y/o de reorganización del personal que la situación de emergencia amerite para garantizar eficientemente el funcionamiento de los servicios de salud y a resolver la contratación de personal temporario, en el marco de la emergencia declarada, exceptuándose en su caso del régimen de incompatibilidades  aplicables a la actividad”.

El artículo 3° de la norma establece que “para atender las necesidades de equipamiento e insumos  para afrontar la emergencia sanitaria todos los procedimientos de contratación de bienes y de servicios, propiciados y llevados a cabo en el marco de la presente emergencia por el Ministerio de Salud, deberán tramitarse con especial y prioritario despacho”.

La conformación de un fondo de emergencia para atender la emergencia sanitaria tuvo su puntapié inicial en la resolución del Poder Ejecutivo, que dispuso descontar el 50% del salario de los funcionarios fuera de escalafón –con excepción de Salud, Desarrollo Social, Policía y Servicio Penitenciario-, resolución a la que se plegaron los distintos organismos descentralizados y empresas del Estado, la Legislatura y el Poder Judicial. El último estamento de la Administración en plegarse al fondo solidario es el Tribunal de Cuentas de Entre Ríos.

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La medida está contenida en la resolución Nº 50/2020 por la que el organismo decidió acompañar la medida tomada por el Poder Ejecutivo en el decreto 486; y adherir a lo establecido por el punto segundo del acuerdo del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de la provincia, dictado el lunes 30, en lo que resulta compatible con la organización, cargos y categorías existentes en el organismo de control.

En este sentido, se dispuso un aporte individual del 50% del sueldo básico del mes de abril, para los funcionarios de ley y jerárquicos. Esto es, vocales, fiscales de cuentas, secretarios letrados y contable adjuntos, asesor jurídico, secretarios de  vocalía, de fiscalía, de comunicación institucional y jefe del cuerpo de auditores.

Los funcionarios que no estén de acuerdo con realizar este aporte individual y solidario, podrán manifestarlo ante la Secretaría Contable del organismo, hasta el próximo martes 7 de abril.

También, en la Resolución, se invita a los jubilados de las categorías incluidas a adherirse al aporte establecido.

Prórroga del Receso Extraordinario

Además, en consonancia con la cuarentena extendida por el Gobierno nacional y a la que adhirió la Provincia, mediante Resolución Nº 49/2020 el Tribunal de Cuentas de Entre Ríos dispuso prorrogar el receso extraordinario por razones sanitarias en el ámbito del organismo, hasta el domingo 12 de abril, en cuyo período se suspenden plazos procesales y administrativos, salvo habilitación expresa, motivada por asuntos cuyo tratamiento no admita dilación.

De la Redacción de Entre Ríos Ahora.