El médico dermatólogo Jorge Luis Daichman, quien fue denunciado a mediados de mayo por abuso, designó al abogado Humberto Franchi para que ejerza su defensa técnica en la causa que tramita en la Unidad de Violencia de Género y Abuso Sexual de Paraná.
El galeno fue denunciado por abuso sexual simple a mediados de mayo por Candela Fernández, una joven de 20 años que había asistido a una atención en el consultorio ubicado en calle Corrientes al 500. Días después se sumaron otras cinco denunciantes, una de las cuales también lo acusa de abuso sexual con acceso carnal.
El caso lo dio a conocer en un posteo en Twitter y en una entrevista con Entre Ríos Ahora. “Fui a una consulta al médico y jamás imaginé que me iba a pasar una situación similar a esta. Fui por unos sarpullidos en los brazos y por ende me tenía que sacar la camisa. Quedé en corpiño. Él salió con otro tema fuera de lugar y me tocó las tetas; quiso correr mi ropa interior y demás cosas que no puedo contar. Por suerte no llegó a mayores; no hubo violación, fue un abuso”.
Tras esa denuncia se sumaron otras mujeres que dijeron haber sufrido un abuso similar por parte de Daichman. En total, el médico tiene seis denuncias en su contra, y según supo Entre Ríos Ahora, una de ellas también es por abuso sexual con acceso carnal. Un delito de esta gravedad tiene una pena máxima de prisión efectiva de 17 años, y si se agrava por los daños que pueda tener las victimas puede llegar hasta 20 años.
El caso está a cargo de la fiscal Valeria Vilchez, quien dispuso acumular las denuncias en un único expediente y se encuentra recabando las testimoniales.
En diálogo con Entre Ríos Ahora, el abogado de Daichman, Humberto Franchi, precisó que su defendido no va a declarar hasta que la Fiscalía no tome todas las testimoniales y se realicen las medidas de prueba, como pericias psicológicas pendientes a las denunciantes. Asimismo, adelantó que cuando su defendido sea citado a declaración indagatoria dará su versión y negará los hechos que le endilgan.
“Hay aproximadamente seis denuncias y se han tomado declaraciones testimoniales. También se han pedido informes a la clínica y otros lugares en función de las denuncias. Además, interesé que declare una de las primeras denunciantes”, comentó Franchi.
En ese sentido, explicó que el trámite de la causa se vio afectado por la pandemia, que resintió la actividad judicial. “La semana pasada estuvieron suspendidos los plazos procesales, por lo cual no hubo novedades. No obstante, yo interesé que después de la declaración de la testigo y supuesta víctima se le tome declaración a mi defendido, quien no declaró porque estaba esperando que terminen todas las testimoniales. Cuando se termine ello, la fiscal va a poder verificar qué hechos le va a endilgar”, señaló.
Sobre la situación procesal de su defendido, dijo que “está sospechado” de delitos contra la integridad sexual y que cuando se presentó la primera denuncia en su contra “hice una presentación espontánea y lo puse a disposición para declarar como testigo o imputado, como disponga la fiscal”.
“Por lo que he hablado con la fiscal, lo tiene como sospechado y lo va a imputar de uno o varios hechos. Por una cuestión de no alterar el proceso y el trabajo de la fiscal, me parece prudente que tome todas las testimoniales y pruebas y luego mi defendido declarará”, dijo el defensor del médico.
En esa línea, Franchi indicó que también ofreció que se le tome declaración testimonial al personal de la clínica del médico “para aclarar sobre los distintos hechos que se ventilan”.
“Esta defensa siempre estuvo abierta y me parece que la Fiscalía debe acumular todas las pruebas y luego de la feria judicial (NdelaR:que va del 1 al 24 de julio) se fijará la declaración de una de las denunciantes y la declaración de imputado de mi pupilo”, añadió.
Finalmente, anticipó que el dermatólogo dará su versión de los hechos. “Va a declarar y explicará cada una de las situaciones. Desde ya, él rechaza todos los hechos que se ventilan”.
Qué dice el Código Penal
Los delitos que se le endilgan al médico están tipificados en el artículo 119 del Código Penal. La pena menor puede ser de 6 meses y la máxima de 20 años de cárcel.
En dicho artículo se establece que será reprimido con reclusión o prisión de 6 meses a cuatro 4 años el que abusare sexualmente de una persona cuando ésta fuera menor de trece 13 años o cuando mediare violencia, amenaza, abuso coactivo o intimidatorio de una relación de dependencia, de autoridad, o de poder, o aprovechándose de que la víctima por cualquier causa no haya podido consentir libremente la acción.
En tanto, prevé que la pena será de cuatro 4 a 10 años de reclusión o prisión cuando el abuso por su duración o circunstancias de su realización, hubiere configurado un sometimiento sexual gravemente ultrajante para la víctima.
La pena será de 6 a 15 años de reclusión o prisión cuando hubiere “acceso carnal por vía anal, vaginal u oral o realizare otros actos análogos introduciendo objetos o partes del cuerpo por alguna de las dos primeras vías”.
En los supuestos de los dos párrafos anteriores, la pena será de 8 a veinte 20 años de reclusión o prisión si: resultare un grave daño en la salud física o mental de la víctima; el hecho fuere cometido por ascendiente, descendiente, afín en línea recta, hermano, tutor, curador, ministro de algún culto reconocido o no, encargado de la educación o de la guarda; el autor tuviere conocimiento de ser portador de una enfermedad de transmisión sexual grave, y hubiere existido peligro de contagio; el hecho fuere cometido por dos o más personas, o con armas; el hecho fuere cometido por personal perteneciente a las fuerzas policiales o de seguridad, en ocasión de sus funciones; el hecho fuere cometido contra un menor de 18 años, aprovechando la situación de convivencia preexistente con el mismo.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora