La jueza de Garantías de Paraná, Paola Firpo, resolvió este martes prorrogar la prisión preventiva de Antonio Cardoso por 30 días en la Unidad Penal I. Se trata del empleado del Ministerio de Gobierno y Justicia -hoy suspendido- acusado de abuso sexual con acceso carnal, en perjuicio de más de 10 mujeres.
La causa se inició en febrero, cuando se puso al descubierto la maniobra perversa que ejercía sobre mujeres que buscaban trabajo: las citaba a su vivienda en calle Italia al 500, en Paraná, bajo la promesa de conseguirles un empleo y, tras sedarlas, las abusaba.
El 25 de marzo, el juez de Garantías N° 2 de Paraná, José Eduardo Ruhl, le aplicó dos meses de prisión preventiva en la Unidad Penal N° 1 de Paraná. Desde entonces, la medida viene siendo prorrogada. El 11 de mayo se extendió por dos meses y este martes le dieron un mes más en la cárcel.
De la audiencia de hoy, el imputado participó desde el Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad a través del sistema de videoconferencia.
El Ministerio Público Fiscal estuvo representado por Leandro Dato, la defensa la ejerció la abogada Corina Beisel, mientras que el abogado Boris Cohen participó como querellante.
Cabe recordar que cuando el caso tomó estado público, el Ministerio de Gobierno y Justicia, que encabeza Rosario Romero, suspendió el pago de haberes del empleado e inició las actuaciones administrativas para determinar las responsabilidades y sanciones que correspondan.
En el sumario abierto se especifica que la fuerza policial informó que “la acción del denunciado consistía en la captación de potenciales víctimas, previa solicitud de currículum y concreción de falsa promesa de empleo en distintos niveles del Estado, para posteriormente citarlas”.
Y se concluye que “la conducta reprochable al agente Cardoso se relacionaría con el aprovechamiento de su vinculación actual al Estado Provincial, valiéndose de la información recabada por conocimiento directo o indirecto en su función, para la obtención de ventajas que repercuten en su beneficio personal y son ajenas a las finalidades propias de las tareas desempeñadas, resultando evidente la exposición directa a que se ve sometido el empleador al involucrarse su personería en la modalidad adoptada por el agente para atraer a sus víctimas, comprometiendo seriamente el decoro en el ejercicio de las funciones, el cumplimiento de los cometidos públicos y en especial el principio de transparencia, agravado todo ello por la índole de los hechos denunciados”.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora.