La Cámara de Casación Penal de Paraná rechazó un nuevo recurso de los abogados del exjefe del grupo scout San Cipriano, de Diamante, Juan Alberto Forcher, condenado en octubre de 2018 a la pena de 14 años de prisión por los delitos de promoción a la corrupción de menores, por el cual pretendía apartar a los jueces que deben revisar si la sentencia en su contra es correcta o no.
En rigor, sobre Forcher pesa una condena por promoción a la corrupción de menores agravada por engaños y por su condición de encargado de la educación y guarda, en concurso real por la pluralidad de víctimas, en concurso ideal con la producción de pornografía infantil.
Fue condenado el 5 de octubre de 2018 por un tribunal conformado por los jueces Alejandro Cánepa, Carolina Castagno y Gervasio Labriola. Entonces, lo enviaron a la Unidad Penal N° 1 con prisión preventiva hasta que el fallo estuviera firme. Los defensores recurrieron esa medida y tuvieron dos resoluciones: primero, el 28 de diciembre de 2018, la Cámara de Casación Penal rechazó la petición; y luego, el 25 de abril de 2019, la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) hizo lugar al pedido de exacercelación.
Ahora, la Cámara de Casación -integrada por Marcela Davite, Marcela Badano y Hugo Perotti- debe analizar si confirma o revoca la condena. Antes de ello, el abogado defensor de Forcher, Nelson Schlotahuer, solicitó que la Sala que debe revisar la sentencia tenga otra conformación, y no esté integrada por los mismos jueces que resolvieron en contra de la excarcelación de su pupilo. En un escrito presentado ante la Cámara, advirtió de una “sospecha de parcialidad”.
Quienes deben revisar la condena son los jueces Hugo Perotti, Marcela Davite y Marcela Badano.
El 10 de junio, el abogado envió un correo electrónico a la Cámara, en la que expresó que “debía tenerse en cuenta que la integración de la ‘Sala de Juzgamiento del Recurso interpuesto, deberá ser modificada respecto a la que intervino en ocasión del tratamiento del pedido de excarcelación instado en diciembre de 2018’, dado que -continúa- habiendo fundado el rechazo en ese momento en cuestiones de hecho y de derecho que integraban la sentencia impugnada, y en forma contraria a los intereses de su pupilo, la intervención de los mismos jueces en esta revisión implicaría una vulneración a la garantía de imparcialidad, atento haber emitido opinión en una instancia previa en el mismo caso”.
Además, advirtió que “la resolución que denegó la excarcelación hizo hincapié en la calidad de ‘condenado’ de Forcher y que ello de alguna manera lo ‘alerta’ a una ‘sospecha de parcialidad’ que le perjudica”.
Según surge del escrito a la que tuvo acceso Entre Ríos Ahora, también señaló que la sentencia de la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia “si bien es cierto que lo fue en una instancia de excarcelación, no puede -a los fines de ejercitar una defensa eficaz- menos que solicitar la nueva integración del Tribunal revisor”.
Sin embargo, el 24 de junio la Cámara de Casación rechazó in limine el planteo de recusación por entender que fue extemporáneo, es decir, que no fue presentado cuando debía hacerlo.
En la resolución, los jueces recordaron que el artículo 45 inciso C del Código Procesal Penal de la provincia regula la oportunidad procesal para interponer una recusación en la instancia impugnativa “en la primera oportunidad de ser oído».
Además, resaltaron que el artículo 44 refiere establece que “si la recusación se fundamentara en una causal producida o conocida después, podrá deducirse dentro de los tres días a contar desde la producción o del conocimiento”.
Enseguida, señalaron que en una audiencia efectuada el 9 de marzo de este año la defensa “no efectuó planteo de recusación alguno, razón por la cual, el que hoy nos convoca, deviene en manifiestamente improcedente en orden a las disposiciones citadas”.
“Como consecuencia de lo precedentemente analizado, debe rechazarse in límine la recusación que se intenta en este estadio, debiendo proseguirse con el trámite correspondiente”, finalizaron.
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Qué dicen la defensa
Como ya ha contado Entre Ríos Ahora, la defensa de Forcher -que integra Schlotahuer y de la que formó parte la ahora defensora oficial Paula Montefiori- ha hecho un planteo de fondo que espera su tratamiento en Casación: sostienen que no existió el delito de corrupción de menores y que el juicio tuvo falencias. Por ello, pide la anulación del juicio que condenó a Forcher. “Existen vicios formales o procesales en cuanto a la violación de reglas de procedimiento que han afectado garantías constitucionales como el debido proceso, defensa en juicio e imparcialidad; contradicciones o errónea e insuficiente valoración del material probatorio que afecta la fundamentación de la sentencia y el principio in dubio pro reo; como así también vicios materiales o sustanciales respecto a la errónea aplicación del derecho sustantivo, sumado a una pena con hechos que han sido doblemente valorados y una medida de coerción innecesaria, desproporcionada e irrazonable. Todo ello deriva en una sentencia arbitraria que la descalifica como acto jurisdiccional válido, por lo que se solicita se haga lugar al presente recurso, por las razones que a continuación se esgrimen, se disponga la excarcelación de nuestro asistido y se reenvíe para que un nuevo tribunal lleve adelante un nuevo juicio y una nueva sentencia”, dicen en su planteo de apelación.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora