La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ), con voto unánime de los vocales Miguel Giorgio, Daniel Carubia y Emilio Aroldo Castrillón, le cerró el camino de la Suprema Corte de Justicia de la Nación al exgobernador Sergio Urribarri en la megacausa del Sueño Entrerriano, ahora unificada con la «causa de la vaca» y la investigación penal por el pago de una pauta amañada al empreasrio pizzero Germán Buffa, y, de momento, sin fecha de juicio oral y público.

La Sala Penal denegó «la concesión del recurso extraordinario federal» a Urribarri, presentado por sus abogados Raúl Barrandeguy y José Candelario Perez; Ignacio Díaz, defensor del exministro de Cultura, Pedro Báez; y Emilio Fouces, representante legal del exministro de Turismo, Hugo Marsó. En mayo último, la misa Sala Penal, con la misma conformación y también con voto unánime, había denegado el recurso de queja.

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Este viernes se conoció la resolución que, con el voto de Giorgo, al que adhirieron Carubia y Castrillón, y que concluyó que «el recurso extraordinario bajo examen resulta palmariamente inadmisible y corresponde denegar su concesión para ante la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación, debiendo la parte recurrente cargar con las costas devengadas por su articulación».

En marzo de 2019 se conoció la resoluión del juez de Garantías Nº 3 de Paraná, Ricardo Bonazzola, quien entonces rechazó un recurso de reposición formulado por los abogados del exgobernador y diputado Sergio Urribarri y su exministro Pedro Báez, en el marco de la megacausa en la que se investigó el financiamiento de la campaña presidencialista de 2015, que se denominó «Sueño Entrerriano”.

En una resolución fechada el 28 de febrero, el magistrado rechazó el recurso de reposición –más la apelación a esta decisión-  de los letrados Raúl Barrandeguy y Candelario Pérez, defensores de Urribarri, y de Ignacio Esteban Díaz, abogado de Báez, quienes cuestionaron la resolución del 14 de febrero por el cual el juez rechazó la pretensión de los letrados de producir más prueba para fundamentar un pedido de excepción por falta de acción, recurso con el cual aseguran que no existió delito por cuanto la Contaduría General de la provincia y el Tribunal de Cuentas, aprobaron cada contratación realizada.

La decisión de Bonazzola se dio en el marco del legajo Nº 11808, megaexpediente que incluye la investigación por la instalación de un parador playero en Mar del Plata, que le costó a la provincia $14 millones; la contratación de la productora del empresario farandulero Jorge “Corcho” Rodríguez, Nelly Entertainment SA, para difundir tres spots de promoción de la Cumbre de Presidentes del Mercosur, que se realizó en Paraná en 2014, por un monto de $27 millones; y la contratación con distintos medios gráficos de la publicación de una solicitada contra los fondos buitres que le supuso a las arcas del Estado entrerriano el gasto de unos $4 millones.

Esa vía ya fue rechazada por el juez de Garantías Ricardo Bonazzolla, primer0, y el camarista Gervasio Labriola, después.

Los defensores de Urribarri, Báez y Marsó apelaron esa decisión, pero en junio del año último soportaron un revés en la Cámara de Casación Penal.

La Cámara de Casación -con el voto de sus miembros, Marcela Badano, Marcela Davite y Hugo Perotti- se planteó si correspondía “determinar si efectivamente nos encontramos ante un planteo recursivo extemporáneo, conforme lo entendió el doctor Labriola, al ejercer el control de admisibilidad del remedio impugnativo intentado por la defensa. En tal cometido, de la resolución oportunamente notificada a la defensa que denegara la concesión de la vía casatoria –acompañada al promocional-, surge que el Sr. Vocal, para adoptar tal decisión, tuvo en cuenta que conforme surge del acta de audiencia incorporada al legajo, la resolución impugnada fue dictada en forma oral en fecha 03/05/2019 en audiencia pública y contradictoria, a la que comparecieron los recurrentes, quienes fueron debidamente notificados del decisorio en ese mismo acto. Ello, sin perjuicio de que además en esa misma fecha se envió a las partes copia del acta de la audiencia señalada por correo electrónico, conforme constancia incorporada en el legajo”.

Mientras ese recurso se discutía ante la Sala Penal, el juicio por el Sueño Entrerriano, previsto para agosto, se suspendió, y los tres jueces que debían juzgarlo, Alejandro Grippo, Rafael Cotorruelo y Gustavo Pimentel, se excusaron.

Cuatro días antes del inicio el juicio por el Sueño Entrerriano, el 17 de agosto, un nuevo tribunal, conformado por los jueces José María Chemez, María Carolina Castagno y Elvio Osir Garzón, tomó otra decisión: aceptó otras dos inhibiciones, de los jueces Pablo Andrés Vírgala y Gervasio Pablo Labriola. Pero lo más relevante fue disponer la acumulación de las tres causas judiciales que carga Urribarri sobre sus espaldas: la causa de la vaca, el Sueño Entrerriano y la distribución amañada de publicidad. Así, al resolver la acumulación de las tres causas para ser debatidas en uno solo juicio y no en tres, derivó todo a la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA) para que, tras suspender el debate del martes próxima, fije un nuevo calendario de audiencias.

De la Redacción de Entre Ríos Ahora.