La jueza María Carolina Castagno dispuso hoy otorgarle el arresto domiciliario con tobillera a Jorge Julián Christe, acusado del femicidio de Julieta Riera, ocurrido en abril último, y de ese modo dejó sin efecto la decisión que adoptara el viernes 28 de agosto el juez de Garantías Mauricio Mayer. El magistrado había dispuesto prorrogar su encierro en la Unidad Penal por 60 días o hasta la audiencia de remisión a juicio de la causa.

Castagno consideró «arbitraria» la decisión de su colega de ponderar como riesgo procesal la existencia de la posibilidad de que Christe entorpezca la investigación, aunque consideró como válido el peligro de fuga. Pero dijo que esa alternativa podría neutralizarse con aplicación de dispositivos electrónicos de control.

La magistrada dejó en pie el plazo de la preventiva, que Christe ya no cumplirá en la Unidad Penal, adonde fue enviado a comienzos de mayo, y sí en la casa de su madre, ubicada en un departamento de calle San Martín al 300 -allí vive su madre, la exjueza Ana María Stagnaro-, durante un plazo de 60 días o hasta la audiencia de remisión de la causa a juicio.

El argumento de la jueza es que ni Fiscalía ni la querellante aportaron nuevos elementos de prueba que den cuenta de la existencia de riesgos de entorpecimiento de la investigación.

Por otra parte, le impuso una caución de $500 mil antes de conseguir la domiciliaria.

El jueza recordó el voto en la Cámara de Casación del juez Hugo Perotti que planteó la confirmar la anterior prisión preventiva en la cárcel que su continuidad debería estar supeditada a la aportación por parte de la acusación de nuevos elementos de prueba que justifiquen su encierro en prisión.

“Ni la Fiscalía ni la querella (está representada por la abogada Corina Beisel) han acompañado nuevos elementos de juicio, distintos de los ya presentados”, concluyó la magistrada. “Se limitaron a reiterar lo que ya habían presentado”, agregó.

En ese escenario, dijo que se “diluyen” los riesgos de entorpecimiento de la investigación por parte de Christe. Aunque reconoció que sigue presente el otro riesgo procesal, el de fuga, y entendió como razonables aquí los fundamentos de Mayer, en base a la posición económica de Christe, su falta de lazos familiares, la carencia de un trabajo estable y la existencia de una hermana que reside en Paraguay. El aislamiento por la pandemia, aseveró Castagno, no puede considerarse como una traba para la fuga.

Pero consideró que el medio para neutralizar el riesgo de fuga no es mantenerlo encerrado en la cárcel sino mandarlo a prisión domiciliaria con un dispositivo electrónico de control.

El defensor Franco Azziani Cánepa reprochó los argumentos que usó el juez Mayer para ampliar la prisión preventiva de Christe en la Unidad Penal de Paraná bajo los argumentos de peligro de fuga o eventual entorpecimiento de la investigación. Tampoco consideró valedera la situación de pandemia. “No podemos permitir que esta pandemia de pandemia sea atribuida a mi defendido”, dijo.

Reprochó la “excesiva” elongación de los plazos de detención, desde que el 1° de mayo, un día después del femicidio de Julieta Riera, Christe haya sido mandado a la cárcel. “Ese día, Mayer, con buen criterio, ordenó su detención por el plazo de 60 días. Christe fue detenido 24 horas después del hecho investigado. Esa vez no objetamos el plazo. Hoy, 4 meses después, con el legajo avanzado, vuelve a otorgar 60 días más, desoyendo el propio pedido de la fiscalía, que pidió 45 días. Mayer otorgó el mismo plazo que cuando se inició la investigación, siendo mayor que el pedido de fiscalía”, sostuvo Azziani Cánepa, que entendió la medida de ampliación de la preventiva como un “anticipo de pena”.

“Los riesgos han menguado”, aseguró, y dijo que el contexto de pandemia y de aislamiento atenuarían el eventual peligro de fuga que planteó el juez en su resolución. . “Sostener  como válido el peligro de fuga en caso de que se le otorgue la excarcelación o la prisión domiciliaria es lo mismo que decir que los sistemas de control policial y judicial no sirven”, apuntó el defensor.

También el abogado reprochó el criterio que sostuvo el juez para mantenerlo en la cárcel a Christe en criterios muy peculiares, como su situación familiar, social o económica. Y cuestionó el perfil psicologista de los argumentos del magistrado para negar la domiciliaria cuando, dijo, la pericia psiquiátrica y psicológica, pedida el 4 de mayo, todavía no se ha incorporado a la causa.

Al final, pidió que se lo excarcele a Christe, y en caso de que no se haga lugar, se le otorgue arresto domiciliario, y como última instancia, y en caso de no proceder ninguna de esas medidas, que se morigere el plazo, y se le dé sólo 10 días en la cárcel.

La querellante Corina Beisel solicitó, en coincidencia con el fiscal, el rechazo in limine del recurso que presentó la defensa por cuanto “el recurso fue mal concedido por el juez Mayer”. Y reprochó la “reiteración de argumentos” de la defensa. “No hubo modificación alguna en el presente proceso que permita habilita una modificación en la prisión preventiva que viene siendo impuesta al acusado”, aseguró.

La abogada defendió el rol de la querella en el proceso y pidió la continuidad de la prisión preventiva en la Unidad Penal.

«Insubordinación»

El defensor Ladislao Uzín Olleros planteó la “insubordinación” en la que incurren jueces y camaristas al no “observar” el criterio que ha planteado la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) respecto de la extensión de las prisiones preventivas. “La más alta autoridad de la provincia constituye una doctrina de observancia obligatoria”, aseveró el letrado.

Dijo que “los fallos del Superior Tribunal de Justicia debe ser acatado por tribunales inferiores. Lo único que podrán hacer es dejar a salvo en sus fallos es su opinión. Pero lo que no pueden hacer es desconocer el precedente del Superior. En caso de insubordinarse, se está vulnerando la seguridad jurídica En esto se confunde el jue de Garantías. No le estamos pidiendo obediencia a su superior,  sino acatamiento al precedente de la doctrina”.

El fiscal Ignacio Aramberry dijo siguen vigentes los mismos riesgos procesales y negó que el plazo de prisión preventiva otorgada por el juez no es desproporcionado. El plazo máximo, dijo, es de 540 días. “La medida es razonable en cuanto a su plazo”, arguyó.

Jueza Carolina Castagno.

El viernes 28 de agosto, el juez Mayer rechazó los planteos de la defensa de Christe, acusado por el femicidio de Julieta Riera, ocurrido el 30 de abril último en Paraná, y rehusó otorgarle la excarcelación y menos aún el arresto domiciliario, y dispuso mantenerlo en la Unidad Penal por un plazo de 60 días o hasta la audiencia de remisión a juicio oral de la causa.

Esa decisión fue apelada por la defensa de Christe.

Las vueltas

La decisión de prorrogar la prisión preventiva en la Unidad Penal, dijo el juez, se debe a que subsisten los riesgos procesales de entorpecimiento de la investigación o peligro de fuga de Christe, pero además por cuanto la investigación penal que lleva adelante la Fiscalía se ve entorpecida por la pandemia, que está enlenteciendo los tiempos en la Justicia, arguyó.

A finales de julio, la Cámara de Casación Penal de Paraná confirmó que Christe debía seguir con prisión preventiva en la Unidad Penal. En una resolución fechada el lunes 27 de julio, los jueces Daniel Omar Carubia, Hugo Perotti y Gabriela López Arango -composición de feria- rechazaron el recurso de apelación de la defensa de Christe, que viene solicitando la prisión domiciliaria para su defendido.

El 14 de agosto Casación también rechazó la impugnación extraordinaria por lo que ahora el caso llegó en queja a la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia (STJ).

La defensa Christe está a cargo de los abogados Franco Azziani Cénepa y Ladislao Uzín Olleros, quienes vienen reprochado la prisión preventiva y reclaman que la medida sea morigerada, y que Christe sea enviado con arresto domiciliario a la casa de su madre, la exjueza Ana María Stagnaro.

En el planteo ante la Cámara de Casación Penal, los letrados atacaron las dos resoluciones de instancias anteriores que confirmaron la prisión preventiva en la Unidad Penal.

La primera fue resuelta por el juez de Garantías Mauricio Mayer, el sábado 2 de mayo, cuando dispuso que el acusado sea enviado a la cárcel por 60 días. El 1 ° de julio el magistrado prorrogó por otros dos meses la preventiva.

El 8 de julio, la defensa apeló la decisión y la vocal de juicio María Carolina Castagno confirmó la decisión de Mayer.

El caso

La acusación del fiscal Ignacio Aramberry dice que el jueves 30 de abril, entre las 2,30 y las 2,50, Jorge Julián Christe, 31 años, de ocupación piloto de avión, sin trabajo estable, hijo de Jorge Luis Christe, jubilado, y de la exjueza Ana María Stagnaro, asesinó a María Julieta Riera, 24 años, con quien convivía en un departamento del octavo piso del edificio de Peatonal San Martín 918 en una relación caracterizada por “la violencia de género, habiéndola sometido a maltrato físico, agresiones sexuales, daños a la propiedad y agresiones psicológicas ”.

Julieta Riera y Jorge Julián Christe.

El planteo forma parte de la carga acusatoria en el proceso que todavía continúa tendiente a esclarecer las circunstancias en las que encontraron la muerte violenta María Julieta Riera el 30 de abril último. Aramberry le imputó a Christe el delito de “Homicidio triplemente agravado por el vínculo, alevosía y violencia de género”.

En la acusación, el fiscal destacó un hecho particular: el hombre, luego de dar muerte a Julieta Riera se dirigió, dizque en moto, hasta la Jefatura Central de Police, en el Centro Cívico, para denunciar la muerte de su pareja en un “ accidente ”. No obstante, Christe, luego de haber formulado esa denuncia sobre la muerte de Julieta, fue revisado por médicos que determinaron que en su cuerpo tenía signos de haber mantenido una lucha física.

Basándose en los informes forenses, la Fiscalía aseveró que para producir la muerte de Riera, Christe agredió físicamente a su pareja “y le comprimió manualmente el cuello hasta dejarla en estado de inconsciencia. Aprovechando ese estado, y sin ningún riesgo para sí, la arrojó con vida desde el balcón del departamento 5 °, del octavo pis, del edificio de calle San Martín Nº 918 de esta ciudad, desde 19,38 metros de altura, produciéndose la muerte (…) Producto de las graves lesiones sufridas al impactar su cuerpo sobre el techo de una habitación ubicada en la planta baja de la edificación lindante ”.

De la Redacción de Entre Ríos Ahora