El intendente de Santa Elena -a 150 kilómetros de Paraná, en el departamento La Paz-, Domingo Daniel Rossi, consiguió el alta médica luego de que el miércoles 26 de agosto le diagnosticara positivo de Covid-19, y se reintegra a sus funciones al frente del Municipio.
En Santa Elena surgió una pequeña polémica tras el diagnóstico positivo del intendente Rossi, que debió ser trasladado a la vecina ciudad de La Paz para su tratamiento, y debió dejar el mando del Municipio en manos de su hijo, el secretario de Gobierno y Hacienda, Francisco Rossi, por 5 días hábiles, desde el 27 de agosto.
Quiero contarles con mucha alegría que hoy me dan el alta médica y vuelvo a mi ciudad para retomar la Intendencia, estar con mi familia, amigos y seguir trabajando fuertemente para acompañar a todos los santaelenenses.
— Daniel Rossi (@RossiDanielok) September 3, 2020
Rossi fue el primer intendente que dio positivo de coronavirus. Después, se dieron los casos del ministro de Economía de la Provincia, Hugo Ballay; del gobernador Gustavo Bordet; y el presidente de la Cámara de Diputados, Ángel Giano. Pero qué sucede durante el plazo en el que los funcionarios de los Ejecutivos no están en su despacho, y deben seguir con sus tareas desde el aislamiento domiciliario.
«Quiero contarles con mucha alegría que hoy me dan el alta médica y vuelvo a mi ciudad para retomar la Intendencia, estar con mi familia, amigos y seguir trabajando fuertemente para acompañar a todos los santaelenenses», anunció esta mañana Rossi desde sus redes sociales.
Y agregó: «Pasamos días difíciles y todavía no termina la pandemia, pero estoy convencido de que muchos se esfuerzan por superar este momento. Los quiero, los abrazo y a seguir más fuertes que nunca».
La ausencia de Rossi de su función de intendente generó polémica respecto de si esa situación generaba la necesidad de activar los sistemas de sucesión en la Municipalidad de Santa Elena. Pero el fiscal de Estado, Julio Rodriguez Signes, fue el encargado de despejar la duda, en declaraciones que formuló a Entre Ríos Ahora: “Los cargos se pueden ejercer en su casa. Solo se reemplaza en caso de vacante o licencia. No es necesario delegar nada”.
La Constitución provincial, en el artículo 158, se contempla cómo se debe proceder en caso de acefalía. “En caso de acefalía del cargo del gobernador, sus funciones serán desempeñadas por el vicegobernador, que las ejercerá durante el resto del periodo constitucional. Cuando se trate de un impedimento temporal, hasta que cese dicho impedimento. En caso de impedimento temporal del vicegobernador, este será reemplazado por el vicepresidente primero del Senado, presidente de la Cámara de Diputados o presidente del Superior Tribunal de Justicia, por su orden”, dice el citado artículo.
En el caso de los intendentes, la Ley Nº 10.027 señala en su artículo 104 que el “vicepresidente tendrá la función de presidir el Concejo Deliberante y en caso de ausencia del Presidente Municipal, cuando ésta sea por un período que exceda los cinco días hábiles o por ausencia definitiva, se hará cargo de las funciones de este último”.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora