El Superior Tribunal de Justicia (STJ), con los votos de los vocales Germán Carlomagno, Juan Ramón Smaldone, Claudia Mizawak y la disidencia de Daniel Carubia, rechazó el camino de la Suprema Corte de Justicia para que dirima el entuerto generado en la Municipalidad de Paraná tras la sanción, en marzo último, de un decreto firmado por el intendente Adán Bahl que dejó sin efecto recategorizaciones y pases a planta dispuestos en el último año de gestión de Sergio Varisco.
El tema había generado una catarata de amparos y una división en el máximo tribunal, con el dictado de fallos contrapuestos, lo que derivó en la adopción de una postura uniforme por el alto cuerpo, que no estuvo exenta de cierto escándalo.
En su voto, Carlomagno rechazó el recurso extraordinario federal planteado en la causa «Seip Elizabeht Leonor y Otros c/ Municipalidad de Paraná. Acción de Amparo» en un requisito formal. Dijo que «en lo que refiere a los requisitos formales del recurso extraordinario federal, es dable señalar que una de las cargas formales a cumplir por el impugnante es la de introducir en tiempo oportuno y en la primera ocasión que brinde el procedimiento -de manera explícita e indudable- la cuestión federal base del recurso extraordinario, como asimismo sostenerla durante todo el proceso, para que luego sea factible ocurrir ante el Máximo Tribunal Nacional. Debe entonces darle cumplimiento a ambos requisitos: la articulación temporánea y el mantenimiento durante el trámite del pleito. Caso contrario, se presume que hay abandono de la cuestión federal».
Decreto 393 Rechazo Federal by Entre Ríos Ahora
«En los presentes autos, la reserva de invocar el caso federal a los fines de interponer el recurso extraordinario no ha sido efectuada por la demandante en la primera oportunidad de hacerlo, que era al momento de presentar la demanda. En efecto, ninguna referencia se hizo de ocurrir ante nuestro Máximo Tribunal ante el supuesto de obtener un fallo desfavorable a sus pretensiones, sino que de modo extemporáneo lo invoca en etapa posterior, al agregar el memorial del art. 16 de la Ley de Procedimientos Constitucionales Nº 8369 en la apelación, pese a que la confirmación del fallo de primera instancia se erigía como una circunstancia previsible», señaló el vocal.
A comienzos de junio último, el máximo tribunal, votos de los vocales Germán Carlomagno, Juan Ramón Smaldone y Claudia Mizawak, y la disidencia de Daniel Carubia, refrendó la política del intendente de Paraná, Adán Bahl, en lo relativo a dejar sin efecto más de 300 pases a planta dispuestos en el último año de gestión de Sergio Varisco. Para el máximo órgano de justicia no basta para la estabilidad tener 6 meses de designación para obtener estabilidad, como establece las normas municipales, sino que además se requiere concursar y que el Estado cuente con respaldo presupuestario para hacerlo.
«Para que opere el derecho a la estabilidad no basta con el mero transcurso del plazo, sino que las designaciones deben haber sido legítimas», dijo en su voto el vocal Germán Carlomagno.
De ese modo, se abre una grieta en el alto cuerpo: otros tres vocales del STJ, Daniel Carubia, Bernardo Salduna y Miguel Giorgio, habían fallado contra la política de Bahl en ese tema; otro fallo, también del STJ, con el voto de los vocales Bernardo Salduna, Emilio Castrillón, Daniel Carubia y Miguel Giorgio también había reprochado la política del intendente de dejar sin efecto pases a planta.
Pero el pleito quedó resuelto con un fallo de julio último en el que los 9 vocales que integran el STJ resolvieron, por voto muy dividido, avalar la política de personal del intendente de Bahl, que dispuso en marzo pasado dejar sin efecto los pases a planta que había resuelto su antecesor, Sergio Varisco, medida que había desatado una batalla judicial. Los pleitos tuvieron fallos contrapuestos, y el asunto derivó en apelación en el STJ, que con distintas conformaciones, en un acaso avaló y en otras rechazó los amparos de trabajadores municipales que se vieron alcanzados por el decreto de Bahl.
Ante fallos contrapuestos del alto cuerpo, el pleno del STJ falló sobre el asunto, con marcadas disidencias. El aval a lo dispuesto por la Municipalidad de Paraná a través del decreto N° 393, del 17 de marzo, votaron los vocales Germán Carlomagno, Susana Medina, Juan Ramón Smaldone, Claudia Mizawak y Martín Carbonell. En disidencia, lo hicieron Emilio Castrillón, Daniel Carubia, Bernardo Salduna y Miguel Giorgio.
En ese escenario de fallos contrapuestos, la Ley N° 10.704 de Procedimientos Constitucionales establece: “Cuando se advierta, de oficio o por pedido de parte, que el tribunal designado votó el caso sometido a su consideración en forma divergente a otro fallado con distinta integración, se reunirá el Tribunal en Pleno para decidir la cuestión en el próximo Acuerdo General que se realice”.
La definición con la votación del pleno del STJ no estuvo exento de escándalo. Un grupo de abogados que representaron a los trabajadores alcanzados por el decreto de Bahl puso en dudas el voto de la vocal Medina, sobre quien se posó la dudas respecto de un eventual cambio de voto.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora