El acuerdo de juicio abreviado en las cuatro causas penales que tiene pendientes de resolución el exdiputado provincial del PJ y líder de la Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN), José Ángel Allende, cuya audiencia empezó el 14 del actual y continuó este jueves 22, abrió un cuarto intermedio hasta mediodía. Dos de las víctimas que lo denunciaron, la ministra de Salud, Sonia Velázquez, y el periodista Martín Carboni, hicieron saber de su oposición al acuerdo.
Hoy se escuchó la exposición de uno de los tres defensores de Allende, Leopoldo Lambruschi, que respondió las observaciones de la ministra y del tribunal a los términos del acuerdo del abreviado.
El tribunal, conformado por los jueces José María Chemez, María Carolina Castagno y Alejandro Joel Cánepa, había escuchado, el 14 del actual, los argumentos a favor de ese acuerdo por parte de los fiscales Leandro Dato (denuncia por amenazas en contexto de violencia de género por parte de la ministra de Salud, Sonia Velázquez), Álvaro Piérola (la denuncia por amenazas que le hizo a Allende el periodista Martín Carboni) y las investigaciones por enriquecimiento ilícito y negociaciones incompatibles con la función pública (a cargo de la fiscal Laura Cattáneo, que involucró a Allende, su pareja Adriana Sattler, su exDiana María Cristina Traverso, y sus hijos, Julio, Victoria y Carolina Allende). Esa salida negociada para Allende fue acordada con los defensores Julio Federik, Leopoldo Lambruschini y Marcos Rodríguez Allende
El acuerdo prevé que, «teniendo en cuenta la gravedad de los ilícitos atribuidos», se imponga a Allende por los delitos de enriquecimiento ilícito de funcionario público, negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública, coacciones y amenazas en el marco de una situación de violencia de género la pena de dos años y ocho meses de prisión de cumplimiento condicional, el pago de una multa de $3 millones, e inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos.
Incluye, además, el cumplimiento de reglas de conductas por dos años: a) fijar domicilio, y en caso de modificar el mismo, la obligación de informarlo; b) la prohibición de realizar cualquier tipo de actos violentos, molestos y/o perturbadores, a las víctimas y su grupo familiar por sí o por interpósita persona; c) realizar algún tipo de actividad relacionada con la violencia de género y la libertad de expresión; d) prohibición de verse involucrado en cualquier comportamiento violento.
En la audiencia del 14, la ministra habló ante el tribunal y se presentó como “víctima y damnificada del delito de violencia de género”. Ratificó el escrito presentado por su abogada Fernanda Vázquez Pinasco “en el cual manifesté mi oposición de que mi causa sea invisibilizada al ser unificada con otras causas, de naturaleza penal distintas e inconexas entre sí”.
“No responde a un acto de justicia para quien les habla en calidad de víctima, como ciudadana y como mujer. Y tampoco para el interés social al tratarse de causa de violencia de género en el ámbito institucional”, aseveró.
Y agregó: “Quiero constarles que dentro de pocos días se van a cumplir dos años de la fecha que decidí realizar la denuncia en la Unidad Fiscal de Violencia de Género. Esa denuncia tuvo como propósito poner fin a una serie de hostigamientos y amenazas y constituyeron violencia psicológica y sistemática, tanto para mi subjetividad como para el ejercicio de la función pública. Y que comenzaron un año antes de haber podido tomar el coraje y valentía para poner fin a esta situación de violencia”.
“No estoy buscando el punitivismo patriarcal. Estoy buscando que una causa más de violencia de género no quede invisibilizada por el sistema y tenga el tratamiento singular y justo que se merece”, cerró la ministra.
El abogado Rubén Pagliotto, que representa al periodista Martín Carboni, víctima de las amenazas de Allende, tuvo una mirada muy crítica sobre el acuerdo de juicio abraviado y dijo que las normas de conducta que se le impondrían al exdiputado terminarían siendo “una pantomima”.
Pagliotto se metió en toda la causa –aunque fue advertido por el tribunal que debía ceñirse al delito del cual fue víctima su defendido- y se quejó por el monto de la pena y los pormenores del acuerdo. “Termina devolviendo propiedades que fueron malhabidas mientras fue diputado”, y observó que cuando el tribunal le preguntó a Allende cuál era su ocupación actual, respondió “jubilado”.
“Hay que felicitar a una persona que llega a amasar semejante fortuna y devuelve lo que devolvió siendo solo un jubilado”, dijo Pagliotto. Y después pidió al tribunal: “Está en sus manos hacer justicia y poner las cosas en su lugar, resolviendo la inconveniencia de este juicio abreviado que constituye un mensaje desalentador a una ciudadanía cansada de tanta impunidad”.
Oídas a todas las partes, el tribunal inició una serie de consultas a los fiscales sobre los términos del acuerdo de juicio abreviado.
El presidente del tribunal, José María Chemez, le consultó a la fiscal Laura Cattáneo por qué la investigación sobre enriquecimiento ilícito abarca desde 1999, cuando asumió Allende como diputado, y se corta en 2016, cuando su función legislativa la siguió, de forma ininterrumpida, hasta diciembre de 2019. “Por qué no se amplió la imputación”, quiso saber.
“En su momento, se determinó que la imputación debía tener una fecha de corte, porque no había posibilidad de incorporar pruebas con fecha indefinida, y se estableció en 2016”, contestó la fiscal.

Y refirió “los problemas” que hubo para realizar la pericia contable sobre la contabilidad de Allende. Se pidió colaboración al Tribunal de Cuentas, pero el organismo dijo que la solicitud de colaboración debía hacerla el Superior Tribunal de Justicia (STJ). Entonces, la Procuración elevó el pedido al STJ que, dos años después, todavía aguarda contestación. En ese contexto, se decidió dar intervención al área de Lavado de Activos de la Policía Federal.
Luego, Chemez puso el ojo en el monto del enriquecimiento que estableció el perito contable de la Procuración Héctor Enriquez. El juez dijo que el perito estableció un monto de enriquecimiento de 1,3 millones de dólares, pero que luego ese monto, en acuerdo con los defensores, se bajó a 1 millón de dólares. “Por qué razón se tomó ese monto menor, cuando el propio perito dijo que la defensa había acompañado facturas ilegibles para justificar gastos. Por qué se negoció un monto menor”, planteó.
Cattáneo aseguró que se llegó a ese monto entrecruzando datos que tenía la Fiscalía y aportes de los defensores sobre las actividades desarrolladas por Allende en paralelo a su labor legislativo: primero en servicios inmobiliarios y luego en “asesoramiento, dirección y gestión”.
El juez Alejandro Cánepa puso el dedo en la llaga: descubrió que en la contabilidad de los bienes de Allende la Fiscalía había pasado por alto uno de los tres departamentos que la familia incorporó a su patrimonio en el edificio de calle Cervantes 492. El cómputo fiscal enumeró las unidades del 10° A y 10° B. Pero detalla una operación de venta de uno de esos inmuebles que hizo uno de los hijos del exdiputado, Julio Allende, y que en la escritura se detalla la existencia de otro departamento, en un 6° piso, que el informe pericial no tuvo en cuenta. “Es un departamento no inventariado”, observó Cánepa. “A ese departamento, Julio Allende lo vende el 1° de febrero de 2017, un mes después del corte de la imputación, y se lo vende a una persona con quien convivía, porque tienen el mismo domicilio. Lo vende en $1,3 millones y destina 1 millón para comprar 60 mil dólares que deposita en una cuenta del Banco Nación. Es un departamento no inventariado. Es de 2011. Todas las inversiones de Julio Allende le fueron adjudicadas a su padre, José Allende, porque Julio no tenía modo de invertir”, apuntó.
El juez hizo otra observación: el monto de venta de ese departamento no inventariado fue superior a la cifra del enriquecimiento establecida por los peritos. “Y encima ese departamento queda afuera de la imputación”, agregó.
Ante esa enumeración de datos, la fiscal Cattáneo, algo atónica, no supo qué responder. Pidió convocar al perito Enriquez.
Otra observación que hizo Cánepa fue respecto del decomiso de las dos propiedades de Allende que prevé el acuerdo de juicio abreviado. Se refirió a la propiedad de calle Laprida, hoy ocupada por una escuela de capacitación de UPCN, y en manos de una mujer de avanzada edad. “El uso y goce de esa propiedad por parte del Estado va a estar condicionada a una condición incierta. ¿Qué pasa en el medio? Se ha tomado alguna medida de conservación? ¿O alguien va a pagar la restauración de ese inmueble?” , planteó.
La fiscal dudó. Y no terminó dando una respuesta.
La jueza Carolina Castagno la consultó por el motivo por el cual el acuerdo prevé dictar el sobreseimiento a la ex, la actual pareja y los hijos de Allende en el delito de enriquecimiento ilícito. “No se ha recolectado prueba que acrediten que ellos conocían el origen ilícito del enriquecimiento. Fueron instrumentos del señor Allende para poner algunos bienes a su nombre y en su beneficio”, respondió Cattáneo.
La jueza luego se dirigió al fiscal Dato y le consultó por qué el delito en el que se investigó la denuncia de la ministra de Salud es amenazas y no coacciones agravadas.
“La Fiscalía entendió que se adecuaba en lo previsto en el delito de amenazas”, respondió.
Entonces pidió la palabra la abogada Fernanda Vázquez Pinasco y apuntó que “la ministra se opone a la calificación legal. Aceptó terminar su proceso en juicio abreviado. Pero no en los términos en los que fue redactado el convenio que hoy ponemos en crisis y que no estamos de acuerdo que sea el tratamiento adecuad. Queremos un acuerdo de juicio abreviado, pero separado del resteo de las causas”. Y manifestó su desacuerdo también con el monto de la pena y las reglas de conducta que se impondrían a Allende.
Respuestas
En la audiencia de este jueves, uno de los defensores de Allende, Leopoldo Lambruschini, fue el encargado de responder las observaciones del tribunal.
Respecto de la fecha de corte de la investigación por enriquecimiento ilícito, que se estableció en 2016 y no en 2019, cuando terminó su mandato como diputado, explicó que “entiendo que responde a una facultad reservada del Ministerio Público Fiscal de política criminal. Más allá de esto, se trató de una decisión pragmática de orden instrumental. Sería imposible avanzar con el proceso, porque Allende continúo siendo funcionario. Hubiese resultado imposible cumplir con determinados actos procesales, como la indagatoria, por la modificación constante de la plataforma fáctica”, explicó.
Respecto del informe pericial del contador Héctor Enrique, perito del Ministerio Público Fiscal, que llegó a la conclusión que el enriquecimiento había sido por un monto de 1,3 millones de dólares, y al final se estableció en 1 millón de dólares, sostuvo que la modificación de esa cifra se debió a la incorporación de prueba por parte del contador de Allende, que antes no había sido considerada.
“Conformada esa prueba por el contador Enrique, se determinó la readecuación del monto patrimonial no justificado. No hubo nada extraño sino la incorporación de nueva prueba”, sostuvo Lambruschini.
Respecto de la desincriminación de su pareja, su exesposa y sus tres hijos del delito de enriquecimiento, el defensor sostuvo que la familia de Allende “fueron menos instrumentos” y desconocían la “ilicitud del origen de los fondos”.
Respecto del departamento del piso 6 del edificio de calle Cervantes, que no figura incorporado a la pericia, Lambruschini dijo que es un bien que corresponde al hijo de Allende, Julio, que lo adquirió con fondos por su prestación de servicios a la obra social de UPCN. “Allende debe justificar su propio patrimonio, no así el de sus familiares”, apuntó.
Respecto del decomiso de una propiedad de calle Laprida al 100, parte del juicio abreviado, y que hoy está en poder de una mujer de avanzada edad, el defensor explicó que eso se sabía de antemano. “En algún momento va a fallecer”, sostuvo, y pasará a manos del Estado.
También justificó el por qué del cambio de la calificación legal en la causa de la ministra Velázquez contra Allende, de coacciones agravadas a amenazas. “Esto no fue producto de negociación. El cambio de calificación fue en el marco de indagatoria. Como defensa entendimos razonable. Era la calificación legal que efectivamente correspondía”, sostuvo.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora