• Por Paola Robles Duarte (*)

El Ministerio de Salud de Entre Ríos otorgó matrícula para desempeñarse como profesional de la salud en la Provincia al médico tocoginecólogo Leandro Javier Rodríguez Lastra, condenado por la Justicia rionegrina por impedir la práctica de un aborto legal en un hospital público. La matrícula N° 12.642 le fue otorgada a Rodríguez Lastra por la Coordinación de Registro y Fiscalización de Profesionales de la Salud del Ministerio de Salud de la Provincia con vigencia desde el 1° de septiembre de 2020 y hasta el año 2025.

El 4 de octubre de 2019 el ginecólogo Leandro Javier Rodríguez Lastra fue condenado por la Justicia de Río Negro a “dos años y cuatro meses de inhabilitación especial para ejercer cargos públicos” y “a un año y dos meses de prisión en suspenso” al haber sido hallado culpable por impedir la práctica un aborto legal en curso y obligar a gestar y parir a una joven de 19 años, víctima de una violación.

El médico suministró una medicación para detener el aborto que había iniciado la adolescente con Misoprostol, cuando fue a atenderse al Hospital de la ciudad de Cipolletti.


Dos meses y 10 días después, Entre Ríos era noticia en los portales nacionales por sumarse a las provincias que adhirieron al nuevo protocolo para la Interrupción Legal del Embarazo (ILE), publicado el viernes 13 de octubre de ese año en el Boletín Oficial.

Según la actualización sobre el protocolo ILE, las personas gestantes que quieran acceder a la interrupción del proceso sólo deberán pedirlo, en el marco del cumplimiento de dos requisitos específicos: brindar su consentimiento informado y firmar una declaración jurada donde se establezca que el contexto del pedido es comprendido dentro de los casos contemplados por la normativa vigente. Entre la solicitud y la realización de la práctica no pueden pasar más de 10 días. Por otra parte, la decisión de quien solicita la práctica médica “es incuestionable y no debe ser sometida por parte de las/os profesionales de salud a juicios de valor derivados de sus consideraciones personales o religiosas”.

Condena Rodriguez Lastra by Entre Ríos Ahora


Pero el gobierno de Gustavo Bordet había dado antes señales a favor del protocolo vigente en el país desde 2012, previo a las modificaciones que le siguieron.

A través de la resolución Nº 2.883, que dictó el Ministerio de Salud de Entre Ríos el 29 de agosto de 2017, el Estado planteó la necesidad de “normalizar instrumentos que garanticen el derecho a la salud de las mujeres que eviten que se pongan en riesgo numerosos derechos humanos como la igualdad, la autodeterminación, la privacidad, el principio de legalidad y la no discriminación con el objeto de brindar atención integral y oportuna en el marco de la confidencialidad y el respeto de sus derechos sexuales y reproductivos, como parte fundamental de los derechos humanos”.

A la salida de la audiencia del 5 de febrero de 2020, luego de comparecer ante el Tribunal que revisó su condena, el médico celeste enviaba a sus seguidores un mensaje a través de la red social Facebook en el que hablaba sobre “no confundir deseo con derecho” refiriéndose al pedido de su paciente. El ginecólogo encontrado culpable por dos tribunales, responsable de revictimizar y vulnerar a una paciente víctima de una violación, brindó estas declaraciones en febrero: siete meses antes que la Provincia lo acogiera para el ejercicio de su profesión.

Matrícula Provincial Rodríg… by Entre Ríos Ahora

La primera pregunta que surge, a partir del posicionamiento del médico: ¿Cómo hará el Ministerio de Salud de Entre Ríos para garantizar el cumplimiento de los derechos de las personas gestantes que se atiendan en el consultorio entrerriano de Rodríguez Lastra?

Y aquí vale la pena decir: no se trata de una legislación que podría ser aprobada a futuro, se trata de la herramienta que actualmente tiene el Estado para garantizar esos derechos.


Siguiendo el orden de los acontecimientos, el 13 de marzo de 2020, el Tribunal de Impugnación de Río Negro, confirmó por mayoría la sentencia de origen, ratificando la condena de Rodríguez Lastra por incumplir con los deberes de funcionario público. Por segunda vez, la Justicia de esa provincia se pronunció en su contra, asegurando que obstruir un aborto legal va en detrimento de “la autonomía de la mujer” y es considerado un delito ocurrido en contexto de violencia de género y obstétrica.

La habilitación de la Provincia

Amparado en una ley que data del año 1952 –más allá de algunos parches que ha recibido en el marco de modificaciones posteriores- Rodríguez Lastra obtuvo, sin contratiempos, la habilitación por parte del Ministerio a cargo de Sonia Velázquez. De esta manera, el tocoginecólogo condenado por impedir la práctica de un aborto no punible en el sur del país, y referente a nivel nacional del movimiento “Salvemos las 2 Vidas”, obtuvo en septiembre pasado –por parte de la Coordinación de Registro y Fiscalización de Profesionales de la Salud- la matrícula provincial (MP 12642) y la habilitación de la especialización de Tocoginecología en Entre Ríos, con una vigencia de cinco años.

Ley 3818 by Entre Ríos Ahora

La Ley N° 3.818, desactualizada y descontextuada desde todo punto de vista, establece en su artículo 8° las condiciones que deberán reunir “los inscriptos en los registros a cargo del Ministerio de Salud Pública”: todos reducidos a una mera presentación formal y en varios aspectos fuera de la perspectiva vigente para la implementación de políticas públicas sanitarias en materia de género y diversidad.

¿Puede ejercer la medicina en Entre Ríos un profesional de la Salud que reúna el prontuario de Rodríguez Lastra? Claro que sí, según esa ley vetusta es totalmente posible. ¿Su habilitación a tales fines responde a la coherencia de un gobierno que proclama la defensa de los derechos humanos? La respuesta es evidente y no puede comprenderse sin mirar con los ojos de este momento, desconociendo que estamos a punto de asistir a un nuevo debate del proyecto de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) en el Congreso de la Nación.

Un dato: junto a Misiones, Entre Ríos integra la dupla de provincias en la que el Estado es habilitante y agente de control del ejercicio de los profesionales de la medicina. No existe un colegio médico provincial que cumpla con la función de fiscalizar si los profesionales reúnen los requisitos para acceder a la matrícula provincial. Solo el Estado tiene esa potestad. Solo el Ministerio de Salud de la Provincia.

Destino: Gualeguaychú

Rodríguez Lastra -que nació en Buenos Aires- eligió el departamento de Gualeguaychú para radicarse –al menos esto ha manifestado en los trámites iniciados- y para ejercer la medicina en Entre Ríos. “Desde el mes de octubre, comenzó a desempeñarse en un sanatorio privado de la ciudad cabecera, de la mano de una colega a quien ha acompañado en intervenciones en quirófano”, confirmó una fuente a este medio.

Consultado para la confección de esta nota, Telmo Martínez, presidente de la Cooperativa Jeannot Sueyro, confirmó que Rodríguez Lastra “solicitó trabajar en la institución, la cual le pidió la presentación de los requisitos correspondientes antes de tomar cualquier tipo de definición”.

Por otra parte, el tocoginecólogo presentó un pedido de afiliación al Colegio Médico Gualeguaychú, institución que hasta el momento no se ha pronunciado al respecto. Vale destacar que, más allá de la matrícula que le permite ejercer, solo puede librar facturas de manera privada o facturarle a Iosper. Pero para poder trabajar en el marco de otros convenios labrados con el resto de las obras sociales, necesita integrar el Colegio Médico de Gualeguaychú.

Otro dato: dentro del estatuto del mencionado colegio –sobre el cual se realizaron modificaciones en el año 2019- en su artículo 10°, apartado II, se señala que aquellos médicos aspirantes a integrar como socios activos la institución, no deberán “registrar antecedentes penales, y/o contrarios a la moral y honestidad profesional”: El instituto de una institución intermedia de un departamento, plantea mayores requisitos que la ley que regula la habilitación del ejercicio de la medicina en la provincia.

“Es una buena noticia que se debata sobre esto porque es una cuestión de salud pública”, dijo Bordet sobre el proyecto de IVE enviado por Alberto Fernández al Congreso de la Nación. “Considero que es muy importante que se haya generado un debate de esta naturaleza, ya que se trata de una cuestión de salud pública y celebro que pueda debatirse con seriedad”. Mientras tanto, en la vida real, la Provincia habilita a ejercer a profesionales que además de instar al desconocimiento de la normativa vigente, obran en detrimento de los derechos humanos y reproductivos de las mujeres.

(*) Paola Robles Duarte es periodista en Gualeguaychú. Especial para Entre Ríos Ahora