La Cámara de Casación Penal rechazó un recurso de queja planteado por la defensa del empresario Germán Buffa en el marco de la recusación contra dos jueces, María Carolina Castagno y José María Chemez, que integran el tribunal que deberá juzgar al exgobernador y actual embajador argentino en Israel Sergio Daniel Urribarri. Es en el marco e una megacausa que involucra tres investigaciones penales por supuestos hechos de corrupción durante su gobierno.
Un tribunal había rechazado la recusación, y también la vía de Casación por lo que el camino que siguió Buffa fue una queja, pero ese camino también resultó vano, según una resolución que fechada el viernes 11 pero que se conoció este lunes 14.
Con la firma de los camaristas Marcela Davite, Hugo Perotti y Marcela Badano, Casación rechazó el recurso de queja por «inadmisible».
El empresario está procesado junto a Urribarri y su exministro de Comunicación, Pedro Báez, por supuestas negociaciones incompatibles con la función pública, por el otorgamiento de una pauta de $118 mil a la empresa Global Means SA. En la causa se investigaron hechos sucedidos en 2011, cuando Urribarri era gobernador y Báez director de Información Pública. En 2013 el diputado nacional radical Jorge D’ Agostino (MC) denunció la situación.
Esa causa, más del Sueño Entrerriano y la denominada «Causa de la vaca» fueron unificadas en un único expediente judicial en agosto de 2020, luego de la suspensión de los tres juicios que debía afrontar este año Urribarri, dos de sus exministros, Pedro Báez y Hugo Marsó, otros exfuncionarios de menor rango y una serie de empresarios ligados al gobierno de entonces involucrados en causas de corrupción.
Entonces, se definió que el tribunal que debía juzgar la megacausa Urribarri estaría conformado por José María Chemez, María Carolina Castagno y Elvio Osir Garzón. Aunque en atención a la envergadura del proceso, el Ministerio Público Fiscal pidió la incorporación de un cuarto juez. En el ínterin, y sin que se haya puesto fecha al juicio ni se haya definido ese cuarto juez, se empezó a tramitar la recusación contra dos de los tres jueces ya designados.
El abogado de Buffa -tildado de testaferro en la tramitación de la causa por enriquecimiento ilícito que se le sigue al exministro Báez y citado a indagatoria por el juez Carlos Ríos en el expediente por estafa que denunció Dolores Etchevehere-, argumentó que los dos magistrados habían intervenido en la causa Nº 6.399/150 “Urribarri, Sergio Daniel; Baez, Pedro Ángel; Buffa, Germán Esteban s/ negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública”, la cual se encuentra entre las 3 acumuladas para la realización de un solo juicio. Y por eso los recusó.
Los dos jueces recusados rechazaron el planteo de Buffa.
Antes, se habían inhibido e intervenir como jueces del megajuicio Alejandro Grippo, Gustavo Pimentel, Rafael Cotorruelo, Pablo Andrés Vírgala y Rafael Martín Cotorruelo.
En su descargo, los jueces Castagno y Chemez se opusieron al planteo de recusación, ya que lo consideraron improcedente e inadmisible. Enseguida, la Justicia designó a dos jueces que debían zanjar la discusión: Carlos Ríos, Juez de Transición N° 1 de Paraná; y Pablo Barbirotto, juez Penal de Niños y Adolescentes de Paraná. Estos, a su vez, se inhibieron por razones personales.
Entonces, se debió acudir a una nueva conformación: los jueces Elvio Osir Garzón, y dos magistrados del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Concepción del Uruguay, Mariano Martínez y Rubén Chaia. Ese tribunal rechazó las inhibiciones de Barbirotto y Ríos, y los obligó a pronunciarse. sobre las recusaciones de Castagno y de Chemez.
Fue entonces que el tribunal conformado por Garzón, Ríos y Barbirotto rechazó las recusaciones contra Castagno y Chemez. Fue así que el abogado de Buffa, José Velázquez, pidió la inervención de la Cámara de Casación Penal. Pero esa vía fue rechazada. Con las firmas de Barbirotto y Ríos -Garzón estaba en uso de licencia médica-, se negó la concesión del recurso de casación. El letrado entonces recurrió con un recurso de queja, que también fue rechazado por Casación, resolución que se conoció este lunes 14.
«Como puede observarse -dice el fallo de Casación-, el quejoso intenta habilitar una instancia que está expresamente descartada en la legislación procesal. En efecto, al presentar su recurso de casación nada dijo respecto a la inconstitucionalidad de las normas que le impiden acceder a la revisión que pretende, y ello es lo que explica que el Tribunal de Juicio -de manera correcta y ajustada a derecho- le denegara la concesión del Recurso de Casación».
De la Redacción de Entre Ríos Ahora