La Sala Penal del Superior Tribuna de Justicia (STJ) emitió un duro pronunciamiento sobre el modo cómo el Consejo de la Magistratura piensa llevar adelante el proceso de selección para cubrir 8 cargos de jueces de Garantía en Paraná, Concordia, Nogoyá, Colón y Villaguay, que, dijo, contiene «algunos aspectos que no favorecen la transparencia e imparcialidad del órgano asesor en su proceder». 

Los vocales Miguel Giorgio, Daniel Carubia y Claudia Mizawak, apuntaron sus dardos contra la Procuradora Adjunta y segunda en el orden de jerarquía del Ministerio Público Fiscal, Cecilia Goyeneche, que forma parte del Consejo de la Magistratura y tendrá a su cargo emitir opinión en la selección de los jueces de Garantías que, dijo la Sala Penal, son los «únicos límites al poder de los fiscales». Del Procurador Jorge Amílcar Luciano García, y de la Procuradora Adjunta, Cecilia Goyeneche, dependen todos los fiscales de la Provincia.

Consultada por Entre Ríos Ahora respecto del pronunciamiento de la Sala Penal, Goyeneche prefirió no opinar. «Vamos por el buen camino», se limitó a decir respecto de la tarea desde la Procuración.

La Sala Penal sostuvo que «debería evitarse todo prejuicio de posible interés de quienes realizan esa tarea y, en especial, creemos altamente inconveniente que, en un sistema procesal en el que el Ministerio Público Fiscal tiene la potestad de promoción y ejercicio de la acción penal pública, así como de conducir las investigaciones consecuentes, con el control de los Jueces de Garantías -únicos límites al poder de los Fiscales-, sea precisamente la Procuradora Adjunta quien integre el jurado de selección de los ocho cargos vacantes de Jueces de Garantías existentes en la provincia, con lo cual, sin desconocer la idoneidad, experiencia y buena fe que puede guiar a dicha funcionaria, resulta indudablemente empañada la real independencia y ecuanimidad del proceso por la circunstancia de que la segunda en el orden jerárquico de jefatura de los Fiscales sea quien seleccione a los Jueces que deberán controlar sus actuaciones».

Claudia Mizawak, Daniel Carubia y Miguel Giorgio: la Sala Penal del STJ.

Los vocales Giorgio, Carubia y Mizawak señalaron que la presencia de Goyeneche en el proceso de selección de los postulantes a ocupar esos ochos cargos de jueces de Garantías -3 en Concordia; 2 en Paraná; 1 en Colón; 1 en Nogoyá; y 1 en Villaguay- «despertará natural suspicacia e incomodidad en quienes pretendan participar en los concursos» por cuanto deberán someterse a un jurado que estará integrado por los Daniel H Domínguez Henaín, en representación del estamento académicos; Cecilia A. Goyeneche, en representación del estamento magistrados, y Jorge E Romero, en representación del estamento abogados, «sin participación de ningún magistrado propiamente dicho, lugar ocupado por la mencionada señora Procuradora Adjunta».

«En cuanto al Dr. Domínguez Henaín, sin desmerecer sus condiciones y acabados méritos académicos para la función, además de ser convocado como Jurado Técnico en estos concursos, fue también Jurado Técnico en los precedentes Concursos Nos, 167, 168, 169 y 170; no obstante, la lista de jurados técnicos académicos posibles para cargos del Fuero Penal que publica el Consejo de la Magistratura es muy abundante y cuenta con otros muchos (130) prestigiosos académicos de diversas Universidades y muy variadas tendencias dogmáticas, no advirtiendo razón alguna que justifique la reiterada convocatoria al mismo Jurado», hizo notar la Sala Penal del STJ.

Los magistrados hicieron notar que el sistema procesal penal acusatorio «vigente en la provincia, al que hemos adherido sin reservas y concurrido a su más eficiente implementación y funcionamiento, presenta particularidades que merecen muy especial atención al momento de la conformación adecuada de los cuadros de magistrados que deben intervenir en el proceso, cuya función de selección compete inicialmente al Consejo de la Magistratura, luego propuesta del titular del Poder Ejecutivo y, finalmente, acuerdo del Senado provincial». Y agregaron: «La única jurisdicción en que la cabeza del Poder Judicial o representantes de su órgano colegiado sorprendentemente no integra el consejo de la Magistratura ni tiene intervención alguna en su proceso de selección es en la Provincia de Entre Ríos».

De la Redacción de Entre Ríos Ahora