El hecho ocurrió a finales del año 2017. Un chofer de ambulancia del Hospital San Roque, de Paraná, que debía trasladar al Hospital Garraham, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a una niña de 10 años, oriunda de General Racedo, quien iba a ser atendida en el Servicio de Gastroenterología el día 15 de noviembre de ese año, se negó a cumplir la tarea. El viaje debía partir la noche del día 14.
El caso derivó en una investigación sumaria en el Estado que se prolongó durante tres años, y al final se cerró con una medida disciplinaria leve para el chofer: la suspensión por 20 días sin goce de sueldo.
La negativa del chofer Omar Orlando Losso fue analizada en un expediente administrativo en el Estado. «Tal decisión no encuentra causa que lo justifique demostrando desaprensión en los deberes a su cargo sin medir las eventuales consecuencias dañosas hacia la niña y su familia. Dicha comisión se encontraba autorizada y el dinero transferido para viáticos y gastos a la cuenta del Bersa del agente encartado», dice el texto del decreto N° 2.143, del 9 de diciembre de 2020, que, tres años después, dio por finalizado el sumario administrativo con la sanción de 20 días de suspensión para el chofer de ambulancia.
El caso, en su momento, tuvo repercusión nacional.
En la investigación, que se inició por una denuncia del entonces director general de Emergencias Sanitarias, José Carlos Cuesta, ante el Ministerio de Salud, quedó involucrado el coordinador de Emergencias Sanitarias, César Adrián Medrano.
El decreto, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia el viernes 5 de febrero, señala que «al prestar declaración testimonial la agente Sandra Beatriz Cornet, quien cumple funciones como administrativa en la Dirección de Emergencia Sanitaria del Ministerio de Salud», manifesta que cerca de las 22 del 14 de noviembre de 2017 «me envió un whatsapp la Sra. Elena Páez, quien desempeña funciones en la Dirección de Emergencias -es empleada administrativa- y manifestó que Losso la había llamado para decirle que no les habían acreditado el dinero para viajar por lo cual no se podría realizar el traslado de la paciente. Por eso motivo llamé a Losso y le pedí que se comunique con el Administrador del Hospital San Roque y le pida los fondos para viajar, entre tanto yo me
comunicaría con mi jefe, el Sr. Medrano. Esta situación, o sea que
los chóferes no hayan tenido acreditado los viáticos, me extrañó
mucho porque la tramitación de los viáticos se había llevado a cabo
en tiempo y forma. Quedamos Losso y yo en que luego de que hable
con el Administrador del Hospital me llamaría. Nunca más llamó.
Cuando esa misma noche le informé a Medrano éste manifestó que
estaba bien lo que había hecho y que él se comunicaría con el Dr.
Cuestas y con el chófer Losso. Dado que Losso no me llamaba para
decirme si se había resuelto el tema del dinero, le envié varios wsps
pero nunca contestó. Como no me contestó imaginé que se había
solucionado. Al otro día cuando fui a trabajar a las 7 de la mañana
me enteré que no habían viajado».
En el sumario declaró el entonces responsable de Emergencias Sanitarios, que contó que su área había tramitado «los papeles para realizar el traslado el día anterior y el 14 me llama Medrano y dice que el chófer no tenía acreditado el dinero para viajar pero que el mismo Medrano lo resolvería. A esto, le dije que si había problemas con el dinero, yo se los proporcionaría de mi propio bolsillo y luego se me reintegraría. Medrano me dijo que si no lo resolvía, me llamaría pero nunca volvió a comunicarse. Al día siguiente me enteré que no habían viajado».
También declaró Ángel Sebastián Bertoncello, enfermero Jefe de Guardia y Cuidados Especiales del Hospital Materno Infantil San Roque, que narró su participación en los hechos. «Cuando me llamaron
desde Emergencias Sanitarias para solicitar una ambulancia no me
dijeron que la paciente necesitaba oxígeno permanente por eso
dispuse una de mediana complejidad. Luego, a las 20,30 del 14/11/17,
aproximadamente, se comunica conmigo Omar Losso y manifiesta
que se requería una ambulancia de alta complejidad porque la paciente necesitaba oxígeno permanente. Yo accedí al pedido o sea que puse a disposición una ambulancia de alta complejidad para que puedan realizar ese viaje».
Al declarar en el sumario, el chofer Losso no sólo argumenta falta de depósito del dinero para el combustible en la cuenta del Bersa, sino que además «había un excedente en los acompañantes, a los cuales no cubría el seguro: digo esto porque en los papeles que nosotros teníamos decía que viajarían tres personas y, el seguro sólo cubre al paciente y un acompañante, salvo que se gestione la autorización para que viaje otra persona más, no siendo esta la situación. A lo cual la Sra. Cornet me dice: ´Losso, haceme la gauchada, llévamelos que yo mañana te consigo la autorización del seguro´. Yo le contesté que sin autorización no me movía
porque si había algún siniestro sería yo el responsable por estar
fuera del reglamento por desconocerlo».
Y justificó su decisión en la existencia de una directiva de la ministra de Salud, Sonia Velázquez, del 13 de septiembre de 2017 «que específica la responsabilidad del chófer en el caso de trasladar a más personas de las que cubre el seguro, motivo por el cual, yo decidí no trasladar a la nena. Es más, podría haber estado el dinero y yo, de todos modos, no iba a trasladar a la nena porque sería en contra de la reglamentación». Y responsabilizó a Cuestas, Medrano y al área administrativa de Emergencias Sanitarias por no haber resuelto el problema que planteó antes de viajar.
Dijo que con la decisión de Salud de abrir un sumario en su contra «quedé catalogado como un irresponsable, como que abandoné una persona y jamás hice eso. Quedé frente a mis compañeros muy mal,
tenía a cargo 36 personas y un compromiso de cuidar los móviles
y los bienes del hospital y con todo lo sucedido, me vi afectado en
mi buen nombre y honor».
El reproche mayor, sin embargo, recayó sobre quien ejercía como coordinador de Emergencias Sanitarias, César Adrián Medrano, a quien le aplicaron 30 días de suspensión en su puesto. Al respecto, el decreto señala que «quien debía ocuparse de solucionarlo era Medrano». Y señala que en «su carácter de Coordinador de la Dirección de Emergencias Sanitarias debió haber arbitrado los medios para ello. Por tanto no es ni la Sra. Cornet, ni mucho menos la agente Páez, quienes debían atender
los reclamos al respecto, ni de las chóferes, ni de los padres de la niña, porque no estaba a su alcance brindarles una solución, y en orden a las responsabilidades funcionales que ostentaba el agente, es claro que las mismas no se agotaban, simplemente en dar aviso al Director General Dr. Cuestas y que el máximo responsable del organismo se ocupara personalmente, según sus dichos».
«Que así las cosas -señala la disposición oficial- puede afirmarse que surge del plexo probatorio colectado y supra reseñado que los hechos reprochados a los encartados Losso y Medrano en el presente han quedado debidamente acreditados en el trascurso de la investigación; consecuentemente, ambos sumariados incurrieron en la conducta que se les reprocha por lo que corresponde declarar la existencia de la materialidad del hecho y de la autoría responsable por parte de los nombrados. En este sentido el ejercicio de la potestad disciplinaria del Estado busca la buena marcha y funcionamiento de la Administración Pública, por ello las normas en materia disciplinaria se orientan hacia el cumplimiento de los deberes propios de cada servidor con la cual se pretende el logro de las finalidades estatales. Asimismo. “la incorporación a la función pública supone un previo conocimiento de un régimen disciplinario específico para esa función”, el principio de “aceptación de
las condiciones del servicio o trabajo”, deviene en un condicionante
al momento de analizar la responsabilidad del agente, puesto que su
vinculo con la Administración es de “especial sujeción” o supremacía
especial por lo cual la exigencia del estricto cumplimiento del marco
normativo hace al profesionalismo razonablemente exigible a todo el
personal».
Pero, «no obstante todo lo hasta aquí expuesto, corresponde advertir
que la conducta disvaliosa desplegada por ambos agentes, si bien se
entiende está acreditada en los límites expuestos, por sí sola no
desencadena en forma automática la aplicación de la máxima sanción, sino que el incumplimiento debe ser valorado integralmente, con
los demás elementos obrantes en el expediente. En este orden de
ideas, cabe resaltar que afortunadamente el hecho investigado no
produjo consecuencias en la salud de la menor y pudo solucionarse
por la intervención personal de la Sra. Ministra de Salud, conforme
declara la madre de la niña (…) en lo que hace al agente
Medrano el mismo renunció a las funciones» de coordinador de Emergencia Sanitaria.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora