Sebastián Salem, juez de Paz de Gualeguay, fue denunciado por violencia y hostigamiento laboral y será juzgado desde este lunes en un jury que tendrá lugar en la ciudad de Paraná. El jurado deberá resolver por la absolución o destitución del magistrado.
En noviembre de 2020, el Jurado de Enjuiciamiento resolvió ordenar la formación de causa contra Salem a partir de una denuncia presentada por el Superior Tribunal de Justicia (STJ): entonces el magistrado qudó suspendido de sus funciones.
La denuncia se originó a partir de las presentaciones efectuadas por la secretaria Deolinda Sabina Almada y por la escribiente María Carolina Almeida, ambas de dicho Juzgado de Paz, contra su titular, por violencia de género laboral, maltrato y hostigamiento.
Las audiencias se desarrollarán durante toda esa semana en el Salón de Actos del STJ, y en virtud de la declaración de la pandemia Covid-19 y las medidas de distanciamiento social vigentes, serán transmitidas en vivo y en directo por el Canal de YouTube del Poder Judicial.
Durante el transcurso del juicio está prevista la declaración de 20 personas.
En esta causa el Jurado de Enjuiciamiento será presidido por el senador provincial Armando Gay (PJ) y estará integrado por los jueces Daniel Omar Carubia, Marcela Davite, Guillermo Bonabotta, el diputado provincial Gustavo Zavallo, y los representantes del Colegio de la Abogacía, Luis María Campos y Sonia Rondoni. Por el Ministerio Público Fiscal participará el Procurador General Jorge Amilcar García y el defensor técnico de Salem será el abogado Ladislao Uzín Olleros.
El Jurado de Enjuiciamiento resolvió ordenar la formación de causa a la denuncia presentada por el STJ contra Salem, quien el 11 de noviembre de 2020, luego de ser notificado, quedó suspendido en sus funciones hasta el veredicto definitivo.
Conforme el procedimiento previsto en la Ley N° 9283 -texto según Ley N° 9513-, el Ministerio Público Fiscal llevó adelante la acusación contra el juez denunciado, a quien se le corrió vista para que ejerza su derecho de defensa.
Luego de las audiencias de debate se concluirá con el veredicto -absolución o destitución- que dictará el Jurado.
La tramitación
Como contó Entre Ríos Ahora, fueron más de dos años de lucha de las víctimas. Mientras el juez continuaba en sus funciones con total normalidad, una de las denunciantes debió solicitar licencia médica, mientras que la otra mujer debió pedir el pase a otra área, hasta que finalmente el juez fue suspendido y las denunciantes pudieron reintegrarse al Juzgado de Paz de Gualeguay para cumplir allí con sus tareas. Un ejemplo más de las dificultades a la hora de denunciar.
Estas situaciones –y otras que no llegan a ser expuestas oficialmente debido a las múltiples dificultades a la hora de realizar una denuncia- fue lo que llevó a que el propio STJ, junto a los Ministerios Públicos Fiscal y de la Defensa de Entre Ríos, la Asociación de Empleados Judiciales de Entre Ríos (AJER) y la Asociación de la Magistratura y la Función Judicial de Entre Ríos, a conformar una Comisión de Violencia Laboral, integrada por estos organismos y cuyo objetivo será redactar un protocolo de prevención y abordaje de las violencias laborales al interior del Poder Judicial.
Así lo dispuso cada una de estas organizaciones en diferentes acuerdos fechados todos a fines de 2020, en donde indican que “conforme a la normativa convencional y constitucional vigente, rechazan y repudian todo tipo de violencias”.
No obstante esto no borra las situaciones previas, ni mucho menos las que se den a futuro, aunque sí establece una pretensión de “justicia” frente a las situaciones de abuso y acoso laboral que se den en los tribunales entrerrianos. También el proceso de jury contra el magistrado va en este sentido y por el cual las víctimas guardan gran expectativa de que se haga justicia.
Si bien son muchos los casos, pocos han llegado a una instancia de denuncia formal. Algunos de los argumentos esgrimidos desde las páginas oficiales del Superior Tribunal de Justicia en relación a esa dificultad es “el escaso conocimiento y percepción de la violencia laboral y sus efectos dificulta muchas veces detectarla y reconocer la verdadera causa del problema que afecta a la víctima y que permanece oculta en la propia organización del trabajo”.
Sin embargo, es bien sabido que toda organización laboral se inserta en relaciones de poder, en donde la posición dentro del esquema de trabajo es un factor clave para denunciar a quienes de pronto pueden ser jefes o jefas directas de la persona denunciante.
Otro factor a tener en cuenta a la hora de formular una acusación es que la víctima tendrá que presentar pruebas o personas que testifiquen dicha situación, lo cual también es sumamente difícil para quien se ofrece en calidad de testigo, afectada o afectado de igual modo por su superior o superiora.
Con todo, el Jurado de Enjuiciamiento de Entre Ríos ha fijado un precedente histórico a nivel provincial al resolver la suspensión en sus funciones a un magistrado acusado de violencia y maltrato laboral contra dos mujeres, reivindicando de este modo los derechos de las denunciantes.
Resta aún esperar el veredicto del Jury, que tendrá la oportunidad de sentar un importante precedente en el marco de una causa de violencia de género iniciada contra un integrante del Poder Judicial de Gualeguay.
El STJ considera como violencia laboral aquellas situaciones que ocurren en el ámbito laboral que afectan la dignidad, la salud e integridad física y psicológica de quienes en él se desempeñan, remarcando la intolerancia a tales conductas. “A su vez, se auspicia la colaboración de integrantes del Poder Judicial para sumarse a la prevención y atención de esta problemática. Para ello es necesaria la sensibilización y formación desde una perspectiva de derechos humanos, género e interseccionalidad”.
“Se entiende como violencia laboral a las acciones y omisiones de personas o grupos de personas que, en ocasión del ámbito o relación de trabajo, en el espacio físico y/o virtual, atenten contra la dignidad, la integridad física, sexual, psicológica y/o social de una persona, mediante acoso sexual, abusos, abuso de poder, ataques, amenazas, intimidación, amedrentamiento, inequidad salarial, maltrato físico, moral, sindical, psicológico y/o social y toda aquella conducta que, en uno o sucesivos actos, produzca menoscabo en una persona que se desempeñe en el ámbito judicial”.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora

