Por Adrián López (*)

 

Desde la Reforma Educativa del menemismo, el financiamiento de la Educación Pública, y junto con ello, el salario docente, pasó a ser responsabilidad de las provincias. Si bien en la paritaria nacional se fija un piso para el salario mínimo, son las negociaciones provinciales las que determinan el monto final del mismo, lo que genera una desigualdad salarial; por lo que el sueldo de un docente que recién inicia en San Luis puede duplicar al de un docente de Formosa. Dicho esto cabe aclarar que un recibo de sueldo está fragmentado en una serie de códigos que complejizan su lectura, sobre todo para un docente que recién inicia. Esto se agrava aún más porque las liquidaciones de salario muchas veces tienen errores que, intencionales o no, son difíciles de detectar.
Si recurrentemente nos referiremos al “docente que recién inicia” es porque este trabajador es quien percibe el menor salario, el cual está muy por debajo de la canasta básica. Actualmente el salario mínimo acordado en paritaria nacional es de 31.000 pesos -en septiembre aumenta a 37.000- y la canasta básica, según datos oficiales de abril, llega a $60.874, es decir que prácticamente lo duplica. Esto es un obstáculo lógico, que lleva a muchos docentes a comenzar su práctica laboral sosteniendo a la par otros empleos, acumulando horas en escuelas públicas y privadas, o cargos en primaria, postergando la continuidad de su formación, lo cual va claramente en perjuicio de su desempeño. Pero esto no nos hace obviar que la discusión salarial tiene que referirse también a la antigüedad docente para no “achatar” el tan mentado escalafón, ya que un docente con 20 años de antigüedad o que ocupa cargos directivos, lógicamente no gana lo mismo que quien recién inicia su trabajo en el aula.
Los códigos del recibo
Decíamos al principio que el salario docente aparece fragmentado en múltiples códigos, entre los que podemos discriminar aquellos códigos denominados legales o estatutarios ya que están presente en el Estatuto del Docente Entrerriano   y otros que se han sumado en los últimos años, los llamados códigos ilegales, que no están presentes en el Estatuto docente y muchas veces no llegan a todos los trabajadores de la educación activos y tampoco a los jubilados, razón por la cual debemos ser críticos de estos códigos que deforman la escala salarial.
De todos los códigos, se destaca el código 01 que se refiere al sueldo básico en el cargo de maestro (primaria), pero que es el código 04 en horas cátedras de secundaria, ya que también tenemos que aclarar que existen códigos que se “comparten”, y códigos individuales para cada modalidad. -sobre esto se calcula la jubilación-. A su vez se agregan un sinfín de códigos satélites que terminan de dar forma al salario docente, a modo de ejemplo: el 029 tiene que ver con el traslado, y es para docentes que trabajan lejos de su lugar de residencia (nunca cubre el total del gasto del traslado al no estar atado al incremento de los combustibles); el código 10 tiene que ver con la antigüedad, el 188 está vinculado a la productividad y el 84 con un fondo nacional de incentivo docente. El código 54 es otro aporte nacional que cubre parte de la conectividad y que se sumó luego de meses de pandemia y trabajo virtual.
Varios de los códigos del salario docente no son remunerativos ni bonificables, es decir, no aportan a la Obra Social ni a la Caja de Jubilaciones (códigos ilegales) y obliga a debatir en profundidad cada oferta salarial que realiza la patronal en cualquier instancia de negociación, ya que si el aumento va a alguno de estos códigos, no es percibido por los jubilados. A esto hay que agregar que, de un tiempo a esta parte, estas ofertas han sido en cuotas, no acumulables, sin una cláusula “gatillo” que vincule el aumento directamente con la inflación y no siempre van a parar a códigos remunerativos y bonificables. Adjuntamos un link de enlace de un trabajo realizado hace algunos años por Agmer Uruguay que aclara la particularidad de algunos códigos.
Cada oferta, en su contexto
Antes de que en el último Congreso del Agmer se acepte la última oferta de la patronal circuló una nota periodística que causó bastante revuelo en las escuelas, ya que en la misma se hablaba de que la oferta constaba de un acumulado anual que iba del 61% al 77%. El revuelo se justificaba, a nuestro entender, por dos razones: la primera, es que ese porcentaje no era de bolsillo, y aquellos docentes que no llegasen a ganar el equivalente a una canasta básica no iban a salir de esa situación de vulnerabilidad. En segundo lugar, la nota circuló días antes de que las asambleas en las escuelas debatan los mandatos que los congresales de sus departamentos llevarían al Congreso del Sindicato para aceptar o rechazar la oferta, lo cual, aunque la nota lo negaba, parecía una actividad militante y no sólo informativa, además de contar con la omisión, deliberada o no, del contexto de esa oferta, ya que veníamos de perder 36,1% de nuestro salario en 2020, en un año durísimo para la docencia entrerriana, y debíamos sumar el 50% de inflación que según datos oficiales se espera para este 2021. Es decir, mientras algunos afirman que el acumulado de los aumentos oscila entre el 61% y el 77%, nosotros remarcamos que el acumulado bianual de lo perdido por nuestro salario llegaría al 86,1%.
Esto se vuelve por demás evidente con el constante aumento de combustibles, que repercute inmediatamente en el aumento del colectivo, transporte obligado para gran porcentaje de docentes, sobre todo (nuevamente) de los que recién inician que a veces llegan a tomarse hasta 6 u 8 colectivos en un día. A la par de las naftas suben los alquileres, la carne, las verduras; en definitiva, el costo promedio de vida.
Aclarar esto es fundamental porque muchas veces las propuestas de la patronal parecen infladas, números que a cualquier trabajador le multiplicarán considerablemente el salario, pero que en el  caso de la docencia no es así. Porque si no van al básico, afectan tu jubilación. Si no son bonificables, generan un achatamiento en el salario docente según su antigüedad, y porque cada porcentaje no es acumulable y siempre se calcula sobre un primer salario. Ni hablar de cuando ofrecen sumas fijas que son a términos y siempre devoradas por la inflación.
Por lo cual sostenemos que, ante cada propuesta realizada por la patronal, el colectivo docente debe analizar si va al básico, si es remunerativa y bonificable, y si contempla una cláusula de actualización mes a mes que tenga en cuenta el índice de inflación. Reafirmamos que una propuesta que no recupera lo perdido por la inflación no es aumento, por eso debemos luchar por la recomposición de un salario deteriorado, para luego avizorar un horizonte con mejores perspectivas.
Los porcentajes de pobreza en la Argentina alcanzan el 43 %. Si tenemos en cuenta que muchas paritarias o negociaciones salariales se han cerrado con acuerdos que están por debajo de la línea de la pobreza, estamos diciendo -quizás naturalizando- que un sector de la clase obrera, con trabajo formal y genuino, sigue siendo pobre. Entonces, ¿qué queda para aquellos que no han accedido a un empleo de estas características y se sostienen con un trabajo informal o con la asistencia del Estado?
En conclusión, el salario mínimo de un docente que recién inicia (que en Argentina es de $31.000 según lo acordado por paritaria nacional) equivale a media canasta básica, ya que según el Indec, se necesitan $60.874 para no ser pobre. En esta realidad incontrastable es donde los paros docentes tienen su justificación y las movilizaciones y acciones callejeras se vuelven una necesidad. Es inadmisible que pagar un alquiler, comprar un libro, acceder al transporte público que tiene un elevado costo, tener todos los servicios (gas, luz eléctrica, internet, teléfono) alimentarnos sanamente no esté al alcance de muchos trabajadores de la educación, quienes ven que su salario pauperizado va a contramano de los sistemáticos aumentos que enumeramos anteriormente. La crisis educativa no se resuelve sólo con salarios dignos, eso está claro, también hay un entramado complejo de infraestructura escolar y condiciones laborales que resolver, con docentes que trabajan en 7 y 8 escuelas, con estudiantes que no tienen acceso a las cuatro comidas diarias –ni que de decir de la conectividad en tiempos de virtualidad-, con los problemas de cobertura de las Obras Sociales (Iosper y Osplad), y con la permanente intervención mediante decreto gubernamental de la Ley de Jubilaciones, que avizora una reforma más profunda. El presupuesto en educación es notoriamente escaso para afrontar las problemáticas del sector. La crisis educativa es profunda y viene de arrastre, pero que no haya ningún docente bajo la línea de la pobreza sería un buen paso para empezar a resolverla.
1 “La retribución mensual del personal docente en actividad se compone de: a) Asignación básica b) Asignación por estado docente c) Asignación por cargo d) Asignación por prolongación de jornada e) Bonificación por antigüedad f) Bonificación por ubicación g) Bonificación por cargas de familia”, en Estatuto del Docente de Entre Ríos, Art, 46, pág. 8, disponible en http://agmer.org.ar/index/wp-content/uploads/2012/04/dec_ley_155_62_estatuto-docente.pdf
2 Para más información sobre los códigos del recibo de sueldo consultar: http://www.agmeruruguay.com.ar/codigossalariodocente.htm
3 Comparamos la pérdida de salario 2020/2021 con la propuesta de aumento 2021 porque en el 2020 solo hubo bonos fijos y a término, por lo que el aumento fue de 0 %.
(*) Adrián López integra el Colectivo Cimarrón.