El Estado Nacional pidió el rechazo al recurso de apelación que presentó una abogada del partido NOS Entre Ríos para que la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), aprobada a finales de 2020 por el Congreso, sea declarada inconstitucional.

La Ley atacada consagra el derecho de mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar a decidir la interrupción del embarazo, hasta la semana 14 inclusive, y recibir atención postaborto en los servicios del sistema de salud.

La discusión se encuentra actualmente en la Cámara Federal de Paraná -integrada por Beatriz Estela Aranguren, Mateo José Busaniche y Cintia Graciela Gómez-, que deberá confirmar o revocar el fallo del juez Federal Nº 2 de Paraná, Daniel Edgardo Alonso, quien el 23 de marzo rechazó in limine la acción de la abogada y dirigente de NOS, Miriam Müller, que a nivel nacional se referencia en el exmilitar carapintada y exfuncionario macrista Juan José Gómez Centurión.

Según supo Entre Ríos Ahora, en los primeros días de junio el abogado Fabián Alfredo Salomón, delegado del Cuerpo de Abogados del Estado, dependiente de la Procuración del Tesoro de la Nación, presentó en la Cámara Federal de Apelaciones un escrito de 215 páginas en la que solicitó que la acción contra la Ley IVE sea rechazada, como así también las medidas cautelares peticionadas por la abogada accionante.

En su descargo, el abogado del Estado nacional recordó que Müller pidió se dicte una cautelar urgente de no innovar por el plazo de 120 días, período que estima que puede durar la tramitación de la causa. Es decir, peticionó la suspensión de la operatividad de la Ley.

Aborto legal: rechazan apelación y sigue la pelea judicial en Entre Ríos

El abogado Salomón hizo notar a los jueces que la medida  solicitada, “probablemente, goza de un defecto técnico importante” puesto que “la medida cautelar de no innovar se orienta a preservar, mientras se sustancia  el  proceso principal, la inalterabilidad de determinada situación de hecho o de derecho” y que en este caso se entiende que se mantenga inalterable la Ley aprobada por el Congreso y promulgada por el presidente Alberto Fernández. 

Luego, sostuvo que la abogada que presentó la acción en nombre del partido NOS, no cuenta con la legitimación procesal y que no existe “causa” ya que se está ante una Ley sancionada por el Congreso. En caso de un fallo adverso, anticipó que recurrirá ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).

“En el caso, resulta evidente que la parte accionante no expresa un agravio diferenciador respecto de la situación en que se halla el resto de los ciudadanos; siendo esta última condición insuficiente para demostrar la existencia de un interés especial directo, inmediato, concreto o sustancial que permita tener por configurado un caso contencioso”, expresó el letrado.

La abogada que pelea contra el aborto legal consiguió un fallo a favor

Respecto de la Ley Nº 26.061, de protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes, que invocó Müller como una de las normas que violaría la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo, el abogado Salomón planteó que aquella “en ninguna de sus disposiciones se refiere a la ‘persona por nacer’ tal como lo interpreta la actora”.

Antecedentes

Al fundamentar que Müller o el partido Nos no tienen legitimación procesal para pedir que se declare la inconstitucionalidad de la IVE, citó fallos recientes en otras jurisdicciones que así lo entendieron.

Recordó que el 27 de febrero de 2020, el Juzgado Contenciosos Administrativo Federal Nº 3 de Buenos Aires rechazó in limine una acción del Partido Demócrata Cristiano para que se declare inconstitucional el Protocolo de Atención Integral a Personas con Derecho a la IVE.

También mencionó que recientemente, el Juzgado Federal de Rosario Nº 2 rechazó in limine una acción similar interpuesta por  la Municipalidad de Roldán, provincia de Santa Fe.

Por último recordó el caso en el que la asociación civil Pro Familia interpuso la acción de inconstitucionalidad en la Ciudad de Buenos Aires y la Corte confirmó la obligación del Estado para garantizar el acceso a la IVE y ordenó se investigue judicialmente la conducta de la asociación y el comportamiento de abogado de la misma, quien se autodenominó apoderado de “la persona por nacer”. 

El abogado del Estado nacional, además, sostuvo que “no hay caso” que dirimir, puesto que “la parte actora sólo presenta un mero desacuerdo con la Ley 27.610, sancionada por el Congreso de la Nación el 30 de diciembre pasado”. “Aun cuando dicho desacuerdo pueda resultar razonable en el marco de una democracia institucional, no es menos cierto que ello resulta insuficiente para enervar ‘un caso’ en los términos en que es exigido por nuestra Constitución Nacional y la práctica jurisprudencial alrededor de ella”, agregó. 

En otro tramo de su extenso descargo, el representante legal del Estado manifestó que “no podemos dejar de resaltar a VS que el aborto practicado en condiciones de riesgo, clandestinidad e indignidad puede tener efectos devastadores para la salud de las mujeres y hasta provocar la muerte”.

Enseguida, señaló que “las mujeres están expuestas a padecer distintos tipos de complicaciones, tanto en su salud física como psíquica y emocional. En tal sentido, según estimaciones recientes, entre 4,75% y 13,2% de las muertes maternas a nivel mundial se deben a abortos inseguros, lo que implica que al menos 22.800 mujeres mueren cada año debido a complicaciones de abortos inseguros. Casi todas las muertes relacionadas con el aborto ocurren en los países en desarrollo”.

En el caso de América Latina, señaló que se estiman “que 6.900 mujeres muren por causas relacionadas al aborto inseguro, lo que representa 9,9% (8,1% -13%) del total de muertes materna”.

En cuanto a la situación en Argentina,  recordó que el Comité de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), en sus Observaciones Finales sobre el Sexto Informe periódico de Argentina, expresó su preocupación por la “elevada tasa de embarazos entre las adolescentes y la elevada tasa de mortalidad materna, que en una cuarta parte tiene como causa el aborto ilegal” e instó al Estado a que “adopte todas las medidas  necesarias para reducir aún más la elevada tasa de mortalidad materna”.

 

De la Redacción de Entre Ríos Ahora.