El juez de juicio Elvio Osir Garzón rechazó sendos recursos de apelación presentados por el Ministerio Público Fiscal y la defensa técnica del exdiputado provincial José Ángel Allende (PJ) a la decisión del magistrado de rechazar el acuerdo de juicio abreviado por lo que el exlegislador deberá enfrentar la continuidad de los cuatro juicios que pretendía cerrar con el pago de una multa de $3 millones, una pena condicional de 2 años y 8 meses de prisión y el decomiso de dos propiedades.
Garzón rechazó el recurso de apelación por «improcedente». Y agrega: «Ello así porque al ser el instituto del juicio abreviado, una salida alternativa al juicio oral y público, su rechazo de ninguna manera imposibilita, restringe ni evita que -en el caso de la Fiscalía- continúe en el ejercicio de la acción penal instaurada; y en el caso de la Defensa, que realice otra propuesta de salida alternativa ante otro Tribunal; por lo que no se revela un agravio concreto de insuficiente, imposible o tardía reparación ulterior, fundado en que deba -eventualmente- transitarse por un juicio oral y público o aun por otro proceso alternativo de los que establece nuestro código de rito».
La apelación fue presentada por la Procuradora Adjunta Cecilia Goyeneche, y los fiscales Laura Cattáneo, Álvaro Piérola y Leandro Dato, y por el defensor de Allende Leopoldo Lambruschini, y sobrevino tras la decisión del juez Garzón del 6 de agosto último que, por segunda vez, rechazó el acuerdo de juicio abreviado para Allende. Para adoptar esa determinación, Garzón se centró en el cambio de calificación del delito por el que se le abrió una causa en 2018 tras la denuncia de la ministra de Salud, Sonia Velázquez, por coacciones, amenazas y violencia de género. El fiscal Leandro Dato caratuló el caso en el abreviado como amenazas simples, cambio que el magistrado calificó como una «aberración jurídica», y dijo que correspondía al delito de coacciones agravadas. Y que ese delito tiene una pena de 5 años de prisión de ejecución efectiva, mucho más alta que la acordada entre las partes en el abreviado que, de ese modo, y tras el segundo rechazo, queda desestimado.
José Ángel Allende, actual secretario general de la Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN), acumuló cuatro investigaciones penales en la Justicia. El fiscal Leandro Dato tramitó la denuncia por amenazas en contexto de violencia de género por parte de la ministra de Salud, Sonia Velázquez; el fiscal Álvaro Piérola, la denuncia por amenazas que le hizo a Allende el periodista Martín Carboni; y la fiscal Laura Cattáneo llevó adelante las investigaciones penales por enriquecimiento ilícito y negociaciones incompatibles con la función pública, que involucró a Allende, su pareja Adriana Sattler, su exDiana María Cristina Traverso, y sus hijos, Julio, Victoria y Carolina Allende.
Un primer intento por cerrar los compromisos judiciales de Allende con un juicio abreviado había derivado en un fiasco. El 22 de octubre de 2020 un tribunal conformado por los jueces José María Chemes, Carolina Castagno y Alejandro Cánepa declaró inadmisible el acuerdo de juicio abreviado para el exdiputado acusado de los delitos de enriquecimiento ilícito, negociaciones incompatibles con la función pública, amenazas y coacciones.
La resolución fue apelada por la Procuración, que acudió ante la Cámara de Casación Penal. El 30 de diciembre último ese tribunal de alzada declaró la nulidad de la audiencia de juicio abreviado y habilitó una nueva instancia, que empezó el jueves 29 de julio ante el juez de juicio Elvio Osir Garzón.
El acuerdo entre Fiscalía y defensa establecía que Allende reconoce su responsabilidad en la comisión de los delitos que se le imputaron, y con las características que les fueron reprochados, y acepta la pena impuesta: 2 años y 8 meses de prisión de cumplimiento condicional, el pago de una multa de $3 millones, e inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. También, el decomiso de dos propiedades, una en calle Laprida al 100, que sería destinada a la Unidad Fiscal de Violencia de Género; y el palacete de calle Alberti, en la zona del Parque Urquiza, que iría para el Consejo de la Magistratura.
Al analizar el recurso de apelación, Garzón analizó si su decisión de no admitir el acuerdo de juicio abreviado «puede considerarse una sentencia definitiva o una resolución equiparable a sentencia definitiva». Al respecto, concluyó: «De manera contundente digo que no lo es, dado que no pone fin a la acción ni hace imposible la continuidad del proceso». Y agrega: «Surge palmario entonces que lo que resulta impugnable por la vía del recurso de casación según lo expresamente reglado- es la sentencia del magistrado que acepta el acuerdo de juicio abreviado propuesto por las partes, en lo que se exceda o difiera del mismo, mas no aquellas que lo rechazan».
Allende Rechazo Apelación by Entre Ríos Ahora
De la Redacción de Entre Ríos Ahora