En la sesión de este lunes, el Concejo Deliberante sancionó, con el voto de la mayoría de los ediles,  al proyecto de ordenanza que autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal acceder al proceso voluntario de reestructuración de la deuda que por 7 millones 340 mil dólares, que contrajo la anterior gestión, en el año 2017.

La iniciativa autoriza al Ejecutivo a “acceder al proceso voluntario de restructuración de pasivos establecida por decreto N° 1.30, del 7 de julio de 2021, por la deuda relacionada al préstamo otorgado en el marco de la Ley N° 10.480 y su decreto reglamentario N° 2.244/17 autorizado por ordenanza N° 9.615”.

Políticas para la República no acompaña la reestructuración de la deuda en Paraná

 

El proyecto aprobado por el Concejo autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a concretar la operatoria, según los siguientes puntos:

  • La fecha de vencimiento del total de la operatoria se extenderá hasta el 8 de agosto de 2028 inclusive.
  • Servicios de interés: la reestructuración de la deuda se retrotrae al 8 de febrero de 2020.
  • Comisión de seguimiento: para adherirse al nuevo régimen los municipios deberán abonar, en concepto de comisión de consentimiento, un valor equivalente al 60% (valor histórico) de los intereses vencidos en agosto/2020 y febrero/2021, considerándose a tal efecto el monto total de ambos vencimientos en su moneda original. Dicha suma deberá ser cancelada hasta el primer día hábil del mes de febrero de 2022.
  • A los municipios que hubiesen abonado los intereses con vencimiento en agosto/20 y/o febrero/21 se les tomará dicho pago como a cuenta del saldo a integrar en concepto de comisión establecida en el párrafo anterior. En caso de resultar inferior a la suma establecida, los mismos deberán integrar la diferencia resultante”. El texto agrega: “En  caso que el monto abonado por el Municipio por tales vencimientos exceda la comisión de consentimiento, el saldo deberá ser imputado a cuenta del vencimiento de intereses inmediatos posteriores.
  • El 40% restante de la suma devengada en concepto del total de los antes mencionados intereses será capitalizada con el resto de la deuda a la fecha de la reestructuración.
  • Tasas de interés: se modifican de la siguiente manera: para el período desde el 8 de febrero de 2021 hasta el 8 de agosto de 2022 la tasa de interés de los bonos será del 5% anual. Para el período desde el 8 de agosto de 2022 hasta el 8 de febrero de 2023 la tasa de interés de los bonos será del 5,75% anual.. Para el período desde el 8 de febrero de 2023 hasta el 8 de agosto de 2023 la tasa de interés de los bonos será del 8,10% anual. Para el período desde el 8 de agosto de 2023 hasta el 8 de agosto de 2028 la tasa de interés de los bonos será del 8,25% anual.
  • Amortización de capital: se fija en 12 cuotas, según las fechas y porcentajes que se detallan a continuación: 8 de febrero de 2025, 5%; 8 de agosto de 2023, 5%; 8 de febrero de 2024, 9%; 8 de agosto de 2024, 9%; 8 de febrero de 2025, 9%; 8 de agosto de 2025, 9%; 8 de febrero de 2026, 9%; 8 de agosto de 2026, 9%; 8 de febrero de 2027, 9%; 8 de agosto de 2027, 9%; 8 de febrero de 2028, 9%; 8 de agosto de 2028, 9%:
  • La reestructuración de la deuda deberá incluir la amortización del capital pendiente de pago, conforme contrato original, más el capital adicionado en el punto d)y deberá contar con una cláusula de cesión y afectación en garantía para estas nuevas condiciones.
  • La omisión a la prestación de voluntad y la documentación correspondiente, en sentido de optar por la reestructuración, se interpretará como un desistimiento a la reestructuración convalidando la obligación original.
  • La posibilidad otorgada a los municipios de reprogramación de pasivos es de manera integral, no pudiendo modificarse la nueva estructura propuesta.

 

 

 

De la Redacción de Entre Ríos Ahora