La Suprema Corte de Justicia de la Nación pidió formalmente a la Justicia entrerriana la remisión del expediente de la causa de los contratos truchos en la Legislatura como paso previo a dirimir la cuestión de competencia que se planteó entre los jueces Daniel Alonso, del fuero federal, y Marina Barbagelata, titular del Juzgado de Garantías N° 1.
El lunes 26 de julio último se conoció la decisión de la jueza de Garantías Marina Electra Barbagelata, que rechazó la inhibitoria plantead para seguir tramitando la causa penal de los contratos, y de ese modo rechazó la petición del juez Federal de Paraná Daniel Edgardo Alonso de girar las actuaciones a la Justicia Federal, decisión que había adoptado el magistrado a partir de la petición formulada por los defensores de los imputados Gustavo Pérez, exdirector contable del Senado, Jorge De Breuil, Pedro Opromolla y Alejandro Almada.
En su extensa resolución, la magistrada sostuvo que «al analizar los hechos que constituyen la acusación, los fundamentos del requerimiento de remisión a juicio, los medios de prueba que se proponen para el juicio, y las disposiciones legales que se consideran aplicables, su correlación con los hechos y con la intervención que atribuye a los imputados, concluyo sin lugar a dudas, que por la materia y las personas, la investigación o, mejor, el juzgamiento de los hechos de la causa Beckman, son de competencia ordinaria». La causa contratos está caratulada «Beckman Flavia Marcela s/ Defraudación a la Administración Pública. Asociación Ilícita».
«En efecto -agrega Barbagelata-, los hechos que la Fiscalía investigara, y por los que hoy ha requerido la remisión de la causa a juicio contra los imputados, encuadran en delitos de naturaleza ordinaria (asociación ilícita (…) en concurso real con peculado reiterado (…) e incumplimiento de los deberes de funcionario público (…). Estos delitos, según la teoría del caso del Ministerio Público Fiscal, fueron ejecutados en perjuicio del patrimonio de la Legislatura de la provincia de Entre Ríos, a través de la realización de contrataciones de obra en nombre de ambas Cámaras, con personas que percibían una ínfima parte de los honorarios pactados, por las que no realizaban ninguna prestación a favor del Estado, quedando el resto del dinero en poder de la organización».
Conocida la decisión de Barbagelata, el juez Alonso firmó el viernes 30 de julio una resolución en la que señala: «Habiendo la Señora la Jueza de Garantías N° 1 de Paraná denegado la inhibición requerida, manteniendo de esta forma la procedencia del fuero ordinario y la competencia de la Justicia de la Provincia de Entre Ríos para seguir entendiendo en la causa caratulada Beckman Flavia Marcela s/ Defraudación a la Administración Pública. Asociación Ilícita –Legajo de O.G.A. N° 10.668 (Legajo de Fiscalía N° ° 87.993) y, no reconociendo esta Magistratura tal competencia y jurisdicción, corresponde hacer saber a la misma que se mantiene la competencia del Juzgado Federal de Primera Instancia N° 1 de Paraná –con competencia electoral- y que, en consecuencia, se elevarán las actuaciones a la Excma Corte Suprema de Justicia de la Nación –superior común-, invitando a la Señora la Jueza de Garantías N° 1 de Paraná a remitir las propias al citado superior común, al haber quedado trabado el conflicto positivo de competencia».
En ese brete, lo que ocurrió después fue la intervención de la Corte para dirimir la cuestión de competencia. Pero antes de ningún pronunciamiento el máximo tribunal del país pidió contar con el expediente de la causa contratos.
El 15 de septiembre último el Procurador Eduardo Casal pidió a la Corte que gestionara que la Justicia entrerriana remitiera el expediente de la causa contratos para poder emitir dictamen. «Como medida para mejor dictaminar, solicito a V.E. que requiera al Juzgado de Garantías nº 1 de Paraná, provincia de Entre Ríos, la remisión del expediente ´Legajo OGA nº 10.668 – Beckman, Flavia Marcela, Scialocomo, Esteban; Alvarez, Maria Victoria s/estafa´ de conformidad con lo establecido por el artículo 47, inciso 6, del Codigo Procesal Penal de la Nación y, una vez recibido, se corra nueva vista”, señaló Casal.
Los abogados José Velázquez y Leonardo Schonfeld, defensores de los imputados en la causa contratos Flavia Beckman, Hugo Mena, Esteban Scialocomo, Pablo Balladares, María Jazmín Mena Gioveni, Viviana Giselle Mena Gioveni, Alejandro Ferreyra, Fernando Sarnaglia y Andrea De Martín, había hecho el mismo planteo el 9 de agosto, cuando advirtió de la inconveniencia con avanzar con la causa ante la discusión de competencia. Los letrados pidieron que se remitiera a la Corte el expediente.
El 10 de agosto, la jueza Barbagelata rechazó la petición y respecto de la solicitud de remisión del expediente a la Corte dispuso “téngase presente para su oportunidad, de corresponder”. Al día siguiente, los defensores apelaron la resolución, que siete días después fue rechazada por la magistrada. El paso siguiente ocurrió el 26de agosto cuando acudieron con un recurso de queja ante la camarista María Carolina Castagano, que el 1° de septiembre resuelve de forma negativa el planteo. Sin embargo, el 9 de septiembre hizo lugar al recurso de casación. No les fue distinto en Casación, por lo que ahora les queda la última instancia, llegar en queja a la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ).
El 3 de septiembre, cuando ya se había planteado la cuestión de competencia, la jueza Barbagelata corrió vista a las defensa del pedido de remisión a juicio de la causa contratos presentado por la Fiscalía. «Desde nuestro lugar, tenemos dos jurisdicciones, dos jueces, quienes positivamente pueden dirimir esta cuestión, por lo que el avance de la Jueza de Garantías Marina Barbagelata implica a nuestro criterio, una violación a la garantía del Juez Natural», alertaron los defensores.
Corte Causa Contratos by Entre Ríos Ahora
De la Redacción de Entre Ríos Ahora