El Ministerio de Salud dispuso la cesantía de un enfermero que cumplía funciones en el Hospital Fidanza, de Colonia Ensayo -a 18 kilómetros de Paraná, en el departamento Diamante- luego de haber sido condenado en sede judicial el 12 de septiembre de 2017, imputado por el delito de vejaciones y lesiones leves en concurso ideal, a la pena de 1 año y 6 meses de prisión de ejecución condicional, con más la accesorias de 3 años de inhabilitación especial para trabajar en el ámbito hospitalario.  La sanción le fue impuesta por el titular del Juzgado de Garantías de Diamante, Julián Vergara.

Se trata del enfermero Norberto Andrés Quiroga. La condena alcanzó también a otro trabajador, que cubría suplencias, Carlos Alberto Videla, a quien el Estado no pudo sancionar por cuanto se extinguió antes la relación laboral. La condena a ambos fue por haber sometido a vejaciones a un paciente internado en el Hospital Fidanza.

El decreto N° 2.334, del 25 de agosto último, dispuso la cesantía de Quiroga, y en el caso de Videla se declaró abstracta la acción por cuanto ya se extinguió la relación laboral con el Estado.

Ambos admitieron en sede judicial «que durante su guardia de enfermería en el Hospital Dr. Enrique Fidanza, de Diamante, sometieron a un tratamiento cruel e ilegítimo, a una persona absolutamente vulnerable que estaba bajo su cuidado, contrariando no solo los protocolos respectivos, sino el orden jurídico en su totalidad, violando, los más elementales principios fundamentales de respeto a la integridad física, y fundamentalmente a la dignidad de la persona humana».

Además, subraya el decreto que «una tarea tan sensible, como la que desempeñaban los encartados, requiere no solo de capacitación, sino también de empatía y respeto, por aquel que depende completamente de los que están a su cargo. La realización de los personas con padecimientos mentales pasa por el respeto a su libertad, su dignidad ya su persona, por reconocernos en el otro, y, en ellos, por reconocerlos como tales; derechos que surgen de nuestro Ordenamiento Jurídico todo, y de los cuales, el Estado es garante».

Dice también que «la condena a ambos agentes estatales, por los hechos descriptos, afecta directamente la legitimidad y credibilidad de la Administración frente a la comunidad toda».

Videla, imputado por el delito de vejaciones y lesiones leves en concurso ideal, fue condenado a la pena de 2 años de prisión de cumplimiento condicional con más la accesorias de 4  años de inhabilitación especial para hacer guardias de enfermería; mientras, Quiroga fue imputado por el delito de vejaciones y lesiones leves en concurso ideal, y condenado a 1 año y 6 meses de prisión de ejecución condicional, con más la accesorias de 3 años de inhabilitación especial para trabajar en el Hospital Dr. Enrique Fidanza” de Diamante».

Ambos trabajadores aceptaron su responsabilidad en el hecho que se les atribuyera en la causa penal, esto es: “En ocasión de desempeñarse como enfermero en el Hospital Fidanza, haber propinado golpes al Sr. L.H.M., provocándole lesiones consistentes en hematoma de párpado inferior y pómulo izquierdo, hematoma alargado en la parte inferior izquierda, por debajo de la tetilla izquierda, además de haberlo mantenido atado con las manos hacia arriba, contrariando los protocolos médicos, generándole un padecimiento innecesario».

«El fallo es claro y contundente -dice el decreto que dispone la cesantía del enfermero-, detallando los elementos probatorios que llevaron al Juez de Garantías a la decisión condenatoria, a la cual se arribó, mediante un procedimiento al que los encartados accedieron
voluntariamente, contando con todas las garantías constitucionales, y, cuyas consecuencias resultan incuestionables en el presente».

El 1° de diciembre de 2017, a través del decreto N° 3.976, se había dispuesto una instrucción sumaria, que concluyó en 2021 con la decisión del enfermero.

 

 

 

De la Redacción de Entre Ríos Ahora