La Comisión de Asuntos Constitucionales y Juicio Político de la Cámara de Diputados desetimó el pedido de juicio al Procurador General Jorge Amílcar Luciano García, denunciado por mal desempeño en la causa de los contratos truchos en la Legislatura por los abogados Rubén Pagliotto y Guillermo Muleto.
El argumento es que la denuncia no siguió las vías constitucionales. El artículo 139° de la Constitución de Entre Ríos señala: «La acusación de los funcionarios sujetos a juicio político, será formulada ante la Cámara de Diputados, por cualesquiera de sus miembros o por cualquier particular».
En este caso, no fue hecha en la Legislatura sino qu se presentó ante el Jurado de Enjuiciamiento. Es por eso que el dictamen de la Comisión de Juicio Político de Diputados dispuso remitir a archivo el expediente por falta de requisitos formales
La presentación de Pagliotto y Mulet, en realidad, se hizo ante el Juado de Enjuiciamiento, que sí decidió abrir causa por esa misma denuncia a la Procuradora Adjunta y Fiscal Anticorrupción, Cecilia Goyeneche, a quien suspendió en el cargo por el tiempo que dure el proceso. Además, resolvió apartar a todo el Ministerio Público Fiscal como órgano acusador en el jury.
En una resolución que se conoció el último 30 de noviembre, el Jurado de Enjuiciameinto declaró su «incompetencia» para dar trámite a la denuncia contra el Procurador General «y remitir copia certificada de las presentes actuaciones a la Cámara de Diputados, a sus efectos».
A finales de julio último, Pagliotto y Mulet presentaron un escrito de 100 páginas en el qe desarrollaron sus cargos contra el Procurador y la Procuradora Adjunta, a quienes reprochan mal desempeño, incumplimiento de deberes funcionales y graves desórdenes de conducta, lo que también podría llegar a constituir, eventualmente, conductas tipificadas en el Código Penal, lo cual abriría la posibilidad de iniciar una Investigación Penal Preparatoria a ambos altos funcionarios.
A Goyeneche le endilgaron su participación en la causa Contratos en la Legislatura, siendo a la vez socia de uno de los investigados. «Concretamente se acusa a la Dra. Cecilia Andrea Goyeneche por las causales previstas en el art. 15º inc. 6 y 9 de la Ley Nº 9283 y al Dr. Jorge Amílcar Luciano García de estar encuadrado en la causal del art. 15º inc. 4° y 9° de la citada ley -falta de vigilancia del movimiento general de la causa a cargo de su subalterna, y de no ejercer los inexcusables deberes a su cargo al no apartarla para que continuara con la investigación» de la causa Contratos, expediente «del cual objetivamente surgía que tenía intereses y como se desarrolla más abajo en este memorial, comportamiento omisivo que también encuadra en mal desempeño en sus funciones, a tenor del inc. 9 del art. 15º de la ley de enjuiciamiento».
Jury: el descargo de García y la chicana con el pijama de Boudou
En su respuesta a las acusaciones, García planteó dos cuestiones: en primer lugar, sostuvo que no es competencia del Jurado remover al Procurador, sino que el procedimiento adecuado es el Juicio Político a través de la Cámara de Senadores y Diputados; en segundo término, solicitó se rechace in limine (sin siquiera analizar) la denuncia, por no contener argumento serios y estar plagada de inexactitudes.
Pero cuando ya la suerte estaba echada y había trascendido la resolución del Jurado de Enjuiciamiento, el Procuador General decidió recusar a 4 de los 7 integrantes.
«Nos vemos entonces en la triste necesidad pero a la vez en el deber positivo de nuestro rol Constitucional y legal indelegable de Recusar a los vocales del Jury, Dres. Carubia, Mizawak, Carbonell y Rondoni por pérdida grosera de la imparcialidad, al quedar incursos en probable delito penal que revela un manifiesto interés en el resultado perjudicial hacia la Sra. Fiscal Anticorrupción Dra. Goyeneche, en lo que configura casi un prejuzgamiento», dijo en su presentación.
De ahí que el proceso a Goyeneche, decisión que no está firme, tiene un final abierto.
Foto: Gentileza Análisis Digital
De la Redacciónd de Entre Ríos Ahora