La Justicia de Gualeguay condenó a un hombre a seis años de cárcel por la violencia que ejerció sobre su expareja, madre del pequeño hijo de ambos, de 9 años, quien, producto del deterioro de su salud psíquica derivada del maltrato que sufría, se suicidó. Se trata de Omar David Romero, hallado «penalmente responsable de la comisión de los delitos de amenazas coactivas, en concurso real con violación de domicilio y desobediencia, resistencia a la autoridad, lesiones graves calificadas por haber ocurrido en un contexto de violencia de género y amenazas coactivas”.

El fallo, que firmaron los jueces Dardo Tórtul, Darío Crespo y Javier Cadenas, destaca que «evidentemente, el accionar del incurso pone en marcha un riesgo, en virtud de sus malos tratos dirigidos a la persona de MES (las iniciales de la víctima, cuyo identidad se preserva, NdelR), de manera habitual y con permanencia en el tiempo, que se materializan en un deterioro permanente de la salud mental a nivel psicológico de la víctima, tal cual lo remarcara la señora fiscal (María Delia Ramírez Carponi), lo cual el agente agresor pudo representarse ciertamente. En segundo lugar, se materializan también en un hecho que escapa a la esfera de representación de Romero, pero que es fruto de ese accionar, que es el deceso de MES, provocado por su propia mano y, que resulta una situación imprevisible aún para sus allegados».

Y agrega el adelanto de sentencia del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguay que se conoció este último viernes: «Por lo tanto, esta actividad del sujeto imputado de autos, desestabiliza la psiquis de la víctima, pero no de una manera transitoria en días y horas, sino que fue un maltrato basado en denostaciones personales a la víctima  y en menor medida golpes,  que se prolongó en el tiempo de una manera importante y, aún cuando fuera reversible a través de un tratamiento psicológico continuo, esa disminución en sus capacidades decisorias, esa situación estresante, como decíamos poseía una  dolorosa prolongación».

El adelanto de sentencia -los fundamentos se conocerán el 29 de marzo- observa que “como primera conclusión podemos señalar que no era un secreto que Omar David Romero fuera un agresor en materia de género”. Luego, apunta: “De allí el estado de vulnerabilidad extrema que padecía MES, quien no contaba con familia propia en la ciudad – salvo su pequeño hijo – viviendo incluso en un predio que se correspondía con la familia de Romero”. Añade también que la víctima “vivía sometida en un clima de violencia”.

El juicio se desarrolló entre el martes 8 y el jueves 10 de este mes.

El proceso concluyó el jueves 10 con un gravísimo pedido de condena formulado por los fiscales María Delia Ramírez Carpone y Gamal Taleb: 9 años de cárcel para Romero. Al final, el tribunal le aplicó 6 años y no atendió la petición fiscal de enviar a Romero a la cárcel con prisión preventiva: se lo mantendrá con arresto domiciliario hasta que la sentencia adquiera firmeza.

La víctima fue su expareja y madre del hijo de ambos, de 9 años, MES, quien se suicidó la mañana del 3 de abril de 2021. La tesis de Fiscalía es que ese fatal desenlace fue consecuencia de la violencia y el hostigamiento al que fue sometida por Romero luego de la separación. La psicóloga Gisela González Fara declaró en el juicio y realizó una «autopsia psicólogica» de la víctima y contó que todo el maltrato sufrido le produjo un síndrome de «estrés postraumático», que el hijo de 9 años actuaba en defensa de su madre toda vez que su padre la agredía, que era quien llamaba al 911, que la acompañaba a las clases de kick boxing, donde aprendió a defenderse de los golpes.

MES había tenido una vida estragada por la violencia y los abusos: fue víctima de trata, estuvos en varios prostíbulos y cuando logró salir de esa red se asentó en Gualeguay y formó pareja y tuvo hijo. Pero no soportó la violencia de su pareja: se separó y denunció los golpes.

El 18 de noviembre de 2019 la Justicia de Familia de Gualeguay le impuso a Romero restricciones ante una denuncia de MES por violencia de género: por un plazo de 90 días le prohibieron acercarse a su expareja y «producir cualquier tipo de actos molestos o perturbadores de naturaleza amenazante o violenta, telefónica verbal o física o mediante las redes sociales (whatsapp, Facebook, messenger, etc) ya sea por sí o por interpósita persona».

No acató esa restricción judicial. El 1° de diciembre el hombre «aprovechó el ingreso de su hijo menor a la finca para entrar a la misma sin autorización. En dicha secuencia, inició una discusión con MES, diciéndole que ella lo quería dejar para luego intentar autolesionarse con un cuchillo». Alertada, la Policía se hizo presente en el lugar, pero el hombre, lejos de allanarse ante la fuerza, salió en fuga. Un patrullero siguió su vehículo y le indicó la voz de «Alto», pero hizo caso omiso. Amagó detenerse, y cuando vio que los policías hacían lo mismo, salió raudamente del lugar. Fue detenido finalmente en su casa.

Esa vez, cuando su expareja invadió su casa, MES no había podido activar el botón antipánico por cuanto le había quitado el celular y se lo había escondido.

Por esos hechos, el hombre cargó con varias imputaciones: desobediencia judicial, violación de domicilio y resistencia a la autoridad.

Pero nada de todo eso bastó para detener su acoso costante a MES. La rodeó de tal manera, la agobió con tan malos modos que llegó a quebrantar su salud psíquica y eso la llevó al suicidio en abril de 2021.

El juicio se desarrolló en Gualeguay con la vícitma de violencia muerta.

 

El tribunal, conformado por los jueces Darío Tortul, Darío Ernesto Crespo y Roberto Javier Cadenas, escuchó el relato de los testigos de Fiscalía y los argumentos de la defensa, a cargo del abogado Rubén Gallardo.

En el proceso, hubo un dato que llamó la atención: el nombre del jugador de fútbol Lisandro Martínez, oriundo de Gualeguay, que se formó en los clubes locales Urquiza y Libertad, que a los 14 años se fue a Newell´s, después pasó por Defensa y Justicia para ahora brillar en el Ajax de Holanda, y también fomar parte de la Selección de Lionel Scaloni.

El acusado Romero es primo del futbolista.  La novia y la madre de Lisandro Martínez estaba previsto que declarasen en el juicio, que se desarrolló entre martes y jueves.

La mamá del jugador, Silvina Cabrera, tía de Romero, según fuentes de la Justicia, modificó su declaración y ello derivará en la apertura de una causa por el supuesto delito de falso testimonio, promovida por el Ministerio Público Fiscal.  La mujer había sido convocada para que cuente sobre el conocimiento que tenía del día del deceso de MES , así como también sobre las horas previas al suicidio «y sobre el conocimiento que tenga de las discusiones de las que tenía conocimiento».

La novia de Martínez, Muriel López Benítez, que había denunciado a Romero en forma pública, no pudo declarar en el juicio. Lo iba a hacer de modo remoto, el miércoles 9, desde Holanda, pero al final adujo problemas de salud y no fue parte del proceso.  Había sido citada por Fiscalía como testigo «en relación al conocimiento que tenga de los malos tratos que sufría MES de parte de su expareja, así como también de las circunstancias en que MES estaba tiempo antes de su deceso. Reconocerá las capturas de conversaciones mantenidas con MES en febrero de 2021, en las cuales MES le relata los golpes, maltratos y culpabilizaciones que sufría a manos de Romero», según se lee en la remisión de la causa a juicio.

La cercanía entre los Romero y los Martínez no es sólo familiar: en Gualeguay viven en la misma cuadra. «Hubo toda una movida para cubrirlo a Romero», señalaron fuentes del caso.

 

Violencia, suicidio y un juicio que salpicó al futbolista Lisandro Martínez

El suicidio de MES no concluyó con las andanzas de Romero.

Después del suicidio de MES, su expareja acumuló más incriminaciones. El 17 de septiembre de 2021, cinco meses después del desenlace fatal, amenazó a una testigo que declaró en su contra en el juicio. Al encontrársela, «bajó el vidrio del lado del chofer y la amenazó al extender el dedo índice y pulgar con la mano izquierda, simulando tener un arma de fuego, señalándola como si le disparara», dice el escrito judicial.

El 21 de septiembre se encontró con un testigo hombre, y también lo amenazó. «Mirá, vos declaraste en contra mía, si no cambiás la declaración a tu mujer le va a pasar lo mismo que le pasó a la mía, vos ya sabés cómo me manejo».

El juicio, aunque concluyó con una pena menor para el agresor -6 años en vez de 9, como había requerido Fiscalía- supone un quiebre en el juzgamiento de este tipo de hechos, con un agravamiento en las penas deducido de la tesis de Fiscalía que el tribunal de Gualeguay atendió: el suicidio de la víctima fue consecuencia directa de la violencia de género ejercida por su expareja.

 

 

 

 

De la Redacción de Entre Ríos Ahora