La Justicia dipuso subastar el vehículo de un hombre que se rehusó a pagar la cuota alimentaria. La medida fue dispuesta por el juez de Familia y Penal de Niños y Adolescentes de Colón, Dante Abel Command, que resolvió subastarle al automóvil a un hombre que no cumplió con el pago de la cuota alimentaria acordada oportunamente.
El proceso tiene como antecedente un trámite de divorcio en el marco del cual, mediante una sentencia decretada en audiencia el 7 de mayo del año pasado, se resolvió no sólo la separación y la extinción de la comunidad de bienes, sino también la fijación de alimentos en favor del hijo menor de edad a ser satisfechos por su padre.
El importe fue fijado por consenso entre las partes y se estableció en una suma equivalente al 30 por ciento del salario mínimo vital y móvil. Además se dispuso que su depósito debía concretarse del 1 al 10 de cada mes en una cuenta judicial abierta a tal fin.
Ante el incumplimiento del acuerdo arribado y homologado en dicho proceso de divorcio, la madre solicitó su ejecución con debido patrocinio letrado. Cumplidos los pasos procesales de rigor, el juez Command ordenó secuestrar el auto marca Ford Explorer, cuyo embargo se solicitó en la demanda, designando un depositario judicial para su debido resguardo.
El vehículo, que se subastará el 13 de junio próximo, es Ford; Modelo 099-Explorer XLT; Tipo 10-Todo Terreno; Motor Marca Ford; Nº D15914; Chasis Marca Ford; Nº 1FMDU34X6VUD15914; que pertenee al padre que incumplió con la cuota alimentaria, Hugo Fernando Massari Pérez.
La subasta, que será electrónica, saldrá con una base de $42.000.
El magistrado dispuso la subasta electrónica a través de la plataforma habilitada en la página web del Poder Judicial de Entre Ríos https://subastas.jusentrerios.gob.ar/product/er/466/ford-explorer-xlt/

El juez de Familia y Penal de Niños y Adolescentes de Colón, Dante Abel Command.
El juez que dictó la resolución es el mismo magistrado que defiende el sistema de oralidad en el fuero Civil y de Familia de modo de dar respuesta más rápida a las personas. “Hoy tenemos la tecnología y el sistema de video registración que permite dictar una sentencia oral y darle a la gente la respuesta judicial en la cara y a los abogados hacer sus apelaciones y alegatos en forma oral”, explicó en una entrevista que publicó El Entre Ríos.
“Todo se simplifica de manera tal que permite agilizar los tiempos y, en definitiva, cumplir con el artículo 65º de la Constitución provincial, que es dar una tutela judicial efectiva”. Ello, según el magistrado, tiene que ver con “la paz social”, porque al dictar una sentencia “lo que uno busca es resolver un conflicto, no terminar un caso”. Luego, agregó: “Muchas veces, a través de una resolución escrita, terminás dando en 20 páginas una sentencia hermosa, con una cantidad de palabras y un montón de doctrina y jurisprudencia que el común de la gente no llega a comprender. Es decir, no tiene la inmediatez que un juez te explique lo que está resolviendo, cara a cara”.
Lo que se busca es “una sentencia hablada y explicada”, que “obliga al juez a dar la cara”, con un lenguaje “sencillo” y “entendible”, “sin latinazgos”: “En la misma audiencia, hago el cálculo de los honorarios de los abogados y ellos a su vez hasta pueden apelar en forma oral, enviando posteriormente los fundamentos por escrito, dándoles tiempo de elaborar su estrategia”.
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De la Redacción de Entre Ríos Ahora