Facundo Méndez es un joven de La Paz que recientemente fue alojado en la Unidad Penal N° 5 de Victoria luego de que quedara firme una sentencia en su contra por homicidio simple, en grado de coautor. Su encarcelamiento fue el final de una historia judicial que comenzó en julio de 2018 y culminó a mediados de mayo de este año cuando la Cámara de Casación Penal de Paraná puso fin a una discusión judicial sobre el monto y modalidad de la pena que debía cumplir, pues había cometido el delito cuando tenía 16 años.
El expediente judicial refiere que el 28 de julio de 2018, cerca de las 21,30, Roberto Carlos Cejas y Facundo Méndez sorprendieron a Orlando Senesio Segovia en inmediaciones de calles Ambrosetti y Los Pinos, de la localidad de La Paz. Lo abordaron, lo derribaron y sometieron a patadas en el cuerpo y cabeza. El hombre no pudo defenderse, por lo que recibió severas lesiones. Tras el aviso de los vecinos, la víctima fue trasladada al Hospital 9 de Julio local y, de allí, derivado al Hospital San Martín de Paraná, donde se lo sometió a una neurocirugía y estuvo casi un mes intubado y con respiración mecánica asistida. El 23 de agosto falleció como consecuencia de la lesión cerebral y tronco encefálico.
La investigación penal preparatoria estuvo a cargo del entonces fiscal Santiago Alfieri, quien logró determinar a los responsables de la golpiza mediante el testimonio de vecinos que vieron la secuencia.
Dos testigos señalaron que vieron a Segovia tomando cerveza en un kiosco de las inmediaciones, y que cuando salió se encontró con los futuros agresores: Cejas y Méndez. Al salir, según los testigos, ambos “le pidieron para una cerveza y él les dijo que había dejado adentro del kiosco”. Ante la negativa, lo siguieron hasta alcanzarlo una cuadra más adelante donde lo golpearon.
Los responsables fueron detenidos y, tras el fallecimiento de Segovia, aceptaron un juicio abreviado en el que recibieron penas de prisión efectiva.
Ante el Equipo Interdisciplinario del Fuero de Familia y Menores de La Paz, Méndez sostuvo que fue «un error grande que cometió» y que no sabía en «qué estaba pensando» cuando golpeó brutalmente a Segovia. También, aseguró que recapacitó respecto de lo sucedido.
El abreviado
El 29 de octubre de 2018, la entonces jueza del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná con asiento en La Paz, Cristina Lía Van Dembroucke, homologó el acuerdo alcanzado entre el fiscal, el defensor oficial de Cejas, quien entonces tenía 25 años; el representante del Ministerio Pupilar, en representación del entonces adolescente Méndez, que en septiembre había cumplido 17 años; y la conformidad de los familiares de la víctima.
Cejas fue condenado a 14 años de cárcel efectiva por el delito de coautor y responsable del homicidio de Segovia; y se le acumuló el delito de homicidio simple en grado de tentativa por haber atacado con un arma de fuego a un hombre el 8 de noviembre de 2016.
Según registró Entre Ríos Ahora, Méndez fue condenado por el mismo delito, pero aceptó 12 años tras las rejas. No obstante, la jueza estableció que el fallo sea enviado al Juzgado de Familia, Niños y Adolescentes y Penal de Menores, a cargo del juez Raúl Damir Flores, para que realice lo que se denomina “integración de sentencia”, en el que el magistrado debe aplicar la pena que considere adecuada teniendo en cuenta los derechos que le asisten a las personas que delinquen antes de cumplir los 18 años, según el ordenamiento interno.
La Ley 22.278, de Régimen Penal de Minoridad, en su artículo 4°, establece que la imposición de pena respecto del adolescente estará supeditada a los siguientes requisitos: que previamente haya sido declarada su responsabilidad penal y la civil si correspondiere, conforme a las normas procesales; que haya cumplido 18 años de edad; y que haya sido sometido a un período de tratamiento tutelar no inferior a un (1) año, prorrogable en caso necesario hasta la mayoría de edad.
Así las cosas, Méndez quedó bajo una libertad vigilada: estuvo obligado a residir con sus abuelos en un paraje rural del departamento La Paz, retomar la escolaridad secundaria e iniciar un tratamiento psicológico, así como realizar actividades deportivas o recreativas, todo bajo supervisión de profesionales del Consejo Provincial del Niño, el Adolescente y la Familia (Copnaf).
Tres años de discusión judicial
El 18 de agosto de 2020, el juez de Familia de La Paz le aplicó la pena de 5 años y 4 meses de prisión efectiva. La resolución fue cuestionada por los defensores oficiales de Méndez –Fernando Báez en La Paz y Luis Pedemonte, en instancia de Casación- quienes apelaron ante la Cámara de Casación Penal de Paraná. Esa discusión judicial insumió tres años hasta que llegó a una conclusión.
El 23 de marzo de este año el Tribunal revisor rechazó el recurso y el defensor oficial interpuso un recurso extraordinario para llegar a la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia.
Al fundar el recurso, Pedemonte sostuvo que Casación efectuó “una valoración sin observar suficientemente el principio de mínima intervención penal que exige la normativa internacional en relación a los jóvenes que entran en conflicto con la ley penal, priorizando especialmente la necesidad de resocialización”.
Planteó además que “algunos aspectos del caso no fueron debidamente ponderados; y entendió que un profundo análisis de los mismos (puntualmente: la impulsividad del joven, su vulnerabilidad, un posible consumo problemático, y los efectos adversos de la pena corta privativa de libertad), conduciría a la absolución de Mendez, por innecesariedad de pena o en su caso a imponer un monto punitivo que posibilite una condena de ejecución condicional y que permita continuar en el medio libre pero condicionado al cumplimiento de las medidas de prueba adaptadas a las particularidades del joven».
Facundo Méndez, confirman c… by Entre Ríos Ahora
Sobre la pena impuesta por el juez Flores, sostuvo que “la efectividad que conlleva una pena de 5 años y 4 meses de prisión no hará más que generar un retroceso contrario al fin resocializador de la pena, y a la medida del reproche respecto de un joven que entró en conflicto con la ley penal, dado que este, objetivamente, viene dando muestras de la internalización de los efectos conductuales del abordaje tutelar”.
El 13 de mayo de este año, los jueces de Casación Marcela Davite, Marcela Badano y Hugo Perotti rechazaron el recurso que abría la vía para que el expediente llegue a la Sala Penal del STJ y confirmaron la pena impuesta al joven. “Afirma que ni en la sentencia de grado ni en la sentencia de esta Cámara, se atendió al principio de mínima intervención punitiva del Estado, ni se priorizó la resocialización de Méndez; sin embargo, de la simple lectura de la misma cita referida, se advierte que ello fue considerado, justamente al ponderar la necesidad de pena a aplicar al joven -sobre lo que transitó, atento a tratarse de una integración de sentencia a un menor en conflicto con la ley, casi la totalidad de la argumentación desplegada-“, esgrimieron.
La sentencia quedó firme puesto que los defensores estatales desistieron de apelar y por ello el viernes 26 de mayo la Policía de Entre Ríos cumplió con la orden judicial de detención de Méndez. El joven, ahora con 21 años, fue alojado en la Unidad Penal de Victoria donde cumplirá la pena impuesta.
Gonzalo Núñez
De la Redacción de Entre Ríos Ahora.