Un año después de interpuesta una demanda contra una cooperativa de electricidad entrerriana, una jueza que buscó apartarse de la causa finalmente comenzó a analizar el expediente para dictar su sentencia.
Se trata de la jueza de Primera Instancia en los Civil y Comercial de La Paz N° 2, Silvia Vega. La magistrada interviene en la demanda que interpuso en febrero de 2021 el Centro de Orientación, Defensa y Educación del Consumidor (Codec), asociación sin fines de lucro que vela por el derecho de los consumidores.
La demandada es la Cooperativa de Electricidad y otros Servicios Públicos La Paz Ltda, que tiene más de 10 mil usuarios, repartidos entre las ciudades de La Paz, San Gustavo, El Solar, Estacas, Paso Telégrafo, Tacuaras. Ombú, Yeso y Alcaraz.
Codec denuncia que los usuarios del servicio eléctrico del departamento La Paz se enfrentan a una situación peculiar: en la factura de consumo de energía eléctrica la empresa proveedora le agrega la cuota por ser asociado de la entidad.
“A toda factura que tiene que ver con servicios públicos no se le puede agregar un adicional. Cuando la Cooperativa hace el contrato de concesión con Provincia, en el contrato se establece que no puede cobrar su cuota en la misma boleta”, explicó semanas atrás a Entre Ríos Ahora la abogada Mariela Panceri, de Codec.
La jueza que quiso apartarse de una causa por ser usuaria de la luz
En una primera instancia, la magistrada de La Paz se excusó de intervenir porque consideró que al ser usuaria de la red de energía eléctrica se veía afectada su imparcialidad. El asunto llegó hasta la Cámara Civil y Comercial de Paraná que el 4 de marzo de este año desestimó su excusación.
La Cámara fundamentó que «es difícil garantizar esto (NdelaR: la imparcialidad) cuando las cuestiones que se debaten involucran a la sociedad en su conjunto o a un importante sector de ella». «Existirán casos colectivos en los que ningún integrante de la comunidad será completamente ajeno a la cuestión debatida», agregó.
Así las cosas, resolvió que la jueza se haga cargo del expediente y dicte sentencia. Ahora, la jueza de La Paz dio a conocer un edicto en el que informó a los usuarios asociados de la Cooperativa de Electricidad y otros Servicios Públicos La Paz Ltda, residenciales, urbanos, suburbano y rurales, de la demanda y que se apresta a dar su resolución.
En el escrito, puso al tanto de la situación a los usuarios: «En fecha 05/02/2021 se inició ante este Juzgado y Secretaría con domicilio en calles Saenz Peña y San Martín 1º piso de la ciudad de La Paz, Provincia de Entre Ríos, un proceso en contra de la citada cooperativa y que tiene por objeto lograr que se ordene a la demandada adecuar su facturación a lo normado por Resolución N° 209/97 dictada por el Ente Provincial Regulador de la Energía (EPRE), permitiendo el pago por separado de los importes pertenecientes al concepto ‘aporte de capital’, a la vez que se la condene a abonar una multa civil homogénea de conformidad a lo normado en el art. 52 bis de la Ley de Defensa al Consumidor».
Una cooperativa eléctrica enfrenta una demanda por doble cobro
Asimismo, hizo saber que «la sentencia que se dicte en la presente acción colectiva, en caso que haga lugar a la pretensión, alcanzará a todos los consumidores o usuarios que se encuentren en similares condiciones, sin necesidad de comparecer a estas actuaciones, excepto de aquellos que manifiesten su voluntad en contrario».
Finalmente, explicó que «los usuarios o consumidores que no deseen quedar alcanzado por la sentencia a dictarse en esta acción colectiva, deberán manifestarlo expresamente en el expediente en el plazo de diez días hábiles, contados desde la última publicación de todas las que se ordenaron en resolución de fecha 19/04/2022 y 05/05/2022 (conf. Art. 54 Ley 24.240, segundo párrafo), lo cual podrá ser realizado manifestando tal decisión directamente por correo electrónico a la siguiente dirección: [email protected], consignándose como asunto: Manifiesto desinterés expediente N° 6575 y remitiendo copia del D.N.I del asociado que interesa ser excluido y copia de la última factura de la CELP o también mediante escrito electrónico ingresado al expediente digital con patrocinio de letrado, cumpliendo los recaudos antedichos de acompañar copia de DNI y de última factura de consumo eléctrico».
De la Redacción de Entre Ríos Ahora.