La Justicia hizo lugar parcialmente a un amparo ambiental presentado por organizaciones ecologistas contra una resolución oficial que habilitó la caza de especies nativas.

El planteo judicial fue presentado a principios de junio por el Centro para el Estudio y Defensa de las Aves Silvestres (Ceydas), el Foro Ecologista de Paraná, Conciencia Animal, el Club de Amigos de las Aves Silvestres de Entre Ríos (Caaser) y la Asociación Civil por la Justicia Ambiental (AJAM) con el objetivo frenar la autorización para la caza de especies nativas en el territorio provincial.

La medida se efectuó ante la negativa oficial frente a los pedidos para que se derogue la resolución Nº 1.099 de la Dirección de Recursos Naturales de Entre Ríos que permite abatir animales tales como perdiz chica, pato picazo, pato sirirí pampa, pato sirirí colorado y pato capuchino.  El planteo apuntó a que se derogue la polémica resolución de la Dirección de Recursos Naturales Nº 1099/22 “que dio vía libre a la caza de cinco especies autóctonas”.

Este jueves, el vocal de la Sala Tercera de la Cámara Segunda en lo Civil y Comercial, Andrés Manuel Marfil, resolvió admitir parcialmente la demanda presentada contra el Gobierno provincial, y anular la resolución 1099/22, del 11 de mayo pasado, dictado por  la Dirección de Recursos Naturales de la Provincia de Entre Ríos, que habilitaba  la caza de las especies autóctonas pato picazo (Netta peposaca), pato sirirí pampa (Dendrocygna viduata), pato sirirí colorado (Dendrocygna bicolor), pato capuchino (Anas versicolor) y perdiz chica (Nothura maculosa).

Avanza un amparo para frenar la habilitación oficial de la caza de especies nativas

 

El magistrado también resolvió anular el artículo 3 de la norma del Ejecutivo por falta de estudios y razones que lo justifiquen incurriendo conforme se expresa en los considerandos en ilegalidad al contraponerse con las Ley Provincial N°4841 y las Nacionales N° 22421 y N°25675, e inconstitucionalidad e inconvencionalidad en tanto contraviene la Constitución Nacional -art.41- y Provincial -art.22- y las Convenciones y Acuerdo Internacionales (Ramsar, Bonn y Río, Escazú).

De esta forma el magistrado dispuso que quede prohibida por este año en toda la provincia de Entre Ríos la actividad cinegética en relación a estas especies.

Por otra parte, rechazó las demás pretensiones de los actores, en relación a que se declare a las especies animales involucradas como sujetos de derecho. Marfil aclaró que son solo seres susceptibles de protección y que el nivel de protección varía en función de cada especie.

También se rechazó la demanda en relación a la liebre, la que por tratarse de una especie exótica introducida con fines cinegéticos se consideró que resultaba legal la habilitación de su caza, al no contar con un marco supra legal que la proteja por no ser parte de la biodiversidad nativa y no generar daño ambiental su captura.

Tampoco se hizo lugar al pedido que se realicen estudios futuros en relación a los patos y perdices dado que,  ello importaría avanzar sobre las facultades del Poder Ejecutivo y Legislativo que son quienes deben llevar adelante la política ambiental y deben definir primero si los van a realizar o no,  sin ellos la habilitación de una nueva temporada no se podrá llevar a cabo en relación a las especies nativas antes mencionadas, y en el supuesto de realizarlas deberán definir como se realizarán  esto es, si los eventuales monitoreos y conclusiones se harán solo en el marco provincial, o conjuntamente con otras provincias y la Nación; y esas son facultades exclusivas del poder político.

 

 

Amparo Especies Autoctonas by Entre Ríos Ahora

 

De la Redacción de Entre Ríos Ahora