La Justicia de Entre Ríos aprobó un nuevo régimen de licencias para el personal del Poder Judicial, e incorporó la posibilidad de que los cónyuges puedan gozar de licencia por paternidad por un plazo de 10 días; en tanto, será de 15 días cuando se trata de nacimientos múltiples.
Además, incorpora la licencia por violencia de género para la mujer, de 20 días en el año. E incorpora la licencia por “matrimonio o unión convivencial registrada”: se trata de una licencia extraordinaria de hasta 15 días con motivo de la celebración de su matrimonio o de la inscripción de la unión convivencial.
En ese nuevo regimen que ahora aplica la Justicia, se destacan la ampliación de las licencias por embarazo, maternidad, nacimiento y adopción. También se incorporó la licencia por violencia de género entre otros cambios que actualizan el Reglamento. Las distintas medidas incorporadas “ponen al Poder Judicial entrerriano a la vanguardia de las instituciones que materializan medidas que incorporan efectivamente la perspectiva de género”, según destacaron desde la Justicia.

En reunión de acuerdo general Nº 36/16, desarrollada el día 5 de este mes, el Superior Tribunal de Justicia aprobó el nuevo Régimen de Licencias del Poder Judicial de Entre Ríos que entrará en vigencia en el mes de enero de 2017.
Para la confección de este Régimen de Licencias el alto cuerpo analizó la propuesta de modificación elaborada por la Oficina de la Mujer (OM) del Centro Judicial de Género “Carmen Argibay” de STJ con miras a alcanzar la Igualdad de Género en el Poder Judicial de Entre Ríos.
La OM lleva adelante un proceso de incorporación de la perspectiva de género en la planificación institucional de modo de alcanzar la equidad. Identificar las necesidades y deficiencias que existen en esta materia, especialmente vinculada a la mujer, y proponer alternativas a estas necesidades constituye un importante avance para cumplir adecuadamente con los compromisos internacionales en cuestiones de género.
El Régimen amplía las licencias por maternidad a 150 días, anteriormente el período era de 90 días, y de 180 para los casos de embarazos múltiples. Además prevé la posibilidad de licencia suplementaria para el caso de nacimiento de hijos con discapacidad. Los cónyuges tendrán derecho a una licencia de 10 días por nacimiento y de 15 días en el caso de nacimientos múltiples o con discapacidad.
Durante la lactancia se contempla que la madre disminuya su jornada de trabajo en una hora por día por un plazo de seis meses a partir de su reintegro a las tareas, asimismo, y por igual plazo, gozará del uso del “Espacio de Lactancia”.
El nuevo régimen incluye a los solicitantes de adopción, que gozarán de las mismas licencias previstas para maternidad, computables desde el momento en que se haga efectiva la guarda con fines adoptivos.
También se incorporó una licencia de hasta 20 días para la agente judicial víctima de Violencia de Género, plazo que podrá ser ampliado por el Superior Tribunal.
Además se incorporaron licencias específicas para el cuidado de familiares enfermos, independientes de las licencias personales.
Estas medidas, entre otras, actualizan el Régimen de Licencias a las necesidades actuales de sus agentes y ubican al Poder Judicial entrerriano a la vanguardia de las instituciones que materializan medidas que incorporan efectivamente la perspectiva de género.

De la Redacción de Entre Ríos Ahora.