El Arzobispado de Paraná anunció que entablará una demanda en el fuero civi y comercial para recuperar la posesión del edificio que albergó al exAsilo San Antonio, en Paraguay e Italia, al lado de la parroquia Nuestra Señora de la Piedad, luego de que el Ministerio Público Fiscal desecharara una denuncia penal por usurpación que había sido presentada el viernes 12.
Esa propiedad, que estuvo en manos de la congregación Hermanas Franciscanas Terciarias de la Caridad -que ya no tienben actividad en Paraná- fue transferida por las religiosas en 2021 al médico odontólogo Jorge Claudio Sapetti, que a principiosa de mes tomó posesión del inmueble y generó la inmediata reacción de la curia.
Luego de la mala nueva que se conoció este lunes cuando el Ministerio Público Fiscal desestimó la denuncia penal, la curia distribuyó un comunicado en el que dice: «Ante el grave perjuicio que sigue sufriendo la Parroquia Nuestra Señora de la Piedad y su feligresía, privada del bien inmueble y de todo el mobiliario, y para proteger los derechos de todos los ciudadanos paranaenses respecto de un inmueble declarado de interés municipal por su alto valor histórico, resulta imperioso continuar con las acciones legales ante la Justicia Civil y Comercial, y ante los Tribunales Eclesiásticos competentes».
El vienres, y con la asesoral legal del abogado Mario Martínez, el arzobispo de Paraná, Juan Alberto Puiggari, junto a los curas de la parroquia Nuestra Señora de la Piedad, Mario Alberto Haller y Horacio Alejandro Correa, denunciaron penalmente al odontólogo Jorge Claudio Sapetti, por el delito de usurpación luego de haber tomado posesión del edificio que ocupó el Asilo San Antonio, en Paraguay e Italia, y que habría sido transferido mediante una operación inmobiliaria por la comunidad de las religiosas Franciscanas Terciarias de la Caridad.
En la presentación judicial la curia hiz0 un recorrido histórico de ese edificio que se levanta contiguo a la parroquia Nuestra Señora de la Piedad, y señaló: “En el año 1965, monseñor Adolfo Servando Tortolo crea la parroquia Nuestra Señora de la Piedad, procediendo posteriormente el Instituto Hermanas Franciscanas Terciarias de la Caridad a donar el inmueble donde se halla construido el templo”.
Entonces, se inicia un uso compartido de las instalaciones, “a través de un permiso otorgado por la congregación religiosa de las instalaciones ubicadas en el predio contiguo al templo, sito en calle Italia 396, esquina Paraguay (exAsilo San Antonio), destinado a catequesis de niños y adolescentes”. En 1971, se instala la Liga de Madres de Familia, que luego crea un centro de recreación para niños. Actualmente, en el edificio en litigio funcionan las aulas de catequesis, la Infancia Misionera, el Grupo Magnificat, Cáritas y Cielo Nuevo, un grupo de jóvenes que prepara comida que luego reparte a gente en situación de calle.
“Sin perjuicio del uso del inmueble otorgado por el Instituto Religioso a la Parroquia Nuestra Señora de la Piedad para las actividades pastorales, se vienen realizando innumerables gestiones en procura de obtener la compra del inmueble realizadas a través del Arzobispado de Paraná, el párroco de la parroquia Nuestra Señora de la Piedad y los miembros de la comunidad parroquial”, dice la denuncia judicial.
La piedra de toque de este escándalo inmobiliario que involucra a la Iglesia de Paraná ocurrió el último 14 de julio: ese día, Puiggari recibió “sorpresivamente una nota” enviada por la superiora general del Instituto Hermanas Terciarias Franciscanas de la Caridad, mediante la cual pone en conocimiento que el inmueble había sido vendido al señor Jorge Claudio Sapetti (nunca antes se había efectuado tal anuncio pese a las tratativas que se venían realizando) y solicitaba arbitren los medios para que el párroco haga entrega de las llaves”.
Asilo San Antonio: qué denunció la Iglesia, qué dijo la Justicia
La respuesta del Arzobispado a la comunidad religiosa ocurrió el 2 de este mes, cuando el vicario general de la curia, Eduardo Hugo Tanger envió una carta documento “advirtiendo la sorpresa y desaprobación de la venta, y requiriendo se informe en el plazo de 5 días si se ha dado cumplimiento con las disposiciones del Código de Derecho Canónico para la enajenación de bienes”. El día 6 de agosto, mientras el cura Horacio Correa celebraba misa, la escribana Marie Constance Berduc certificó la toma de posesión del inmueble por parte del odontólogo Sapetti.
“Al ingresar al lugar –detalla la presentación judicial- se encuentra (el cura Correa) con tres personas que se identifican como Jorge Claudio Sapetti, Adrián Pagana, cerrajero, y el doctor Cristhian Julio Panceri”. Añade que en el acta notarial que redactó la escribana Berduc “se dejó constancia que el señor Sapetti había ingresado al inmueble no por la puerta del frente sino por la puerta trasera y desde otro inmueble de titularidad de la congregación religiosa, procediendo al cambio de cerraduras y clausurando, a través de una cadena con candado, una reja que comunica el templo con el inmueble referido”.
La denuncia anticipa que la Iglesia también promoverá una demanda para reclamar “la nulidad de la venta en razón de estar configurada una enajenación en clara violación del Código de Derecho Canónico y cuya aplicación en el ámbito del derecho interno resulta obligatorio por el Concordato celebrado entre el Estado Argentino y la Santa Sede”.
Claro que la denuncia de la Iglesia contra Sapetti por el delito de usurpación no prosperó. Este lunes la fiscal María Jimena Ballesteros firmó una resolución en la que desestimó el planteo penal del Arzobispado de Paraná.
La Fiscalía constató que no se verificó el delito de usurpación por parte de Sapetti, quien aportó documentación que prueba que adquirió ese inmueble, el cual le fue vendido por la comunidad Hermanas Franciscanas Terciarias de la Caridad, que supieron tener actividad en Paraná pero que ya no: sólo queda una sola religiosa que ocupa una segunda propioedad, que comparte con la casa parroquial de Nuestrra Señora de las Piedad.
«Que analizando el caso -dice la fiscal Ballestero en su resolución-, y a los fines del juicio de adecuación corresponde subsumir el suceso denunciado en el delito de Usurpación -artículo 181 del Código Penal- figura que requiere para su configuración que el despojo ( total o parcial) de la posesión o tenencia de un inmueble se produzca por los medios enumerados taxativamente por la ley, esto es violencia, amenazas, engaño, abuso de confianza o clandestinidad». Pero esos presupuestos no se dieron en el caso del exAsilo San Miguel.
«Respecto a ello cabe concluir que por medio de las diligencias practicadas en la presente investigación, no ha podido ser acreditado que el ingreso o mantenimiento de Sapetti haya ocurrido a través alguno de las formas o medios comisivos establecidos por la ley para la figura en cuestión. Por otro lado, obra dentro de la documentación aportada por el Sr. Sapetti, autorización firmada por la Madre Superiora de la congregación, Marta Quipildor -fechada el 17 de julio del corriente- autorizando el ingreso a la propiedad al adquirente (por lo que no podría en el caso hablarse de usurpación cuando el comprador hace ingreso autorizado por el vendedor)», señala.
En su resolución, la integrante del Ministerio Público Fiscal sostiene que «del acta de constatación -que realizaron efectivos de la Comisaría Primera-, no hay elementos que acrediten tales conductas y se encuentra agregada a la presente documentación -aportada por el adquirente del inmueble- de la contratación que efectuara con las entonces dueñas de la propiedad -las Hermanas Franciscanas-. Que en caso de que el denunciante considere tener un legítimo título para oponerse a dicha contratación, deberá articularlo en el fuero respectivo, es decir, el fuero civil o en su defecto hacer la presentación que corresponda ante las autoridades eclesiásticas».
«De esta manera surge de manera evidente que el hecho anoticiado resulta penalmente atípico, consistiendo en un conflicto que tiene cauce natural de resolución por ante el fuero respectivo -civil y comercial o en su defecto como ya mencionara, en el eclesiástico- , ámbitos que de manera nítida desplazan en el presente caso al Derecho Penal, dado su carácter subsidiario propio de su naturaleza de ´última ratio´», plantea la fisc
Arzobispado Asilo San Miguel by Entre Ríos Ahora
De la Redacción de Entre Ríos Ahora