La Asociación de la Magistratura y la Función Judicial de Entre Ríos expresó a los legisladores nacionales por Entre Ríos su «preocupación» por el avance en el tratamiento en el Congreso de un apartado en el Presupuesto 2023 que, de sancionarse tal y como está, impondría la obligación a todo el Poder Judicial de tributar el Impuesto a las Ganancias del que hoy están exentos la mayoría. Sólo lo pagan quienes fueron nombrados a partir de 2017.

«Desde la Asociación de la Magistratura y la Función Judicial de Entre Ríos queremos expresarles nuestra más profunda preocupación por la propuesta de incorporación a la ley de Presupuesto para el año 2023, de una norma de carácter permanente destinada a reformar el régimen legal del impuesto a las ganancias aplicable a las remuneraciones de los integrantes del Poder Judicial por el ejercicio de sus funciones», dice la carta abierta dirigida a los legisladores nacionales que publicó la entidad que nuclea a jueces y funcionarios del Poder Judicial de la Provincia, y que preside el juez Alejandro Joel Cánepa.

Y agrega: «Dicha propuesta vuelve sobre una cuestión que ya fue debatida en el año 2016, oportunidad en la cual se fijó como política estatal la incorporación de toda la Magistratura en tal impuesto, de manera progresiva, a partir de los nombramientos que se sucedan desde el 01/01/2017 en adelante, en el entendimiento que con tal imposición no se vulnera la intangibilidad de las remuneraciones, en tanto desde el inicio, se prevé la incidencia del tributo en las mismas».

Casaretto pide que los jueces paguen Ganancias

 

Sobre el tema del pago del Impuesto a las Ganancias, la Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió, al interpretar una ley de 2016, sostuvo que todos los jueces nombrados desde 2017, con algunas excepciones, deben abonar este tributo.

Los funcionarios judiciales estaban eximidos de pagar Ganancias por un antiguo fallo de la Corte de la década del ‘30. En 1996 el Congreso sancionó la Ley 24.631, que eliminó la exención de Ganancias para los jueces. Sin embargo, pocas semanas después la Corte dictó una acordada en la que declaró inaplicable esa norma por el principio constitucional que establece que los salarios de los jueces no pueden ser disminuidos.

 

En diciembre de 2016, el Congreso sancionó la Ley 27.346, que en su artículo 5, inciso a, estableció que los funcionarios del Poder Judicial no deben pagar Ganancias a menos que su nombramiento haya sido posterior a 2017. Este artículo dio origen a expedientes judiciales para dilucidar su interpretación.

 

La Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional (Amfjn) pidió a la Justicia que la palabra “nombramiento” sea interpretada como “ingreso al Poder Judicial de la Nación”, es decir, que si una persona se desempeñaba como secretario y después de 2017 era nombrado juez, no debía pagar Ganancias, ya que su nombramiento era anterior a la norma. Este criterio fue aceptado en 2 instancias del fuero Contencioso Administrativo Federal, pero en noviembre de 2018 la Corte Suprema revocó esa interpretación y dispuso que cada ascenso en la carrera judicial debe ser contabilizado como nuevo nombramiento. Por lo tanto, deben pagar Ganancias.

En el proyecto que presentó el diputado nacional Marcelo Casaretto (Frente de Todos, Entre Ríos) se generaliza el pago de ese tributo a todo el Poder Judicial, y esa postura generó posiciones de rechazo dentro de los tribunales.

«No puede perderse de vista que en reiteradas oportunidades la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha expresado que la garantía constitucional de la intangibilidad -contenida en el artículo 110 de la Constitución Nacional- implica que las mismas no pueden ser disminuidas en manera alguna, que es lo que sucederá de aprobarse el proyecto incorporado a la ley de presupuesto, tanto respecto de quienes a la fecha no son alcanzados por dicho impuesto, como de quienes actualmente lo tributan», señaló la Asociación de la Magistratura de Entre Ríos.

Al respecto, postuló: «Los argumentos en torno al principio de igualdad que enarbolan quienes defienden el proyecto en cuestión, deben compatibilizarse con el de la intangibilidad de las remuneraciones como garantía de la independencia del Poder Judicial, como lo prevé la  Ley 27.346». En ese sentido, sostuvo: «Pero además, no solo el proyecto sorprende por lo inesperado en el marco del diálogo interpoderes, sino también porque lesiona normas específicas regulatorias del art. 75 inciso 8º de la Constitución Nacional, como lo es la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156, la cual expresamente prohíbe que en la Ley de Presupuesto, se creen o modifiquen impuestos, en tanto ello escapa a la finalidad y especialidad de la misma, configurando una disposición extraña a la materia que está destinada a regular».

 

 


 

De la Redacción de Entre Ríos Ahora