La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) denegó la vía extraordinaria para llegar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación Matías Vargas y Vito Luciano Panza, miembro de los Testigos de Jehová de Santa Elena, juzgados por el delito de abuso sexual y corrupción de menores y condenado, y condenado el primero a 12 años de cárcel, en tanto que el segundo, si bien fue hallado también responsable, deberá intervenir la Justicia Penal de Menores por cuanto al momento de los hechos no había cumplido la mayoría de edad.

La causa se abrió en 2017, cuando Belén, entonces de 18 años, escrachó en Facebook a Vargas y Panza. En el posteo los acusó de abusadores de menores. El escrito motivó la intervención de la Secretaría de la Mujer de la Municipalidad de Santa Elena, que brindó contención a la joven y a su prima, que también denunció abusos. Ambas ratificaron sus dichos en el ámbito judicial, donde relataron que los hechos se dieron cuando tenían entre 8 y 11 años.

Belén fue criada bajo las normas de los Testigos de Jehová y  allí aprendió a respetar al otro. Pero allí ella vivió un calvario. Según denunció, sufrió tocamientos por parte de dos siervos ministeriales de los Testigos, una de las jerarquías que alcanzan los hombres dentro del culto. Temporalmente señala que soportó abusos entre los 8 y los 11 años.

El siervo ministerial se encarga de ayudar a los ancianos -nombre que reciben los líderes de la congregación–  a dirigir las reuniones, dar consejos, guiar la predicación, y dar conferencias en diferentes puntos donde exista un salón de los Testigos de Jehová. Es decir, son los más próximos a los ancianos.

Panza y Vargas fueron juzgados y condenados en 2021, ya esa resolución de primera instancia fue confirmada en 2022 por la Cámara de Casación Penal. La última resolución corresponde a la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) que rechazó en junio de 2023 un planteo de Roberto Fabián Alsina, defensor técnico de Pedro Matías Vargas y Vito Luciano Panza, contra la resolución de fecha 29 de diciembre de 2022, dictada por la Sala I de la Cámara de Casación Penal, que rechazó la impugnación extraordinaria interpuesta.

En tanto, este martes 12 de septiembre la Sala Penal del STJ, con el voto de los vocales Miguel Giorgio, Claudia Mizawak y Daniel Carubia denegó la concesión del recurso extraordinario federal, por lo cual a los representantes legales de los Testigos de Jehová, Roberto Alsina y Miguel Cullen, les quedará la vía del recurso de queja ante el máximo tribunal federal.

En su voto, el juez Giorgio sostuvo: «En estado de emitir pronunciamiento sobre la cuestión traída a conocimiento de este Tribunal, advierto en primer lugar que los agravios expuestos por la defensa resultan novedosos, ya que no fueron objeto del recurso de queja impetrado ante el rechazo de Impugnación Extraordinaria. Allí se planteó como única objeción el tratamiento abordado por la Cámara de Casación al analizar la admisibilidad de la vía pretendida; nada refirió el recurrente sobre las cuestiones ahora alegadas». Y agregó:  «Formulada esta consideración, se colige entonces que en esta instancia extraordinaria se introducen nuevos agravios, lo que quebranta las reglas recursivas básicas y deviene en una cuestión palmariamente inatendible por la CSJN al no haber sido sometida a conocimiento de los jueces de grado. Sin perjuicio de ello, cabe destacar que la defensa invoca la falta de tratamiento de sus agravios en la instancia Casatoria a fin de encuadrar su reclamo en la doctrina de la arbitrariedad, pero surge claro del fallo revisor el exhaustivo abordaje de cada uno de los ítems propuestos (valoración de la prueba, agravante por ser Ministro de Culto y pretendida nulidad por falta de intervención del Ministerio Pupilar), cumpliendo de esta
manera, el Tribunal revisor, con los parámetros indicados por la Corte
Suprema de Justicia de la Nación en su fallo «CASAL» (…) Así, advirtiendo la manifiesta inadmisibilidad del recurso interpuesto, propongo denegar su concesión para ante la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, con costas»

Mientras, ambos siguen libres.

El STJ confirmó condenas po… by Entre Ríos Ahora

 

De la Redacción de Entre Ríos Ahora