El presidente del Consejo General de Educación (CGE), Martín Müller, podría suspender en las próximas horas la vigencia de dos resoluciones dictadas por su antecesora, Marta Landó, a comienzos de diciembre y que introdujeron sensibles modificaciones a la competencia de títulos exigibles para ejercer la docencia en las escuelas.

La aplicación de esa normativa generó el rechazo de los docentes técnicos, que se desempeñan frente a alumnos pero sin contar con título docente, algunos con una antigüedad de 10 años. Muchos intuyeron que podrían quedar afuera del sistema. «Efectivamente, la idea es suspender su aplicación, no tanto por los reclamos que se han escuchado -que son reales- sino porque hay que introducirle correcciones», dijo una fuente de Educación consultada por Entre Ríos Ahora.

Precisamente, este viernes la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (Agmer) pidió formalmente al presidente del Consejo de Educación que «suspenda» la aplicación de las resoluciones sobre competencia de títulos, y eventualmente su contenido sea puesto a revisión por cuanto contienen «errores».

Se trata de las resoluciones N° 5.026, que hace referencia al nivel primario, y N° 5.027, de nivel secundario, que refieren al compendio de competencias de títulos exigibles para el desempeño de cargos y espacios curriculares correspondientes a los niveles inicial, primario y secundario. La medida afecta primordialmente a los técnicos que, sin tener título docente, se desempeñan en áreas como Tecnología o las áreas estético expresivas, como danza, teatro o artes visuales. Muchos de esos técnicos alertaron que con la nueva reglamentación peligraría su continuidad laboral.

Agmer disiente con el texto que finalmente se puso en práctica. Y recordó, en una presentación que hizo al CGE este viernes 10, que a través de la resolución N° 0551/16 se había constituido una comisión examinadora del compendio de títulos para la educación obligatoria, integrada por la representación política y miembros designados por los sindicatos docentes. Esa comisión trabajó durante estos años en un proceso que aporte claridad en lo referente a la competencia de títulos.

Sin embargo, observó el sindicato, a pesar de lo actuado «y los aportes realizados por la mencionada comisión, las resoluciones Nº 5026/19 y 5027/19 contienen una serie de errores, omisiones y señalamientos equivocados que ameritan se rectifiquen, con el propósito de evitar confusiones y llevar tranquilidad al conjunto de las y los destinatarios/as de la misma».

Como contó Entre Ríos Ahora, la decisión del Consejo de Educación de modificar la reglamentación respecto de la competencia de títulos -lo que deja en situación desventajosa a docentes que no cuentan con el título de maestro pero cumplen funciones frente a alumnos, en la enseñanza de teatro, danzas o artes visuales- generó preocupación. Se trata de la resolución N° 5.026, dictada el 9 de diciembre último por el Consejo de Educación, que actualiza el “compendio de competencias de títulos para el nivel inicial, primario y sus modalidades”, y que se funda en dos disposiciones dictadas durante la última dictadura militar: el decreto nacional N° 823/79 y el decreto provincial N° 789/81.

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Pero también la normativa de Educación se apoya en una serie de resoluciones dictadas en los últimos años por el CGE y que establece el título exigible para cubrir los distintos cargos den tro del sistema educativo, como maestro de educación tecnológica, bibliotecario, preceptor, para las áreas estético expresivas, y la opinión de la Comisión Examinadora del Compendio de Títulos para la Educación Obligatoria, de la que participaron todas las áreas de Educación, y también los gremios docentes, la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (Agmer), la Asociación del Magisterio de Enseñanza  Técnica (Amet) y la Unión Docentes Argentinos (UDA).

El ingreso a la docencia, dice el Estatuto del Docente a través del decreto ley Nº 155 del año 1962, es mediante el sistema de concursos, con un requisito clave: poseer título docente, también habilitante o supletorio, las tres categorías posibles con los que se los admite.

Y cada concurso, un docente sólo puede presentarse con su respectiva credencial, especie de documento de identidad que otorga anualmente el Consejo de Educación. Hay tres categorías de credenciales, la docente; la habilitante -un abogado que puede dar materias de Derecho en secundaria-; y las supletorias, esto es una persona que, ante la falta de docentes específicos, y con conocimiento de la disciplina, asume el dictado de una materia.

Pero toda regla tiene excepciones. El artículo 80º del Estatuto del Docente establece que los concursos «se declararán desiertos si al segundo llamado no se presentare ningún candidato, pudiendo ser hecha la designación respectiva, directamente por la autoridad que corresponda». Pero esa designación es a término: los docentes así nombrados cesan al finalizar el ciclo lectivo.

Esas designaciones por el artículo 80 fueron limitadas con la nueva normativa.

Lo que ahora plantea Educación es que para desempeñarse como docente en distintas disciplinas que hasta ahora lo hacían técnicos o idóneos sin título docente, se deberá de aquí en más contar con un título habilitante expedido por organismo reconocido, público o privado. Así, para acceder a un cargo de técnico auxiliar en Centro de Estimulación Temprana se debe contar con “especialización o postítulo en Estimulación Temprana” otorgado por institutos superiores o universidades con reconocimiento oficial.

Foto: Gualeguay Hoy

De la Redacción de Entre Ríos Ahora.