El juez de Garantías Mauricio Mayer decidió aplazar hasta las 19,30 una resolución en torno a la petición que formularon los defensores de siete de los implicados en la megacausa de los contratos truchos de la Legislatura de conseguir la prisión preventiva domiciliaria en sustitución de la medida que ahora cumplen en unidades penales del Servicio Penitenciario y que, según expusieron durante la siesta de este lunes, estaría en clara violación de principios constitucionales: los internos penados no pueden compartir espacios con los no penados.

La audiencia de este lunes fue consecuencia de la resolución que adoptó por mayoría la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ), que con el voto de los jueces Daniel Carubia y Claudia Mizawak, y la disidencia de Miguel Giorgio, le ordenó a Mayer dar trámite a un recurso de habeas corpus presentado por los abogados defensores de Juan Pablo Aguilera y de Gustavo Pérez. En primera instancia, Mayer había rechazado el habeas corpus, medida que luego fue refrendada por el juez de juicio Gustavo Pimentel. Pero con la resolución del STJ, el juez de Garantías debió abocarse a tratar el planteo.

La petición fue sostenida en la audiencia de este lunes 24 por los abogados Marcos Rodríguez Allende, que defiende a Aguilera, y Emilio Fouces, en representación de Pérez. A ellos se sumaron el resto de los defensores: José Velázquez, que representa a Flavia Beckman, Hugo Mena y Esteban Scialocomo; Leopoldo Cappa, representante de Ariel Faure; y Damián Petenatti e Iván Vernengo, defensores de Alfredo Bilbao. De la audiencia tomaron parte además Octavio Ifran, director de la Unidad Penal N° 1, y  Diana Ester Tonetti, de la Unidad Penal N° 6. 

Todos los detenidos están imputados en una causa que investiga los delitos de estafa y peculado. No todos, según el Ministerio Público Fiscal, tuvieron la misma responsabilidad en el desarrollo de la «organización criminal» dedicada a defraudar al Estado. Aguilera fue considerado como una de las  cabezas.

El juez Mayer justificó su cambio de postura en relación al habeas corpus que primero rechazó y luego debió tramitar. Dijo que en un primer momento no encontró “mérito como para la tramitación y habiendo verificado las condiciones de salud de las personas involucradas, decidí rechazarlos, y enviarlo en consulta a la Cámara. Pimentel tuvo la misma mirada respecto de este tratamiento”.

 

Planteos


Rodríguez Allende, defensor de Aguilera, hizo notar que la prisión preventiva ordenada para su defendido se hizo con una salvedad: que el alojamiento debía ser en un sitio separado de los condenados. Pero que en base a un informe del Servicio Penitenciario, hecho a pedido de la defensa, el Estado informa que es de imposible cumplimiento el mandato judicial, recordó.

En ese marco, pidió que la prisión preventiva la cumpla en forma domiciliaria, y como alternativa, en caso de rechazo, que se lo mantenga en el pabellón 19, lugar al que se destina a miembros de las fuerzas de seguridad con condena.

Emilio Fouces señaló que su defendido, Gustavo Pérez “está alojado en una unidad penal totalmente colapsada, desbordada, pensada para un 20% de las 900 internos que hoy tiene alojados. Conviven allí personas con peligrosos antecedentes, condenados, reincidentes, con personas que están siendo investigadas, y que por decisión de un juez están privados de su libertad. Se dejó trascender, según Fiscalía, que Pérez era uno de los cabecillas de una organización criminal que sustrajo fondos públicos por la suma de $2.000 millones. Con esa liviandad, con esa ligereza, hasta con esa irresponsabilidad, imponen a la sociedad la idea de que un grupo de personas sustrajo al Estado esa suma de dinero, y lo hacen sin ningún fundamento, sin un informe contable, una pericia. Eso es lo que se está discutiendo. Mientras eso se discute, el señor Pérez convive con 900 personas, que piensan que él tiene esos $2 mil millones. Eso hace que esté en continuo peligro. Todos conocemos lo que es la vida en la cárcel”, planteó el letrado.

“Pérez está ahí (en la Unidad Penal) porque lo mandó el Estado. Y es el Estado el que le tiene que dar garantías de alojamiento. Este es un problema que debe resolver el Estado”, subrayó. Y por eso reclamó que en caso de que no se le otorgue la prisión domiciliaria, se lo mantenga “en el mejor lugar”,  esto es el pabellón 19.  Actualmente, cumple prisión preventiva en “una habitación de 4×4, con un baño, donde no tiene lugar para la recreación”.

El abogado José Velázquez, representante legal de Beckman, Mena y Scialocomo, dijo que a sus defendidos les cabe la misma  consideración que hizo la Sala Penal del STJ para Pérez: aún cuando la jueza, al dictarle la preventiva, no dijo que debía alojarse en un lugar especialmente acondicionado para no penados, la ley así lo manda.

“Acá lo que está en discusión es el incumplimiento del deber del Estado: los procesados deben estar separados de los condenados. Es un deber del Estado”, aseveró.

Y por eso pidió para los tres el beneficio de la prisión domiliciaria.

El abogado Leopoldo Cappa, defensor de Faure, planteó que con las condiciones actuales de detención “se está afectando un derecho constitucional”.

También pidió la domiciliaria para su defendido, y en su defecto, que sea alojado en el pabellón 19.

Iván Vernengo, en representación de Alfredo Bilbao, sostuvo: “La manda constitucional es clarísima. No hay más procesados. Hay penados y no penados. En virtud de esta manda constitucional, que prohíbe que en un mismo establecimiento carcelario, no ya en pabellones diferentes, haya penados y no penados, se plantea un obstáculo legal. No hay cuestiones de superpoblación o presupuestarias: es legal. La Constitución prohíbe que estén juntos penados y no penados”.

Aunque reconoció que de hecho la situación se ha venido dando así, violentando la letra de la Constitución, atribuyó responsabilidad en esa situación en parte al Poder Judicial, y en mucho al sistema político. “La Constitución entró en vigencia en 2008 y pasaron más de 10 años y no se ha dado cumplimiento a un artículo que es operativo de inmediato. No hay cláusula que diga que se suspende transitoriamente. Es operativo desde el momento que entró en vigencia. Las autoridades políticas no han sabido resolver este punto”, puntualizó.

Así, reconoció que “en algún momento esto tenía que ocurrir”, al aludir a la discusión respecto de la falta de cumplimiento constitucional que obliga a separar internos no penados de los con condena. “El tema de fondo en algún momento tenía que ser tratado. Celebro la valentía de la Sala Penal en ordenar que se cumpla la ley. Mañana podrán decir que acá se vino a pedir privilegios. No: acá el juez hará cumplir la ley. Quedaremos contentos porque se habrá cumplido una ley que es absolutamente clara”, añadió.

Así, pidió la domiciliaria para su defendido. Y en caso de denegatoria, que la prisión preventiva se cumpla en el pabellón 19 de la Unidad Penal N° 1.

El director de la Unidad Penal N° 1, Octavio Wilfredo Ifrán, respondió a los planteos de los defensores: explicó que ninguna unidad penitenciaria de la provincia cuenta con pabellones diferenciados. “Coincido plenamente con lo que han manifestado los defensores”, dijo.

Diana Ester Tonetti, directora de la Unidad Penal N° 6, también refirió que esa penitenciaría no cuenta con espacios suficientes para la separación de los internos, y que Flavia Beckman, primero fue alojada en el pabellón de las madres, y después reubicada, en un lugar donde convive con otras seis internas. “No tengo espacio para realojarla en otro lugar o en un lugar específicamente para ella porque no cuento con ese lugar”, admitió.

Escuchadas las partes, el juez Mayer abrió un cuarto intermedio de tres horas.

 

 

 

 

De la Redacción de Entre Ríos Ahora.