Dos horas le insumió al Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná dar a conocer el adelanto de sentencia en la causa que investigó el desvío de u$6 millones de las cuentas del Senado entrerriano en la gestión 1995/1999. La causa, denunciada por la extinta Fiscalía de Investigaciones Administrativas (FIA) en 2000, recién llegó a juicio oral en 2018, y en el medio perdió imputados y testigos -por fallecimiento-, y el fallo, también abrió una grieta: el exvicegobernador Héctor Alanis (PJ) y el exvicepresidente primero del Senado, Humberto Re (UCR), fueron condenados a 3 años y medio de prisión efectiva, más la inhabilitación absoluta perpetua para ocupar cargos públicos y el pago de una multa de $90 mil.
El sobrino del exvicegobernador, Maximiliano Alanis, y el contador José Maximiliano Crettón Pereyra, que manejaron las riendas de los fondos en el Senado, aceptaron su culpabilidad de antemano, quedaron al margen del debate y accedieron a un juicio abreviado: les impusieron, a ambos, una pena de dos años y ocho meses de ejecución condicional. Todos fueron hallados culpables del delito de peculado y el desvío de millonarios fondos de la Cámara de Senadores, cuyo destino final la Justicia no pudo establecer. La maniobra de «triangulación», como definió la Justicia -el dinero ingresaba para un fin, se transfería a otra cuenta y se le daba un destino diferente- pudo ser posible gracias a los controles laxos que aplicó el Tribunal de Cuentas, según lo hicieron notar, en un fallo unánime, los jueces Gervasio Labriola, Gustavo Pimentel y Rafael Cotorruelo.
Ni Alanis ni Re irán, de momento, a prisión. El fallo todavía no adquiere firmeza, y es esperable que se sucedan las apelaciones de las distintas partes: Julio Federik y Leopoldo Lambruschini ejercen la defensa de Alanis; Humbero Re (hijo) y Tulio Manuel Kamlofky, representan a Re.
Pero con ese primer pronunciamiento de la Justicia, el Estado piensa iniciar una demanda civil contra los cuatro imputados (Héctor Alanis, Humberto Re, Maximiliano Alanis y José Crettón Pereyra) para resarcir los daños producidos.
«El mecanismo es simplemente una demanda por daños y perjuicios. Es una demanda civil», indica el fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes. «Eso es así, salvo que los condenados, voluntariamente, paguen el resarcimiento, cuestión que veo muy difícil», añadió.
Lo que ocurrirá será el pedido de reembolso al Estado de la suma que la Justicia estableció como perjuicio, esto es un monto próximo a los u$s 6 millones.
La Fiscalía de Estado, a través de Juan Alberto de Torres, y Julián Gracia, por la Oficina Anticorrupción, fueron querellantes en la causa, pero al momento de los alegatos pidieron una pena para los imputados sensiblemente menor a la solicitada por el Ministerio Público Fiscal.
El Procurador General Jorge García reclamó la imposición de 5 años y medio de prisión efectiva -al final el tribunal les impuso a Alanis y Re 3 años y medio-, mientras que la Fiscalía de Estado solicitó la imposición de una condena de 3 años de prisión de ejecución condicional.
El escrito que preparó la querella decía lo siguiente: «En tal sentido y teniendo en cuenta el prolongado tiempo transcurrido desde que el hecho se produjo, esto es hace 19/20 años atrás, circunstancia que opera como compensación de culpabilidad, convirtiéndolos en asunto del pasado (…) como lo sustuvo la Excma Cámara Penal (…) solicitamos a este Excmo. Tribunal que se aplique a los imputados la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional más la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos».
De la Redacción de Entre Ríos Ahora.